Convenio colectivo · REGCON 43000385011994

Convenio colectivo de las Industrias del Aceite y sus Derivados de Tarragona

Tarragona Industrias del aceite comestible y sus derivados Ámbito provincial Vigencia 01/01/2018 — 31/12/2023
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOPT 208, de 30 de octubre de 2018.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2023, pero SIGUE APLICÁNDOSE: se prorroga automáticamente mientras no se firme uno nuevo. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Taula salarial 2021 (des de l'1 de juliol, pròrroga) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS PERSONAL DE CAMPANYA EVENTUAL M 49,55 € Art. 22: suma MENSUAL que percibe, ADEMÁS de los salarios del convenio, el personal con la consideración de campaña eventual. El convenio publica un único importe, sin actualizarlo por años.
ASSEGURANÇA: MORT O INCAPACITAT PERMANENT ABSOLUTA A 35.000,00 € Art. 26: capital del seguro que las empresas deben concertar para los supuestos de muerte e incapacidad permanente absoluta derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional. La empresa se compromete a entregar copia de la póliza a cada persona trabajadora.
ASSEGURANÇA: INCAPACITAT PERMANENT TOTAL PER A LA FEINA HABITUAL A 25.000,00 € Art. 26: capital para la incapacidad permanente total para el trabajo habitual.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 63 ANYS A 1.024,61 € Art. 27: lo percibe quien tenga al menos ocho años de antigüedad en la empresa, cumpla 55 años en ella y se jubile voluntariamente. Cuanto antes se jubila, mayor es la ayuda.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 64 ANYS A 752,38 € Art. 27: mismos requisitos.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 65 ANYS A 478,75 € Art. 27: mismos requisitos.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N1 GRUP PROFESSIONAL 1 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.727,10 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 29,73 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.727,10 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.727,10 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N2 GRUP PROFESSIONAL 1 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.335,12 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,98 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.335,12 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.335,12 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N3 GRUP PROFESSIONAL 1 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.093,00 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,82 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.093,00 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.093,00 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N1 GRUP PROFESSIONAL 2 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.442,37 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 24,83 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.442,37 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.442,37 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N2 GRUP PROFESSIONAL 2 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.297,47 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,33 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.297,47 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.297,47 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N3 GRUP PROFESSIONAL 2 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.093,00 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,82 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.093,00 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.093,00 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N1 GRUP PROFESSIONAL 3 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.335,12 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,98 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.335,12 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.335,12 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N2 GRUP PROFESSIONAL 3 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.148,89 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BASE DIA D 37,85 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 19,78 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,65 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.148,89 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.148,89 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N3 GRUP PROFESSIONAL 3 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.119,59 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BASE DIA D 36,88 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 19,27 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,63 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.119,59 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.119,59 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N4 GRUP PROFESSIONAL 3 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.101,91 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BASE DIA D 36,30 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,96 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,62 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.101,91 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.101,91 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 4 GRUP PROFESSIONAL 4 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 959,50 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 11,71 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 959,50 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 959,50 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
Taula salarial 2020 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS DE VINCULACIÓ A 24,43 € Art. 21: cuantía ANUAL de UN tramo. Se devenga a los tres años de servicio y se incrementa en la misma cuantía cada tres años más de servicio ininterrumpido, hasta un máximo de 24 años (ocho tramos). La prórroga de 2021 no publica su actualización.
PLUS PERSONAL DE CAMPANYA EVENTUAL M 49,55 € Art. 22: suma MENSUAL que percibe, ADEMÁS de los salarios del convenio, el personal con la consideración de campaña eventual. El convenio publica un único importe, sin actualizarlo por años.
ASSEGURANÇA: MORT O INCAPACITAT PERMANENT ABSOLUTA A 35.000,00 € Art. 26: capital del seguro que las empresas deben concertar para los supuestos de muerte e incapacidad permanente absoluta derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional. La empresa se compromete a entregar copia de la póliza a cada persona trabajadora.
ASSEGURANÇA: INCAPACITAT PERMANENT TOTAL PER A LA FEINA HABITUAL A 25.000,00 € Art. 26: capital para la incapacidad permanente total para el trabajo habitual.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 63 ANYS A 1.024,61 € Art. 27: lo percibe quien tenga al menos ocho años de antigüedad en la empresa, cumpla 55 años en ella y se jubile voluntariamente. Cuanto antes se jubila, mayor es la ayuda.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 64 ANYS A 752,38 € Art. 27: mismos requisitos.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 65 ANYS A 478,75 € Art. 27: mismos requisitos.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N1 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.706,61 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 23.892,65 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 29,37 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 352,47 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.706,61 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.706,61 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N2 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.319,28 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 18.470,01 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,72 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 272,51 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.319,28 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.319,28 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N3 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.080,05 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.120,58 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,60 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 223,18 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.080,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.080,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N1 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.425,27 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 19.953,71 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 24,53 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 294,43 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.425,27 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.425,27 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N2 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.282,08 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 17.949,12 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,06 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 