Vigencia, ámbito y ultraactividad
Cinco años de vigencia, con ultraactividad pactada expresamente.
- Vigencia: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2025 (art. 2).
- Queda automáticamente denunciado a partir del 31 de diciembre de 2025, y desde esa fecha pueden empezar las negociaciones del convenio que lo sustituya.
- Ultraactividad pactada expresamente (art. 86.3 del Estatuto): una vez denunciado y concluida la duración pactada, el convenio mantiene su vigencia hasta que ambas partes suscriban otro que lo sustituya.
- Ámbito: empresas mayoristas —exportadoras, importadoras y acopiadoras— dedicadas a la comercialización de pescado fresco y congelado establecidas en Gipuzkoa o que desarrollen allí su actividad (art. 1).
- Afecta a toda la plantilla, sea cual sea su régimen de contratación.