Convenio colectivo · REGCON 48103241012025

Convenio colectivo de Orbelan Plásticos, S.A. (CIE Orbelan)

Bizkaia Industria de transformación de plásticos (automoción) Ámbito empresa Vigencia 01/01/2025 — 31/12/2025
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOB n.º 163, 28/08/2025.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2025, pero SIGUE APLICÁNDOSE: se prorroga automáticamente mientras no se firme uno nuevo. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2025 («Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)») PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 1 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGÜEDAD TRIENIO M 23,43 € Importe por cada trienio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
GRUPO II 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.325,73 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 410,05 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
TURNICIDAD H 1,49 € Por su cuantía parece un importe por hora. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
NOCTURNIDAD E 16,80 € Por su cuantía parece un importe por jornada/noche trabajada. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
PLUS POR TRABAJO EN PERIODO VACACIONAL H 1,63 € Art. 12: para el personal del listado de disponibles que acuda a trabajar en periodos vacacionales de la empresa (€/hora). El boletín no publica importe para los grupos VI-VIII.
GRUPO III 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.437,23 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 385,09 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
TURNICIDAD H 1,49 € Por su cuantía parece un importe por hora. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
NOCTURNIDAD E 16,80 € Por su cuantía parece un importe por jornada/noche trabajada. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
PLUS POR TRABAJO EN PERIODO VACACIONAL H 1,73 € Art. 12: para el personal del listado de disponibles que acuda a trabajar en periodos vacacionales de la empresa (€/hora). El boletín no publica importe para los grupos VI-VIII.
GRUPO IV 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.598,32 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 437,80 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
TURNICIDAD H 1,49 € Por su cuantía parece un importe por hora. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
NOCTURNIDAD E 16,80 € Por su cuantía parece un importe por jornada/noche trabajada. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
PLUS POR TRABAJO EN PERIODO VACACIONAL H 1,93 € Art. 12: para el personal del listado de disponibles que acuda a trabajar en periodos vacacionales de la empresa (€/hora). El boletín no publica importe para los grupos VI-VIII.
GRUPO V 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.821,28 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 521,84 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
TURNICIDAD H 1,49 € Por su cuantía parece un importe por hora. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
NOCTURNIDAD E 16,80 € Por su cuantía parece un importe por jornada/noche trabajada. La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
PLUS POR TRABAJO EN PERIODO VACACIONAL H 2,22 € Art. 12: para el personal del listado de disponibles que acuda a trabajar en periodos vacacionales de la empresa (€/hora). El boletín no publica importe para los grupos VI-VIII.
GRUPO VI 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.127,36 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 75,25 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
GRUPO VII 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.584,99 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 94,57 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).
GRUPO VIII 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 3.277,61 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
PLUS CONVENIO M 115,91 € Tabla «Convenio Orbelan 2025 (Amorebieta)». Importe mensual (la tabla no rotula unidades; la cuantía solo admite lectura mensual).
ANTIGÜEDAD QUINQUENIO M 33,16 € Importe por cada quinquenio (lectura mensual, habitual en módulos de antigüedad). La tabla del boletín no publica la unidad de pago de ningún concepto; pendiente de confirmar (revisión abierta).

Historia del convenio

01/01/2025 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2025 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de Industria de transformación de plásticos (automoción) (Bizkaia)?

En 2025, el salario base va desde 1.325,73 € hasta 3.277,61 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y ultraactividad

Convenio de empresa para el año 2025.

  • Vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
  • Si no se denuncia (con al menos 3 meses de antelación), se prorroga anualmente.
  • Denunciado y concluida la vigencia, el convenio se mantiene hasta la suscripción de otro que lo sustituya (art. 86.3 ET).
  • La empresa renuncia expresamente a acogerse a la inaplicación («descuelgue») del convenio por el procedimiento del art. 82.3 ET (art. 5).
  • En lo no previsto rige el Convenio estatal de la Industria Química (art. 7).

Jornada y flexibilidad

La jornada anual es de 1.688 horas.