264,75 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.282,08 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.282,08 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N3 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.080,05 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.120,58 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,60 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 223,18 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.080,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.080,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N1 GRUP PROFESSIONAL 3 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.319,28 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 18.470,01 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,72 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 272,51 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.319,28 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.319,28 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N2 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.135,26 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.893,69 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 37,39 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 19,55 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 234,53 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,64 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.135,26 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.135,26 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N3 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
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SOU BASE MES M 1.106,32 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.488,40 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 36,44 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 19,05 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 228,52 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,63 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.106,32 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.106,32 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N4 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
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SOU BASE MES M 1.088,84 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.243,81 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 35,87 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,73 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 224,77 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,62 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.088,84 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.088,84 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 4 GRUP PROFESSIONAL 4 6 conceptos
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SOU BASE MES M 769,43 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 10.771,97 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 11,58 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 138,89 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 769,43 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 769,43 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
Taula salarial 2019 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PLUS DE VINCULACIÓ A 23,95 € Art. 21: cuantía ANUAL de UN tramo. Se devenga a los tres años de servicio y se incrementa en la misma cuantía cada tres años más de servicio ininterrumpido, hasta un máximo de 24 años (ocho tramos). La prórroga de 2021 no publica su actualización.
PLUS PERSONAL DE CAMPANYA EVENTUAL M 49,55 € Art. 22: suma MENSUAL que percibe, ADEMÁS de los salarios del convenio, el personal con la consideración de campaña eventual. El convenio publica un único importe, sin actualizarlo por años.
ASSEGURANÇA: MORT O INCAPACITAT PERMANENT ABSOLUTA A 35.000,00 € Art. 26: capital del seguro que las empresas deben concertar para los supuestos de muerte e incapacidad permanente absoluta derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional. La empresa se compromete a entregar copia de la póliza a cada persona trabajadora.
ASSEGURANÇA: INCAPACITAT PERMANENT TOTAL PER A LA FEINA HABITUAL A 25.000,00 € Art. 26: capital para la incapacidad permanente total para el trabajo habitual.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 63 ANYS A 1.024,61 € Art. 27: lo percibe quien tenga al menos ocho años de antigüedad en la empresa, cumpla 55 años en ella y se jubile voluntariamente. Cuanto antes se jubila, mayor es la ayuda.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 64 ANYS A 752,38 € Art. 27: mismos requisitos.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 65 ANYS A 478,75 € Art. 27: mismos requisitos.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N1 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.673,15 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 23.424,17 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 28,79 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 345,56 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.673,15 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.673,15 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N2 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.293,41 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 18.107,85 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,27 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 267,17 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.293,41 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.293,41 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N3 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.058,87 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.824,10 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,24 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 218,80 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.058,87 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.058,87 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N1 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.397,32 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 19.562,46 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 24,05 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 288,66 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.397,32 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.397,32 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N2 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.256,94 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 17.597,18 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 21,63 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 259,56 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.256,94 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.256,94 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N3 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.058,87 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.824,10 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,24 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 218,80 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.058,87 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.058,87 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N1 GRUP PROFESSIONAL 3 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.293,41 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 18.107,85 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 22,27 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 267,17 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.293,41 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.293,41 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N2 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.113,00 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.582,05 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 36,66 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 19,17 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 229,93 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,63 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.113,00 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.113,00 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N3 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.084,63 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.184,71 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 35,73 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,68 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 224,04 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,61 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.084,63 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.084,63 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N4 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.067,49 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.944,91 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 35,17 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,36 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 220,36 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,60 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.067,49 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.067,49 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 4 GRUP PROFESSIONAL 4 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 754,34 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 10.560,75 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 11,35 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 136,17 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 754,34 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 754,34 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
