| SALARIO BASE | M | 1.151,01 € | Importe publicado por el acta de 15/03/2024 (BOE-A-2024-10141) para 'salarios a partir del 1 de enero de 2025'. ATENCION: queda por debajo del SMI 2025 (1.184,00 €/mes en 14 pagas): hasta el 30 de junio de 2025 no hay tabla que lo corrija, por lo que rige el mínimo legal (SMI) como suelo. La corrección pactada (1.201,76 €) solo tiene efectos desde el 1 de julio de 2025. |
| SALARIO BASE AÑO | A | 16.114,14 € | SAL_BASE*14 Salario base anual publicado en el acta de 15/03/2024 (incluye las dos pagas extraordinarias). |
| PAGAS EXTRAORDINARIAS | A | 2.302,02 € | SAL_BASE*2 Dos pagas extraordinarias al año, cada una de una mensualidad del salario base (art. 19). |
| COMPLEMENTO DE NOCTURNIDAD (DE 22:00 A 24:00) | H | 0,45 € | SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.05 5% 5 % del salario fijo hora (art. 23). Salario fijo hora = 16.114,14 / 1.792 = 8,9923 €/h. |
| COMPLEMENTO DE NOCTURNIDAD (DE 24:00 A 06:00) | H | 2,25 € | SAL_ANUAL/HORAS_ANUALES*0.25 25% 25 % del salario fijo hora (art. 23). Salario fijo hora = 16.114,14 / 1.792 = 8,9923 €/h. |
| SALARIO MENSUAL GARANTIZADO POR EL SMI | M | 1.184,00 € estimado | El salario base publicado para este nivel en el primer semestre de 2025 (1.151,01 €/mes, 16.114,14 €/año) queda POR DEBAJO del salario mínimo interprofesional de 2025 (1.184,00 €/mes, 16.576,00 €/año en 14 pagas, RD 87/2025), y por ley nadie puede cobrar menos. La cifra del boletín se publica intacta arriba: este es el suelo legal que de verdad se cobra de enero a junio de 2025. El convenio equipara al SMI el NIVEL IV (art. 21) pero no fija regla de reparto para el III, así que aquí solo se da el total garantizado; el reparto entre conceptos no está publicado y no se inventa. Desde el 1 de julio de 2025 el problema desaparece: el acuerdo parcial de 17/12/2025 sube el nivel III a 1.201,76 € (SMI + 1,5 %). ⚠ Mientras duró, este nivel III cobraba MENOS que el NIVEL IV, que está por debajo en la jerarquía. |
| SALARIO ANUAL GARANTIZADO POR EL SMI | A | 16.576,00 € estimado | Cómputo anual del suelo legal (14 pagas). El salario base publicado para este nivel en el primer semestre de 2025 (1.151,01 €/mes, 16.114,14 €/año) queda POR DEBAJO del salario mínimo interprofesional de 2025 (1.184,00 €/mes, 16.576,00 €/año en 14 pagas, RD 87/2025), y por ley nadie puede cobrar menos. La cifra del boletín se publica intacta arriba: este es el suelo legal que de verdad se cobra de enero a junio de 2025. El convenio equipara al SMI el NIVEL IV (art. 21) pero no fija regla de reparto para el III, así que aquí solo se da el total garantizado; el reparto entre conceptos no está publicado y no se inventa. Desde el 1 de julio de 2025 el problema desaparece: el acuerdo parcial de 17/12/2025 sube el nivel III a 1.201,76 € (SMI + 1,5 %). ⚠ Mientras duró, este nivel III cobraba MENOS que el NIVEL IV, que está por debajo en la jerarquía. |