Convenio colectivo · REGCON 26000105011981

Convenio colectivo de Edificación y Obras Públicas de La Rioja

Rioja, La Edificación y obras públicas (construcción) Ámbito autonómico Vigencia 01/01/2022 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), con las tablas de 2025 y 2026 del BOR núm. 244, de 17/12/2025.
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2026 — Personal de obra PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS EXTRASALARIAL E 4,10 € Art. 25.4: comprende plus de distancia, plus de transporte y desgaste de herramientas y ropa de trabajo. Se abona únicamente por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario de ese día. Importe al pie del anexo X («por día de trabajo … en general»). Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
DIETA ENTERA D 54,17 € Art. 25.1: se devenga por día natural cuando la persona desplazada no puede pernoctar en su residencia habitual. No se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal con desplazamiento mantenido por la empresa. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
DIETA ENTERA CON MANUTENCIÓN Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 10,83 € DIETA_ENTERA*0.20 20% Art. 25.1, último inciso: cuando el empresario organiza y costea la manutención y el alojamiento en condiciones suficientes, solo satisface el 20 % de la dieta completa. Calculado sobre la dieta entera publicada para 2026 (54,17 €), que es la regla que da el propio convenio.
MEDIA DIETA E 16,75 € Art. 25.2: se devenga por día efectivamente trabajado cuando el desplazamiento obliga a comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia. Solo a partir de 10 kilómetros entre el centro de trabajo de partida y la residencia habitual. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
KILOMETRAJE H 0,44 € Art. 26.1 y 26.2: compensación de los gastos de locomoción del desplazamiento cuando la empresa no pone medios propios a disposición de la persona trabajadora. Importe por kilómetro, al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 28.1.b: 47.000 euros. En caso de muerte se abona al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 28.1.c: 28.000 euros. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
NIVEL VI — ENCARGADO Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller, Encargado de Sección de Laboratorio, Escultor de Piedra y Mármol

