Vigencia y prórroga
El convenio rige de 2022 (efectos económicos) a 2026, con prórroga tácita anual si no se denuncia.
- Vigencia general: se inicia un mes después de la firma del convenio y finaliza el 31 de diciembre de 2026 (art. 13).
- Los efectos económicos se retrotraen al 1 de enero de 2022 (art. 13).
- La denuncia para revisión puede pedirse por cualquiera de las partes firmantes, con dos meses de antelación al término de la vigencia (art. 15.1).
- Mientras no se alcance un acuerdo nuevo, se mantiene la vigencia del convenio anterior (art. 15.3).
- Si no hay denuncia, el convenio se prorroga tácitamente por periodos anuales (art. 15.4).