Vigencia, denuncia y prórroga
El convenio dura tres años y queda automáticamente denunciado al terminar, pero se prorroga entero hasta que se firme el siguiente.
- Vigencia de tres años: del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026 (art. 2).
- Queda AUTOMÁTICAMENTE denunciado al concluir ese período, sin necesidad de denuncia expresa (art. 2).
- ⭐ Si al expirar no se ha firmado uno nuevo, el convenio se entiende PRORROGADO EN SU TOTALIDAD hasta la firma del nuevo, sin perjuicio de la retroactividad que este último acuerde (disposición final quinta).
- Las condiciones pactadas se absorben y compensan en su totalidad con las mejores condiciones que ya viniera disfrutando el personal, con carácter global y anual (art. 4).
- Se respetan las condiciones de trabajo, individuales o colectivas, que superen las del convenio (art. 3).
- Vinculación a la totalidad: el convenio es un todo orgánico e indivisible; si la autoridad laboral lo considera contrario a la ley en todo o en parte, se tiene por totalmente ineficaz y hay que revisar todo su contenido (art. 5).
- La comisión paritaria la forman tres representantes de CC.OO. y UGT y tres de la Asociación Provincial de Empresarios de Pastelería y Confitería de Palencia, y actúa como trámite previo a la resolución de conflictos (art. 6).
- Las partes se acogen al SERLA, el servicio regional de relaciones laborales de Castilla y León (art. 7).
- Inaplicación de convenio: el período de consultas dura como máximo quince días; si termina sin acuerdo, resuelve la comisión paritaria en siete días y, si tampoco hay acuerdo, cualquiera de las partes puede acudir al SERLA (art. 14).