Vigencia, prórroga y ámbito
Es el primer convenio de la Fundación y se prorroga solo mientras no se firme otro.
- Duración de cuatro años a contar desde su publicación en el BOP de A Coruña (3 de octubre de 2019), sin quedar cerrado a revisión si las partes lo solicitan (art. 4.a).
- Terminada la vigencia, se prorroga anualmente si no hay denuncia expresa.
- Cualquiera de las partes puede denunciarlo en el último trimestre de la vigencia o de sus prórrogas, por comunicación escrita a la otra parte, con copia a la autoridad laboral.
- Una vez denunciado, sigue vigente en TODO su contenido hasta que sea sustituido por otro.
- Se aplica al personal que integre el equipo de la Fundación y preste servicio en el centro de Zarramacedo-Bando, en Santiago de Compostela (arts. 2 y 3).
- Todas las condiciones forman una unidad orgánica e indivisible; si la autoridad laboral impugnase alguna parte, el convenio quedaría sin eficacia solo respecto de esa materia (art. 5).
- El texto se modificó el 20 de septiembre de 2019 a requerimiento de la Consellería, y los cambios ya están incorporados a lo publicado.