| HORA EXTRAORDINARIA | H | — | Hora ordinaria incrementada un 75 % 75% Art. 8.II: las horas que superan la jornada ordinaria se abonan con un incremento del 75 % sobre la hora ordinaria, o se compensan con descanso retribuido a razón de 1 hora y 45 minutos por hora extraordinaria. El convenio no publica el valor en euros de la hora ordinaria. |
| GARANTÍA POR INCAPACIDADE TEMPORAL | M | — | 100 % del salario que corresponda percibir al causar baja 100% Art. 18: en cualquier supuesto de baja por incapacidad temporal, la empresa garantiza el 100 % del salario que corresponda percibir en el momento de producirse la baja, hasta un máximo de 545 días; si la relación laboral se extingue antes, hasta la fecha de efectos de la extinción. |
| DIETA DE ALMORZO (DESAYUNO) | E | 6,16 € | Art. 19: dieta por almorzo para el personal que deba salir fuera del municipio en que radica el centro de trabajo. Importe del texto del convenio (BOP de 14-06-2023). El incremento salarial del art. 12 se pacta sobre el salario base de cada nivel y el acta de 2026 sobre los conceptos salariales; el boletín no publica revisión de esta cuantía, que se mantiene tal cual. |
| DIETA DE COMIDA | E | 18,45 € | Art. 19: dieta por comida. Importe del texto del convenio (BOP de 14-06-2023). El incremento salarial del art. 12 se pacta sobre el salario base de cada nivel y el acta de 2026 sobre los conceptos salariales; el boletín no publica revisión de esta cuantía, que se mantiene tal cual. |
| DIETA DE CEA (CENA) | E | 13,33 € | Art. 19: dieta por cena. Importe del texto del convenio (BOP de 14-06-2023). El incremento salarial del art. 12 se pacta sobre el salario base de cada nivel y el acta de 2026 sobre los conceptos salariales; el boletín no publica revisión de esta cuantía, que se mantiene tal cual. |
| DIETA DE ALOXAMENTO (PERNOCTA) | E | 60,00 € | Art. 19: pernocta pagada con un límite máximo de 60 €. Es un TOPE de gasto reembolsable, no una cantidad fija. Importe del texto del convenio (BOP de 14-06-2023). El incremento salarial del art. 12 se pacta sobre el salario base de cada nivel y el acta de 2026 sobre los conceptos salariales; el boletín no publica revisión de esta cuantía, que se mantiene tal cual. |
| QUILOMETRAXE (KILOMETRAJE) | E | 0,19 € | Art. 19: 0,19 € por kilómetro. El propio artículo ordena equipararla en cada momento a la cantidad máxima exenta de cotización y retención fijada por la Hacienda Pública, por lo que puede variar sin nueva publicación en el boletín. |
| INDEMNIZACIÓN POR MORTE POR ACCIDENTE LABORAL | A | 20.000,00 € | Art. 23: capital garantizado por la póliza de accidentes que las empresas están obligadas a suscribir, para muerte derivada de accidente laboral. Importe del texto del convenio (BOP de 14-06-2023). El incremento salarial del art. 12 se pacta sobre el salario base de cada nivel y el acta de 2026 sobre los conceptos salariales; el boletín no publica revisión de esta cuantía, que se mantiene tal cual. |
| INDEMNIZACIÓN POR INVALIDEZ PERMANENTE POR ACCIDENTE LABORAL | A | 25.000,00 € | Art. 23: capital garantizado por la póliza de accidentes para invalidez permanente derivada de accidente laboral. Importe del texto del convenio (BOP de 14-06-2023). El incremento salarial del art. 12 se pacta sobre el salario base de cada nivel y el acta de 2026 sobre los conceptos salariales; el boletín no publica revisión de esta cuantía, que se mantiene tal cual. |