Vigencia, prorroga y ambito
El I Convenio entro en vigor el dia de su publicacion en el BOE y se prorroga de ano en ano si no se denuncia.
- Entrada en vigor: 18 de mayo de 2016 (dia de la publicacion en el BOE).
- Vigencia inicial: hasta el 31 de diciembre de 2019 (art. 4).
- A partir de 2020 se prorroga en sus propios terminos de ano en ano, mientras ninguna de las partes legitimadas lo denuncie (art. 4). No consta denuncia publicada.
- Denunciado el convenio, se mantiene el regimen establecido en el hasta que se firme uno nuevo (art. 5.3).
- Ambito funcional: contratos de figuracion en obras audiovisuales (personas que recrean con su presencia un ambiente o escena, sin texto). Se admite que ayuden en ruidos, gritos, murmullos de muchedumbre, cantos y rezos en coro (art. 2.1).
- Quedan EXCLUIDOS: entrevistados, invitados o publico no remunerado, y los trabajos para cortometrajes cuya explotacion primaria sea la sala cinematografica (art. 2.3 y 2.4).
- Ambito territorial: todo el Estado (art. 3).