Vigencia, prórroga y sucesión de textos
El convenio vigente (BORM 08/04/2026) rige de 2025 a 2027 y sustituye al texto anterior de 2022-2024.
- El texto nuevo entra en vigor con efectos desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027 (art. 4).
- Sin denuncia expresa, el convenio se prorroga por periodos de una anualidad (art. 4).
- El convenio anterior (BORM 11/03/2022) rigió de 2022 a 2024 y se mantuvo vigente por ultraactividad hasta la entrada en vigor de este texto nuevo (art. 4 del texto de 2022, art. 86.3 ET).
- El art. 12 excluye expresamente a los antiguos grupos profesionales 7 y 8 de los incrementos pactados para 2025-2027.