  • Bolsa de flexibilidad de hasta 40 horas al año por trabajador, de naturaleza ordinaria, para responder a las necesidades del Grupo Volkswagen; no puede convivir con horas extraordinarias.
  • Flexibilidad positiva (trabajar en momentos no previstos): solo en paradas de instalaciones o situaciones análogas; se compensa con 1 hora de descanso por hora aplicada, a disfrutar en el año natural siguiente; preaviso de 30 días naturales.
  • Flexibilidad negativa (horas no trabajadas de jornadas previstas): se recupera fuera de las vacaciones con el mismo preaviso; si se recupera en sábado, domingo o festivo, la compensación es de 2 horas por cada hora.
  • Oficinas: de lunes a jueves entrada flexible 7:30-8:30 y salida 16:30-17:30 con media hora para comer; viernes de 8:00 a 14:00.
  • Descanso de 20 minutos en jornada continuada de 6 horas o más, computado como tiempo efectivo de trabajo (art. 11).

Horas extraordinarias

Las horas extras son voluntarias y se compensan a razón de 2 por cada hora trabajada.

  • Opción A: 2 horas de pago.
  • Opción B: 1 hora de pago + 1 hora de disfrute.
  • Opción C: 2 horas de disfrute.
  • La compensación (descanso o retribución) la elige el trabajador o trabajadora.
  • El convenio no publica el valor en euros de la hora, por lo que no se registra importe.

Vacaciones

El convenio regula la retribución y el trabajo voluntario en periodos vacacionales; los días se rigen por el convenio estatal de la Industria Química.

  • La nómina de las vacaciones es la media de los tres meses anteriores.
  • En caso de contingencia común, las vacaciones se disfrutan completas en el momento del alta.
  • Listado voluntario de personas dispuestas a trabajar en periodos vacacionales: quien acuda percibe un plus por hora (Grupo II: 1,63 €; Grupo III: 1,73 €; Grupo IV: 1,93 €; Grupo V: 2,22 €).

Antigüedad (trienios y quinquenios)

La tabla salarial publica un importe por trienio y otro por quinquenio, iguales para todos los grupos.

  • Trienio: 23,43 € (grupo II y VI-VIII publicados como 23,430).
  • Quinquenio: 33,16 € (grupo II y VI-VIII publicados como 33,161).
  • La tabla no publica la unidad de pago; la lectura habitual de estos módulos es mensual (pendiente de confirmación).

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

El convenio solo regula el complemento para determinadas enfermedades.

  • Enfermedades oncológicas, paliativas y neurodegenerativas (por ejemplo, ELA): complemento al 100 %.
  • El reposo domiciliario no es retribuido por la empresa, aunque justifica la ausencia (art. 14).
  • Para el resto de contingencias rige el convenio estatal de la Industria Química como derecho supletorio.

Incremento salarial 2025

El incremento de 2025 es el que reflejan las tablas salariales publicadas.

  • El art. 8 no publica un porcentaje: remite a las tablas salariales adjuntas, que son las que se transcriben en esta ficha.

Otras condiciones económicas

El convenio recoge otras compensaciones sin importe tabulado.

  • Sustitución temporal de un puesto superior: se cobra según el puesto cubierto, con la fórmula Coste = (Salario Bruto Anual de la categoría superior − Salario Bruto Anual de la inferior) / Jornada anual × horas de sustitución (art. 15).
  • Personal en formación: cobra desde el primer día el 100 % de la categoría en la que entra, con los mismos derechos (art. 16).
  • Traslado a otro centro: el tiempo de viaje computa como trabajo efectivo y se abonan dietas, peaje, gasolina y demás gastos del desplazamiento (sin importes publicados) (art. 20).
  • Rotura de gafas graduadas propias en accidente: se indemniza el 100 % del valor de reposición de cristales y montura, previa factura (art. 32).
  • Lactancia: reducción de 1 hora diaria acumulable en jornadas completas, con una bolsa de 136 horas (art. 21).
  • Abono de la nómina cada día 5, o el siguiente día hábil si es sábado o festivo (art. 39).
  • Miembros titulares de la comisión paritaria: permiso retribuido los días de reunión, con gastos a cargo de la empresa (art. 6).

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