Vigencia, denuncia y ultraactividad
El convenio rige del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025 y, denunciado y vencido, sus cláusulas normativas siguen aplicándose hasta que entre en vigor el que lo sustituya.
- Vigencia de cuatro años: del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2025 (art. 4).
- La vigencia es de cinco años para el acuerdo de homogeneización de tablas salariales y cambios de nivel retributivo del régimen transitorio del art. 51 (art. 4).
- El art. 16.B (plus compensatorio de formación) entró en vigor a los tres meses de la publicación del convenio en el BOP, y el art. 24 (seguro de accidentes) al mes de su publicación (art. 4).
- La denuncia exige un escrito de cualquiera de las organizaciones firmantes con sesenta días naturales de antelación al vencimiento (art. 45).
- Denunciado el convenio pierden vigencia las cláusulas obligacionales y se mantienen las normativas hasta la entrada en vigor del convenio que lo sustituya (art. 45).
- Consta denunciado el 29 de octubre de 2025 (Registro de convenios), de modo que desde el 1 de enero de 2026 se aplica en ultraactividad y no hay tablas salariales publicadas para 2026.
- Derecho supletorio: el Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el Sector de Hostelería (ALEH) vigente en cada momento y, en su defecto, el Estatuto de los Trabajadores (art. 46).