Vigencia, denuncia automática y ultraactividad
El convenio rige del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027 y queda automáticamente denunciado el 30 de junio de 2027.
- Vigencia pactada: 01/01/2024 a 31/12/2027; entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOC, con efectos económicos desde el 01/01/2024 (arts. 3 y 7).
- Denuncia automática el 30/06/2027: las cláusulas económicas y normativas mantienen su vigencia hasta la firma del nuevo convenio que lo sustituya.
- Sustituye al convenio anterior, vencido el 31/12/2023 (art. 2).
- Se respetan los derechos adquiridos y las situaciones que globalmente excedan del pacto, estrictamente «ad personam» (art. 4).
- Cláusula de descuelgue (art. 6): inaplicación temporal por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, con período de consultas de 15 días, notificación a la comisión paritaria y, sin acuerdo, mediación o arbitraje en el ORECLA y en último término el Consejo de Relaciones Laborales de Cantabria.
- Sumisión al ORECLA como trámite previo a demandas de conflicto colectivo o convocatoria de huelga (art. 38).