Taula salarial 2018 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS DE VINCULACIÓ A 23,48 € Art. 21: cuantía ANUAL de UN tramo. Se devenga a los tres años de servicio y se incrementa en la misma cuantía cada tres años más de servicio ininterrumpido, hasta un máximo de 24 años (ocho tramos). La prórroga de 2021 no publica su actualización.
PLUS PERSONAL DE CAMPANYA EVENTUAL M 49,55 € Art. 22: suma MENSUAL que percibe, ADEMÁS de los salarios del convenio, el personal con la consideración de campaña eventual. El convenio publica un único importe, sin actualizarlo por años.
ASSEGURANÇA: MORT O INCAPACITAT PERMANENT ABSOLUTA A 35.000,00 € Art. 26: capital del seguro que las empresas deben concertar para los supuestos de muerte e incapacidad permanente absoluta derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional. La empresa se compromete a entregar copia de la póliza a cada persona trabajadora.
ASSEGURANÇA: INCAPACITAT PERMANENT TOTAL PER A LA FEINA HABITUAL A 25.000,00 € Art. 26: capital para la incapacidad permanente total para el trabajo habitual.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 63 ANYS A 1.024,61 € Art. 27: lo percibe quien tenga al menos ocho años de antigüedad en la empresa, cumpla 55 años en ella y se jubile voluntariamente. Cuanto antes se jubila, mayor es la ayuda.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 64 ANYS A 752,38 € Art. 27: mismos requisitos.
AJUT PER JUBILACIÓ ALS 65 ANYS A 478,75 € Art. 27: mismos requisitos.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N1 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.640,34 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 22.964,87 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 28,23 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 338,78 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.640,34 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.640,34 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N2 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.268,05 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 17.752,79 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 21,83 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 261,93 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.268,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.268,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 1 · N3 GRUP PROFESSIONAL 1 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.038,11 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.533,43 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 17,88 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 214,51 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.038,11 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.038,11 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N1 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.369,92 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 19.178,88 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 23,58 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 283,00 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.369,92 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.369,92 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N2 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.232,29 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 17.252,14 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 21,21 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 254,47 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.232,29 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.232,29 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 2 · N3 GRUP PROFESSIONAL 2 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.038,11 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.533,43 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 17,88 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 214,51 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.038,11 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.038,11 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N1 GRUP PROFESSIONAL 3 6 conceptos
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SOU BASE MES M 1.268,05 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 17.752,79 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 21,83 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 261,93 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.268,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.268,05 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N2 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.091,18 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 15.276,52 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 35,94 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,79 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 225,42 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,62 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.091,18 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.091,18 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N3 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.063,36 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.886,97 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 35,03 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,31 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 219,65 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,60 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.063,36 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.063,36 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 3 · N4 GRUP PROFESSIONAL 3 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 1.046,56 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 14.651,87 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
SOU BASE DIA D 34,48 € El anexo publica también el sueldo base POR DÍA para los niveles 2, 3 y 4 del grupo profesional 3, que son los que pueden contratarse por días.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 18,00 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 216,04 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
PLUS FLEXIBILITAT DIA D 0,59 € Plus de flexibilidad horaria por día, para los niveles 2, 3 y 4 del grupo 3.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 1.046,56 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 1.046,56 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRUP PROFESSIONAL 4 GRUP PROFESSIONAL 4 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SOU BASE MES M 739,55 € Art. 17: salario o sueldo base para la actividad normal.
SOU BRUT ANY A 10.353,68 € SAL_BASE*14 Columna «Sou brut any» del anexo: el sueldo base mensual por 14 pagas —doce mensualidades más las dos gratificaciones del art. 20—. Comprobado en las 33 filas de las tablas de 2018, 2019 y 2020.
PLUS FLEXIBILITAT MES M 11,13 € Art. 30: plus de flexibilidad horaria. El anexo lo publica por mes y, en las tablas del convenio, también por año.
PLUS FLEXIBILITAT ANY A 133,50 € Columna anual del plus de flexibilidad horaria (art. 30). La tabla de la prórroga de 2021 ya no publica esta columna.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA D'ESTIU A 739,55 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 1 de julio. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.
GRATIFICACIÓ EXTRAORDINÀRIA DE NADAL A 739,55 € SAL_BASE+PLUS_ANTIGUITAT+PLUS_EXCATEGORIA Art. 20: importe de una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional, que son «ad personam». Se abona el 10 de diciembre. El importe publicado es solo el sueldo base, porque los otros dos dependen de cada persona.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2022 IPC nacional de 2021, con un suelo del 1 % y un techo del 2 % · Sobre las tablas vigentes desde el 1 de julio de 2021 Acuerdo de prórroga de 28/05/2021: si el IPC nacional de 2021 queda entre el 1 % y el 2 %, se aplica ese IPC; si es menor del 1 %, se aplica el 1 %; si es mayor del 2 %, se aplica el 2 %. Como el IPC nacional de 2021 fue del 6,5 %, el incremento aplicable es el TOPE del 2 %, con efectos de 1 de enero de 2022. Aun así, el boletín NO publica la tabla resultante, y por eso esta ficha no la muestra.
2023 IPC nacional de 2022, con un suelo del 1 % y un techo del 2 % · Sobre las tablas del año anterior Misma regla, con efectos de 1 de enero de 2023. El IPC nacional de 2022 fue del 5,7 %, de modo que también corresponde el tope del 2 %. Sin tabla publicada.

