Convenio colectivo · REGCON 31007305011981

Convenio Colectivo del Sector de la Industria Textil de Navarra

Industria Textil Ámbito autonómico Vigencia 01/01/2024 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BON nº 88, de 6 de mayo de 2025 (Resolución 49C/2025).
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Tabla de retribuciones definitivas para el año 2026 (Anexo 1, Acta de revisión salarial) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 4 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PAGA EXTRA JULIO M Art. 4: una mensualidad de salario en actividad normal + antigüedad + 13% de (paga de beneficios + plus de absentismo). El convenio no da la equivalencia día→mes del salario/día publicado en el anexo, así que el importe mensual no se calcula (no inventar); se abona a primeros de julio.
PAGA EXTRA NAVIDAD M Art. 4: misma fórmula que la paga de julio (mensualidad + antigüedad + 13% de paga de beneficios y plus de absentismo). Importe no calculado por no dar el convenio la equivalencia día→mes del salario/día. Se abona el 20 de diciembre.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA - MUERTE POR ACCIDENTE LABORAL A 28.335,12 € Art. 37: capital asegurado por muerte derivada de accidente laboral. Capital único en caso de siniestro, no periódico.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA - INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA POR ACCIDENTE LABORAL A 32.383,92 € Art. 37: capital asegurado por invalidez permanente absoluta derivada de accidente laboral. Capital único en caso de siniestro, no periódico.
AUXILIAR NIVEL A 4 conceptos

Puestos: Auxiliar

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 37,36 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,30.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,49 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 952,68 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.111,46 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
ESPECIALISTA NIVEL B 4 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 38,84 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,35.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,55 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 990,42 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.155,49 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
OFICIAL NIVEL C2 4 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 40,27 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,40.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,61 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.026,88 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.198,03 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
OFICIAL ESPECIALIZADO NIVEL C1 4 conceptos

Puestos: Oficial Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 44,54 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,55.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,78 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.135,77 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.325,07 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
JEFE DE EQUIPO NIVEL D 4 conceptos

Puestos: Jefe de Equipo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 60,40 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 2,10.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 2,42 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.540,20 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.796,90 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
JEFE DE SECCIÓN NIVEL E 4 conceptos

Puestos: Jefe de Sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 66,18 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 2,30.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 2,65 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.687,59 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.968,86 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
Tabla de retribuciones provisionales para el año 2025 (Anexo 1) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 12 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PAGA EXTRA JULIO M Art. 4: una mensualidad de salario en actividad normal + antigüedad + 13% de (paga de beneficios + plus de absentismo). El convenio no da la equivalencia día→mes del salario/día publicado en el anexo, así que el importe mensual no se calcula (no inventar); se abona a primeros de julio.
PAGA EXTRA NAVIDAD M Art. 4: misma fórmula que la paga de julio (mensualidad + antigüedad + 13% de paga de beneficios y plus de absentismo). Importe no calculado por no dar el convenio la equivalencia día→mes del salario/día. Se abona el 20 de diciembre.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 60 AÑOS) A 4.412,19 € Art. 35 (provisional para 2025): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 60 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 61 AÑOS) A 4.026,11 € Art. 35 (provisional para 2025): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 61 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 62 AÑOS) A 3.640,07 € Art. 35 (provisional para 2025): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 62 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 63 AÑOS) A 2.923,05 € Art. 35 (provisional para 2025): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 63 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 64 AÑOS) A 2.537,01 € Art. 35 (provisional para 2025): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 64 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 65 AÑOS) A 2.206,09 € Art. 35 (provisional para 2025): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 65 años. Pago único, no periódico.
KILOMETRAJE H 0,34 € Art. 9: uso del vehículo propio autorizado por la empresa, 0,34 €/km en 2025 (único año en que el boletín publica el importe).
COMPENSACIÓN TELETRABAJO M 42,15 € Art. 10 bis: 42,15 euros brutos mensuales en 2025 (o proporcional por días teletrabajados) para quien teletrabaje por acuerdo con la empresa.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA - MUERTE POR ACCIDENTE LABORAL A 28.335,12 € Art. 37: capital asegurado por muerte derivada de accidente laboral. Capital único en caso de siniestro, no periódico.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA - INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA POR ACCIDENTE LABORAL A 32.383,92 € Art. 37: capital asegurado por invalidez permanente absoluta derivada de accidente laboral. Capital único en caso de siniestro, no periódico.
AUXILIAR NIVEL A 4 conceptos