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 73,24 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 2.197,20 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 24.535,40 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 2.698,22 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 2.698,22 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 2.698,22 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 32.630,06 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 18,80 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 32,89 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 708,13 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 2.197,20 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL VII — CAPATAZ Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Capataz, Auxiliar Técnico de Obra, Especialista de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 66,75 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 2.002,50 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 22.361,25 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 2.419,11 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 2.419,11 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 2.419,11 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 29.618,58 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 17,06 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 29,86 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 642,73 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 2.002,50 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL VIII — OFICIAL DE 1ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 65,25 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.957,50 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 21.858,75 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 2.338,33 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 2.338,33 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 2.338,33 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 28.873,74 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 16,63 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 29,11 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 626,58 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.957,50 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL IX — OFICIAL DE 2ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo de Obra, Oficial de 2ª de Oficio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 56,61 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.698,30 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 18.964,35 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 2.041,50 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 2.041,50 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 2.041,50 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 25.088,85 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 14,45 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 25,29 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 544,39 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.698,30 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL X — ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Listero, Ayudante de Oficio, Especialista de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 54,09 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.622,70 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 18.120,15 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 1.941,01 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 1.941,01 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 1.941,01 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.943,18 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 13,79 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 24,14 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 519,49 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.622,70 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL XI — PEÓN ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Especialista de 2ª, Peón Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 53,27 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.598,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.845,45 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 1.912,08 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 1.912,08 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 1.912,08 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.581,69 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 13,58 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 23,77 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 511,69 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.598,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL XII — PEÓN Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 52,52 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.575,60 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.594,20 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 1.887,12 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 1.887,12 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 1.887,12 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.255,56 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 13,40 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 23,44 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 504,62 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.575,60 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (1º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, primer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 39,99 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.199,70 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 13.396,65 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 1.224,90 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 1.224,90 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 1.224,90 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 17.071,35 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026 ⚠ Este total anual queda por debajo del salario mínimo interprofesional de 2026 (17094,00 € en 14 pagas). Es una categoría de contrato de formación/aprendizaje, en la que el salario mínimo se percibe en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 del Estatuto de los Trabajadores); el convenio no publica esa proporción, así que no se añade aquí ninguna cifra equiparada. Por ley, en ningún caso se cobra menos del mínimo que corresponda.
VALOR HORA NORMAL H 9,83 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 17,21 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 326,60 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.199,70 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (2º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, segundo año)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 39,63 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.188,90 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 13.276,05 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 1.429,05 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 1.429,05 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 1.429,05 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 17.563,20 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 10,12 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 17,70 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 381,05 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.188,90 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (3º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, tercer año)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 48,12 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
SALARIO BASE/MES M 1.443,60 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.120,20 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VACACIÓN A 1.735,28 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA VERANO A 1.735,28 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
PAGA NAVIDAD A 1.735,28 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.326,04 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA NORMAL H 12,28 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
VALOR HORA EXTRA H 21,50 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 462,76 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.443,60 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 641/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2026
Tabla salarial 2025 — Personal de obra PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PLUS EXTRASALARIAL E 3,98 € Art. 25.4: comprende plus de distancia, plus de transporte y desgaste de herramientas y ropa de trabajo. Se abona únicamente por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario de ese día. Importe al pie del anexo X («por día de trabajo … en general»). Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
DIETA ENTERA D 52,59 € Art. 25.1: se devenga por día natural cuando la persona desplazada no puede pernoctar en su residencia habitual. No se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal con desplazamiento mantenido por la empresa. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
DIETA ENTERA CON MANUTENCIÓN Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 10,52 € DIETA_ENTERA*0.20 20% Art. 25.1, último inciso: cuando el empresario organiza y costea la manutención y el alojamiento en condiciones suficientes, solo satisface el 20 % de la dieta completa. Calculado sobre la dieta entera publicada para 2025 (52,59 €), que es la regla que da el propio convenio.
MEDIA DIETA E 16,26 € Art. 25.2: se devenga por día efectivamente trabajado cuando el desplazamiento obliga a comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia. Solo a partir de 10 kilómetros entre el centro de trabajo de partida y la residencia habitual. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
KILOMETRAJE H 0,43 € Art. 26.1 y 26.2: compensación de los gastos de locomoción del desplazamiento cuando la empresa no pone medios propios a disposición de la persona trabajadora. Importe por kilómetro, al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 28.1.b: 47.000 euros. En caso de muerte se abona al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 28.1.c: 28.000 euros. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
NIVEL VI — ENCARGADO Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller, Encargado de Sección de Laboratorio, Escultor de Piedra y Mármol

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SALARIO BASE/DÍA D 71,11 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 2.133,30 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 23.821,85 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 2.619,63 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 2.619,63 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 2.619,63 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 31.680,74 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 18,25 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 31,94 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 628,92 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 2.133,30 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL VII — CAPATAZ Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Capataz, Auxiliar Técnico de Obra, Especialista de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 64,81 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.944,30 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 21.711,35 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 2.348,65 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 2.348,65 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 2.348,65 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 28.757,30 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 16,57 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 28,99 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 570,84 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.944,30 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL VIII — OFICIAL DE 1ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 63,35 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.900,50 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 21.222,25 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 2.270,22 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 2.270,22 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 2.270,22 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 28.032,91 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 16,15 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 28,26 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 556,49 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.900,50 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL IX — OFICIAL DE 2ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo de Obra, Oficial de 2ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 54,96 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.648,80 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 18.411,60 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.982,04 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.982,04 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.982,04 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 24.357,72 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 14,03 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 24,55 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 483,50 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.648,80 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL X — ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Listero, Ayudante de Oficio, Especialista de 1ª