Historia del convenio

01/01/2018 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2023 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de industrias del aceite comestible y sus derivados (Tarragona)?

En 2021, el salario base va desde 959,50 € hasta 1.727,10 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y ámbito

El convenio de 2018 se prorrogó tres años más por acuerdo de 2021.

  • Vigencia original: del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2020 (art. 4).
  • Entra en vigor a todos los efectos el 1 de enero de 2018, con independencia de la fecha de publicación.
  • La prórroga acordada el 28 de mayo de 2021 extiende el texto tres años más: las referencias al 31 de diciembre de 2020 de los arts. 4 y 5 pasan a hacerse al 31 de diciembre de 2023.
  • Fuera de eso, el convenio se prorroga tácita y automáticamente de año en año salvo denuncia fehaciente con tres meses de antelación (art. 5).
  • El plazo de ultraactividad del art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores se AMPLÍA en un año.
  • Se aplica en la provincia de Tarragona, a los centros de trabajo ubicados en ella aunque la sede social esté en otra provincia (art. 1).
  • Ámbito funcional muy detallado (art. 2): almazaras, molinería de semillas oleaginosas, extractoras, refinerías de aceites comestibles, desdobladoras, grasas comestibles, hidrogenadoras, oleínas y ácidos grasos, destilerías de glicerina, fábricas de jabón, almacenes de aceites y jabones, estaciones de descarga a granel, envasadoras, exportadores e importadores, aderezadores y almacenistas de aceituna y detallistas exclusivos de aceites y jabones.
  • Quedan exceptuadas las empresas de actividades mixtas que, por su actividad principal, se rijan por otro convenio.
  • La prórroga se aprobó con el voto favorable de CCOO y USOC y de toda la representación empresarial; UGT-FICA no la aceptó por existir un tope en la revisión salarial.

Cómo suben los salarios

Dos etapas: porcentaje fijo hasta 2020 y IPC acotado a partir de 2021.

  • 2018: los conceptos salariales de 2017 se actualizaron un 2 %.
  • 2019 y 2020: un 2 % cada año, SIN ningún tipo de revisión en función del IPC (art. 16).
  • 2021: incremento del 1,2 % sobre las tablas vigentes, con efectos desde el 1 de julio de 2021.
  • 2022: IPC nacional de 2021, pero nunca menos del 1 % ni más del 2 %.
  • 2023: IPC nacional de 2022, con el mismo suelo y el mismo techo.
  • Como el IPC nacional de 2021 fue del 6,5 % y el de 2022 del 5,7 %, en ambos años corresponde el tope del 2 %; el boletín, sin embargo, no publica las tablas resultantes.
  • Ese tope fue precisamente el motivo por el que UGT-FICA no aceptó la prórroga.

Jornada

La jornada anual baja cuatro horas cada año del convenio original.

  • 1.800 horas de trabajo efectivo en 2018.
  • 1.796 horas en 2019.
  • 1.792 horas en 2020.
  • Equivalen a 40 horas semanales de trabajo efectivo de media en cómputo anual.
  • Deben respetarse las jornadas efectivas inferiores a las pactadas.
  • El calendario laboral se elabora durante el primer mes del año.
  • El convenio regula además la jornada específica de campaña (art. 29) y la flexibilidad horaria (art. 30), que se retribuye con el plus de flexibilidad de las tablas.

Vacaciones

Treinta días naturales a salario real, con un periodo amplio de disfrute.

  • 30 días naturales de vacaciones para todo el personal.
  • Se abonan a razón del SALARIO REAL.
  • Las empresas deben procurar, en función de su actividad productiva, concederlas entre junio y diciembre, ambos incluidos.