Puestos: Auxiliar

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 36,13 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,30.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,45 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 921,32 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.074,87 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
ESPECIALISTA NIVEL B 4 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 37,56 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,35.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,50 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 957,78 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.117,41 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
OFICIAL NIVEL C2 4 conceptos

Puestos: Oficial

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 38,94 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,40.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,56 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 992,97 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.158,46 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
OFICIAL ESPECIALIZADO NIVEL C1 4 conceptos

Puestos: Oficial Especializado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 43,07 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,55.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,72 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.098,29 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.281,33 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
JEFE DE EQUIPO NIVEL D 4 conceptos

Puestos: Jefe de Equipo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 58,42 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 2,10.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 2,34 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.489,71 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.737,99 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
JEFE DE SECCIÓN NIVEL E 4 conceptos

Puestos: Jefe de Sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 64,00 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 2,30.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 2,56 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.632,00 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.904,00 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
Tabla de retribuciones definitivas para el año 2024 (Anexo 1) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PAGA EXTRA JULIO M Art. 4: una mensualidad de salario en actividad normal + antigüedad + 13% de (paga de beneficios + plus de absentismo). El convenio no da la equivalencia día→mes del salario/día publicado en el anexo, así que el importe mensual no se calcula (no inventar); se abona a primeros de julio.
PAGA EXTRA NAVIDAD M Art. 4: misma fórmula que la paga de julio (mensualidad + antigüedad + 13% de paga de beneficios y plus de absentismo). Importe no calculado por no dar el convenio la equivalencia día→mes del salario/día. Se abona el 20 de diciembre.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 60 AÑOS) A 4.312,99 € Art. 35 (definitiva para 2024): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 60 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 61 AÑOS) A 3.935,59 € Art. 35 (definitiva para 2024): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 61 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 62 AÑOS) A 3.558,23 € Art. 35 (definitiva para 2024): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 62 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 63 AÑOS) A 2.857,33 € Art. 35 (definitiva para 2024): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 63 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 64 AÑOS) A 2.479,97 € Art. 35 (definitiva para 2024): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 64 años. Pago único, no periódico.
PLUS DE FIDELIDAD (CUMPLIR 65 AÑOS) A 2.156,49 € Art. 35 (definitiva para 2024): se percibe con el finiquito, si la persona trabajadora causa baja en la empresa habiendo cumplido 65 años. Pago único, no periódico.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA - MUERTE POR ACCIDENTE LABORAL A 28.335,12 € Art. 37: capital asegurado por muerte derivada de accidente laboral. Capital único en caso de siniestro, no periódico.
SEGURO COLECTIVO DE VIDA - INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA POR ACCIDENTE LABORAL A 32.383,92 € Art. 37: capital asegurado por invalidez permanente absoluta derivada de accidente laboral. Capital único en caso de siniestro, no periódico.
AUXILIAR NIVEL A 4 conceptos

Puestos: Auxiliar

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 35,32 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,30.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,41 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 900,66 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.050,77 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
ESPECIALISTA NIVEL B 4 conceptos

Puestos: Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO/DÍA D 36,72 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,35.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,47 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 936,36 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.092,42 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
OFICIAL NIVEL C2 4 conceptos

Puestos: Oficial

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SALARIO/DÍA D 38,07 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,40.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,52 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 970,78 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.132,58 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
OFICIAL ESPECIALIZADO NIVEL C1 4 conceptos

Puestos: Oficial Especializado

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SALARIO/DÍA D 42,11 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 1,55.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 1,68 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.073,81 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.252,77 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
JEFE DE EQUIPO NIVEL D 4 conceptos