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 52,51 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.575,30 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.590,85 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.884,48 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.884,48 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.884,48 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.244,29 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 13,39 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 23,43 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 461,38 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.575,30 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL XI — PEÓN ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Especialista de 2ª, Peón Especialista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 51,72 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.551,60 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.326,20 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.856,39 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.856,39 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.856,39 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.895,37 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 13,19 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 23,08 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 454,46 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.551,60 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL XII — PEÓN Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 50,99 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.529,70 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.081,65 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.832,16 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.832,16 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.832,16 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.578,13 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 13,01 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 22,76 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 448,18 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.529,70 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (1º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, primer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 38,83 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025 ⚠ En esta fila el boletín no cuadra consigo mismo por tres céntimos: publica 38,83 €/día y 1.164,93 €/mes, y 38,83 × 30 = 1.164,90. Es la fila que ese año se levantó hasta el salario mínimo interprofesional: la comisión partió del importe mensual necesario para llegar a los 16.576,05 € anuales e imprimió el diario redondeado, pero calculó el total anual con el valor sin redondear. Las dos cifras se transcriben tal cual las publica el boletín; no se corrige ninguna.
SALARIO BASE/MES M 1.164,93 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 13.008,39 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.189,22 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.189,22 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.189,22 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 16.576,05 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 9,55 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 16,71 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 290,07 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.164,93 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (2º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, segundo año)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 38,47 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.154,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 12.887,45 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.387,43 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.387,43 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.387,43 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 17.049,74 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 9,82 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 17,19 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 338,43 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.154,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (3º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, tercer año)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 46,72 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
SALARIO BASE/MES M 1.401,60 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 15.651,20 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VACACIÓN A 1.684,73 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA VERANO A 1.684,73 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
PAGA NAVIDAD A 1.684,73 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 20.705,39 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA NORMAL H 11,93 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
VALOR HORA EXTRA H 20,87 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 411,00 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025, Resolución 642/2025), en aplicación del art. 21 del convenio y del art. 52.1 del VII Convenio General del Sector de la Construcción. Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.401,60 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 244, de 17/12/2025 (Resolución 640/2025) — acta de 24/11/2025, tabla salarial año 2025
Tabla salarial 2024 — Personal de obra PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PLUS EXTRASALARIAL E 3,83 € Art. 25.4: comprende plus de distancia, plus de transporte y desgaste de herramientas y ropa de trabajo. Se abona únicamente por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario de ese día. Importe al pie del anexo X («por día de trabajo … en general»). Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
DIETA ENTERA D 50,61 € Art. 25.1: se devenga por día natural cuando la persona desplazada no puede pernoctar en su residencia habitual. No se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal con desplazamiento mantenido por la empresa. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
DIETA ENTERA CON MANUTENCIÓN Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 10,12 € DIETA_ENTERA*0.20 20% Art. 25.1, último inciso: cuando el empresario organiza y costea la manutención y el alojamiento en condiciones suficientes, solo satisface el 20 % de la dieta completa. Calculado sobre la dieta entera publicada para 2024 (50,61 €), que es la regla que da el propio convenio.
MEDIA DIETA E 15,65 € Art. 25.2: se devenga por día efectivamente trabajado cuando el desplazamiento obliga a comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia. Solo a partir de 10 kilómetros entre el centro de trabajo de partida y la residencia habitual. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
KILOMETRAJE H 0,42 € Art. 26.1 y 26.2: compensación de los gastos de locomoción del desplazamiento cuando la empresa no pone medios propios a disposición de la persona trabajadora. Importe por kilómetro, al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 28.1.b: 47.000 euros. En caso de muerte se abona al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 28.1.c: 28.000 euros. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
NIVEL VI — ENCARGADO Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller, Encargado de Sección de Laboratorio, Escultor de Piedra y Mármol

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SALARIO BASE/DÍA D 68,44 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 2.053,20 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 22.927,40 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 2.520,96 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 2.520,96 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 2.520,96 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 30.490,28 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 17,56 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 30,74 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 353,92 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 2.053,20 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL VII — CAPATAZ Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Capataz, Auxiliar Técnico de Obra, Especialista de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 62,37 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.871,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 20.893,95 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 2.260,19 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 2.260,19 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 2.260,19 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 27.674,52 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 15,94 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 27,90 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 321,19 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.871,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL VIII — OFICIAL DE 1ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 60,97 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.829,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 20.424,95 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 2.184,71 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 2.184,71 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 2.184,71 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.979,08 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 15,54 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 27,20 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 313,13 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.829,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL IX — OFICIAL DE 2ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo de Obra, Oficial de 2ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 52,89 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.586,70 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.718,15 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.907,38 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.907,38 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.907,38 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 23.440,29 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 13,50 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 23,63 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 272,03 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.586,70 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL X — ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Listero, Ayudante de Oficio, Especialista de 1ª

