Vigencia, denuncia y ultraactividad
El convenio rige desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025 y queda ultraactivo de forma indefinida hasta que se firme otro.
- Ámbito territorial: todas las empresas de la provincia de Gipuzkoa dedicadas a la fabricación y venta de pan, cualquiera que sea su formato o procedimiento de fabricación (art. 1).
- Vigencia del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2025, salvo artículos con vigencia distinta expresamente señalada (art. 2).
- Queda automáticamente denunciado a la finalización de su vigencia (art. 2).
- ⭐ ULTRAACTIVIDAD EXPRESA E INDEFINIDA: se mantiene vigente hasta que se firme otro convenio que lo sustituya, sin plazo límite (art. 2).
- Las mejoras del convenio pueden ser absorbidas por aumentos legislados posteriores, salvo los conceptos declarados no absorbibles ni compensables (art. 3).
- Se respetan «ad personam» las condiciones económicas más beneficiosas que ya se disfrutaran (art. 3).
- La Comisión Mixta del Convenio (4+4 representantes) hace el seguimiento, interpretación y aplicación del convenio (art. 40).
- Las discrepancias de la Comisión Paritaria y los conflictos individuales se resuelven por el procedimiento Preco (arts. 39 a 41).