Puestos: Jefe de Equipo

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SALARIO/DÍA D 57,10 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 2,10.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 2,28 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.456,05 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.698,72 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.
JEFE DE SECCIÓN NIVEL E 4 conceptos

Puestos: Jefe de Sección

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SALARIO/DÍA D 62,56 € Salario para actividad normal (art. 3, 4, 5, 6 y 8 lo toman como base de cálculo). Coeficiente histórico de la categoría en el anexo: 2,30.
ANTIGÜEDAD (POR QUINQUENIO) D 2,50 € SAL_BASE*0.04 4% Art. 8: 4% del salario para actividad normal por quinquenio cumplido desde el 1/10/2013, hasta 5 quinquenios (20%); se respetan los quinquenios del 6% ya devengados antes del 1/10/2013, con tope conjunto del 26%. Importe de UN quinquenio del 4%; el total cobrado depende de los quinquenios acumulados por cada persona trabajadora.
PAGA DE BENEFICIOS A 1.595,28 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.06*425 6% Art. 5: 6% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abonado en enero. Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad (persona sin antigüedad reconocida); con antigüedad el importe sube proporcionalmente.
PLUS DE ABSENTISMO M 1.861,16 € (SAL_BASE+ANTIG)*0.07*425 7% Art. 6: 7% de (salario actividad normal + antigüedad, si la hubiere) multiplicado por 425 días, abono mensual, condicionado a que el índice de ausencias no alcance el 8% (computado mensual e individualmente; 3 faltas de puntualidad en el mes hacen perder el 7% de ese mes). Importe calculado para 0 quinquenios de antigüedad.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de industria textil (ámbito autonómico)?

En 2026, el salario base va desde 37,36 € hasta 66,18 € al día según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia y prórroga

El convenio rige los años 2024, 2025 y 2026 y se considera denunciado desde su propia publicación.

  • Vigencia: 1 de enero de 2024 a 31 de diciembre de 2026 (art. 2.a).
  • El convenio se entiende denunciado desde la fecha de su publicación en el BON, con efectos de la denuncia 30 días antes de finalizar la vigencia (art. 2.b).
  • Finalizada la vigencia, el convenio mantiene su contenido íntegro hasta que se acuerde expresamente uno nuevo (art. 2.c).
  • Si pasan 3 años desde el fin de la vigencia sin nuevo convenio, las partes deben someterse a mediación (y, si no hay acuerdo en un mes, a arbitraje vinculante) del Tribunal Laboral de Navarra (art. 2.c).

Jornada anual

Jornada de 1.744 horas efectivas anuales para los tres años de vigencia, con flexibilidad limitada por la empresa.

  • 1.744 horas anuales de trabajo efectivo en 2024, 2025 y 2026 (art. 12.a).
  • Empresas con producción de temporada: hasta 15 días de flexibilidad anual, fraccionados por temporada (art. 12.b.1).
  • Empresas con producción continua: hasta 30 días laborables al año con jornadas de hasta 9 horas/día y 45 horas/semana, excluidos sábados, domingos y festivos (art. 12.b.2).

Vacaciones

30 días naturales de vacaciones para todo el personal.

  • 30 días naturales al año, con posibilidad de fraccionar en dos periodos de común acuerdo (art. 14).

Antigüedad

Quinquenios del 4% del salario para actividad normal desde el 1 de octubre de 2013, con tope conjunto del 26%.

  • Desde el 1/10/2013: quinquenios del 4% del salario para actividad normal, hasta 5 quinquenios (20% acumulado) (art. 8).
  • Se respetan los quinquenios del 6% ya cumplidos antes del 1/10/2013 como derecho consolidado.
  • Tope máximo conjunto del 26% del salario base.
  • El periodo de formación computa a efectos de antigüedad.

Complemento salarial por incapacidad temporal

Complemento hasta el 100% de los conceptos salariales de obligado abono en los supuestos que regula el convenio.