Antigüedad y plus de vinculación

La antigüedad está cerrada desde 2012, pero sigue vivo un plus por permanencia.

  • Plus de antigüedad consolidada: quienes a 31 de diciembre de 2012 cobraban antigüedad conservan esa cantidad como complemento «ad personam» (art. 19).
  • Ese complemento NO puede compensarse ni absorberse bajo ninguna circunstancia, y se revaloriza cada año con el incremento pactado en el convenio.
  • Plus de ex-categoría profesional: quienes a 31 de diciembre de 2011 cobraban un salario de convenio superior al del grupo al que quedaron adscritos conservan la diferencia, también «ad personam», blindada y revalorizable (art. 18).
  • El anexo publica el importe del plus de ex-categoría por EX-CATEGORÍA (director técnico, ingeniero o perito, técnico, jefe de 1ª de administración, maestro, oficial de 1ª, oficial de 1ª de administración, oficial de 3ª y viajante), no por grupo profesional.
  • Plus de vinculación (art. 21): sigue vivo. Se devenga a los tres años de servicio y se incrementa en la misma cuantía cada tres años más de servicio ininterrumpido, hasta un máximo de 24 años.
  • La prórroga de 2021 no publica la actualización del plus de vinculación.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

La primera baja del año se complementa entera; las siguientes, por tramos.

  • Contingencia profesional (accidente de trabajo y enfermedad profesional): 100 % del salario desde el primer día y hasta el OCTAVO mes.
  • Contingencia común, PRIMERA baja del año: 100 % del salario desde el primer día y hasta el sexto mes.
  • Contingencia común, bajas posteriores: los tres primeros días, hasta el 50 % del salario.
  • Bajas posteriores, del cuarto al trigésimo día: hasta el 75 %.
  • Bajas posteriores, a partir del día 31 y hasta el séptimo mes: hasta el 100 %.
  • En todos los casos, la persona está obligada a someterse a la inspección médica que establezca la empresa.

Gratificaciones extraordinarias

Dos pagas cuya base incluye los dos complementos «ad personam».

  • Gratificación de verano: se abona el 1 de julio.
  • Gratificación de Navidad: se abona el 10 de diciembre.
  • Cada una equivale a una mensualidad de sueldo base MÁS el plus de antigüedad consolidada y el plus de ex-categoría profesional.
  • Con las doce mensualidades suman 14 pagas, que es lo que refleja la columna «Sou brut any» del anexo.

Campaña, seguro, jubilación y revisión médica

Cuatro condiciones económicas más allá de la tabla.

  • Personal de campaña eventual: percibe, ADEMÁS de los salarios del convenio, una suma mensual de 49,55 euros (art. 22).
  • Seguro obligatorio: 35.000 euros para muerte e incapacidad permanente absoluta derivadas de accidente laboral o enfermedad profesional, y 25.000 euros para la incapacidad permanente total para el trabajo habitual (art. 26).
  • La empresa se compromete a entregar copia de la póliza a cada persona trabajadora.
  • Ayuda por jubilación: quien tenga al menos ocho años de antigüedad en la empresa, cumpla 55 años en ella y se jubile voluntariamente cobra 1.024,61 euros a los 63 años, 752,38 a los 64 y 478,75 a los 65 (art. 27).
  • Quien quiera jubilarse parcialmente debe comunicarlo con tres meses de antelación; la empresa intentará atender la petición.
  • Dietas: las empresas pagan, previa justificación, los gastos que ocasionen los desplazamientos. El convenio no fija importe (art. 23).
  • Revisión médica: quien lo pida, por sí mismo o a través de sus representantes, tiene derecho a una revisión médica anual dentro de la jornada laboral, en el centro que designe la empresa (art. 25).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 26), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte accidente de trabajo o enfermedad profesional 35.000,00 € Desde 01/01/2018 El boletín agrupa muerte e IP absoluta en el mismo importe.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o enfermedad profesional 35.000,00 € Desde 01/01/2018 El boletín agrupa muerte e IP absoluta en el mismo importe.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o enfermedad profesional 25.000,00 € Desde 01/01/2018 Incapacidad permanente total para el trabajo habitual.

Desde cuándo cubre: Estas garantías entran en vigor al cabo de un mes desde la publicación del convenio.

La empresa se compromete a entregar copia de la póliza a cada persona trabajadora.

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