Vigencia, denuncia y ultraactividad
El convenio venció el 31 de diciembre de 2018 y sigue en vigor completo en ultraactividad indefinida.
- Entra en vigor el día de la firma (16/11/2016), con efectos retroactivos en lo beneficioso desde el 1 de enero de 2014 (art. 2).
- Vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2018 (art. 2).
- Fecha límite para el abono de atrasos: 31 de marzo de 2017 (art. 6).
- Denuncia con al menos 2 meses de antelación al vencimiento o a cada prórroga tácita (art. 3).
- Si se denuncia en plazo pero la negociación no puede iniciarse por disolución/desaparición de una parte: prórroga tácita anual CON incremento del IPC real interanual (septiembre a septiembre) sobre todos los conceptos económicos, consolidable y no absorbible (art. 3.1).
- Si NO se denuncia en plazo: prórroga tácita anual del contenido íntegro SIN incremento salarial ni de IPC (art. 3.2).
- ⭐ ULTRAACTIVIDAD INDEFINIDA: durante la negociación del convenio sustituto, y con independencia de su duración, el convenio se mantiene vigente en su totalidad —sin el incremento del art. 3.1— hasta ser sustituido por otro del mismo ámbito (art. 3.3).
- REGCON registra una denuncia ("Promoción de negociación") de 24/01/2019, sin convenio sustituto publicado a fecha de esta ficha: se aplica el art. 3.3, tabla de 2018 vigente sin incremento adicional.
- Si algún pacto fuera declarado nulo o anulable, el convenio entero queda sin efecto y se mantiene vigente el convenio anterior hasta que se pacte uno nuevo (art. 5).