  • Accidente de trabajo: complemento hasta el 100% de los conceptos salariales de obligado abono, sin límite de días señalado en el texto.
  • Hospitalización superior a 24 horas: complemento hasta el 100%.
  • Maternidad y riesgo durante el embarazo: complemento hasta el 100%.
  • Enfermedad justificada con aviso al empresario (fuera de los supuestos anteriores): 50% del salario, máximo 4 días al año (Disposición Adicional, art. 68 de la Ley de Contrato de Trabajo de 1944).

Pagas extraordinarias y complementos anuales

Dos pagas extraordinarias (julio y Navidad) más la paga de beneficios y el plus de absentismo, ligados al salario para actividad normal.

  • Paga de julio y paga de Navidad: una mensualidad de salario en actividad normal + antigüedad + 13% de (paga de beneficios + plus de absentismo) cada una (art. 4).
  • Se abonan a primeros de julio y el 20 de diciembre, salvo pacto en contrario; prorrateables en 12 mensualidades por acuerdo empresa-trabajador.
  • Paga de beneficios: 6% de (salario actividad normal + antigüedad) × 425 días, abonada en enero (art. 5).
  • Plus de absentismo: 7% de (salario actividad normal + antigüedad) × 425 días, mensual, condicionado a un índice de ausencias inferior al 8% (art. 6).

Incrementos salariales pactados

Incremento del 3% en 2024 y del 2% (más revisión IPC) en 2025 y 2026, con cláusula de revisión por IPC cada año.

  • 2024: +3% sobre las tablas de 2023, con efectos desde el 1 de enero de 2024 (art. 3).
  • 2025: +2% sobre las tablas de 2024, más la revisión del año anterior si la hubiere; medido en la tabla publicada, el incremento real fue de ≈+2,3% (consistente con la cláusula de revisión de 2024).
  • 2026: +2% pactado sobre las tablas de 2025 más revisión; el Acta de revisión salarial de 23/02/2026 fijó el incremento definitivo en el 3,4% sobre las tablas de 2025 (BON nº 59, 24/03/2026).
  • Cláusula de revisión: si el IPC nacional del año + 0,5% supera el incremento pactado, la diferencia se añade a la subida del año siguiente (art. 3).

Seguro colectivo de vida

Póliza colectiva obligatoria con capitales por muerte e invalidez permanente absoluta derivadas de accidente laboral.

  • Muerte derivada de accidente laboral: 28.335,12 euros (art. 37).
  • Invalidez permanente absoluta derivada de accidente laboral: 32.383,92 euros (art. 37).
  • Las empresas con pólizas ya contratadas más beneficiosas en su conjunto las mantienen en sus propios términos.
  • Plazo de 6 meses desde la publicación del convenio en el BON para actualizar los importes de las pólizas (art. 37).

Plus de fidelidad

Cantidad a percibir en el finiquito según la edad cumplida al causar baja en la empresa, publicada para 2024 y 2025.

  • 2024 (definitiva): 60 años 4.312,99€ · 61 años 3.935,59€ · 62 años 3.558,23€ · 63 años 2.857,33€ · 64 años 2.479,97€ · 65 años 2.156,49€.
  • 2025 (provisional): 60 años 4.412,19€ · 61 años 4.026,11€ · 62 años 3.640,07€ · 63 años 2.923,05€ · 64 años 2.537,01€ · 65 años 2.206,09€.
  • El convenio no publica una tabla de 2026: el art. 35 dice que se incrementa en los mismos porcentajes que las tablas del convenio (que subieron un 3,4% en 2026), pero al no ser una cifra publicada este JSON no calcula el importe de 2026 (regla de no inventar).
  • Importe exportado como concepto por cada tramo de edad (código 924), común a todas las categorías, en las tablas de 2024 y 2025.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 37), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo 28.335,12 € Beneficiario: Quien designe la persona trabajadora; en su defecto, el legal.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo 32.383,92 €

Si no hay póliza contratada: la empresa responde directamente de estos importes.

Plazo de 6 meses desde la publicación del convenio en el BON para actualizar los importes. Las empresas con pólizas ya contratadas más beneficiosas en su conjunto las mantienen en sus propios términos. La póliza no cubre secuelas de accidentes anteriores a su suscripción.

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