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SALARIO BASE/DÍA D 50,53 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.515,90 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.927,55 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.813,50 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.813,50 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.813,50 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.368,05 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 12,88 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 22,55 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 259,65 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.515,90 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL XI — PEÓN ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Especialista de 2ª, Peón Especialista

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SALARIO BASE/DÍA D 49,77 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.493,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.672,95 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.786,46 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.786,46 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.786,46 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.032,33 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 12,69 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 22,21 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 255,74 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.493,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL XII — PEÓN Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

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SALARIO BASE/DÍA D 49,07 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.472,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.438,45 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.763,15 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.763,15 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.763,15 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.727,90 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 12,52 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 21,90 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 252,21 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.472,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (1º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, primer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 31,73 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 951,90 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 10.629,55 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.144,43 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.144,43 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.144,43 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 14.062,84 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024 ⚠ Este total anual queda por debajo del salario mínimo interprofesional de 2024 (15876,00 € en 14 pagas). Es una categoría de contrato de formación/aprendizaje, en la que el salario mínimo se percibe en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 del Estatuto de los Trabajadores); el convenio no publica esa proporción, así que no se añade aquí ninguna cifra equiparada. Por ley, en ningún caso se cobra menos del mínimo que corresponda.
VALOR HORA NORMAL H 8,10 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 14,18 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 163,23 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 951,90 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (2º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, segundo año)

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SALARIO BASE/DÍA D 37,02 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.110,60 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 12.401,70 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.335,17 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.335,17 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.335,17 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 16.407,21 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 9,45 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 16,54 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 190,43 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.110,60 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (3º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, tercer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 44,96 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
SALARIO BASE/MES M 1.348,80 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 15.061,60 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VACACIÓN A 1.621,27 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA VERANO A 1.621,27 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
PAGA NAVIDAD A 1.621,27 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 19.925,41 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA NORMAL H 11,48 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
VALOR HORA EXTRA H 20,09 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 231,21 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.348,80 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2024
Tabla salarial 2023 — Personal de obra PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PLUS EXTRASALARIAL E 3,73 € Art. 25.4: comprende plus de distancia, plus de transporte y desgaste de herramientas y ropa de trabajo. Se abona únicamente por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario de ese día. Importe al pie del anexo X («por día de trabajo … en general»). Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
DIETA ENTERA D 49,26 € Art. 25.1: se devenga por día natural cuando la persona desplazada no puede pernoctar en su residencia habitual. No se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal con desplazamiento mantenido por la empresa. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
DIETA ENTERA CON MANUTENCIÓN Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 9,85 € DIETA_ENTERA*0.20 20% Art. 25.1, último inciso: cuando el empresario organiza y costea la manutención y el alojamiento en condiciones suficientes, solo satisface el 20 % de la dieta completa. Calculado sobre la dieta entera publicada para 2023 (49,26 €), que es la regla que da el propio convenio.
MEDIA DIETA E 15,23 € Art. 25.2: se devenga por día efectivamente trabajado cuando el desplazamiento obliga a comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia. Solo a partir de 10 kilómetros entre el centro de trabajo de partida y la residencia habitual. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
KILOMETRAJE H 0,41 € Art. 26.1 y 26.2: compensación de los gastos de locomoción del desplazamiento cuando la empresa no pone medios propios a disposición de la persona trabajadora. Importe por kilómetro, al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 28.1.b: 47.000 euros. En caso de muerte se abona al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 28.1.c: 28.000 euros. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
NIVEL VI — ENCARGADO Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller, Encargado de Sección de Laboratorio, Escultor de Piedra y Mármol

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SALARIO BASE/DÍA D 66,61 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.998,30 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 22.314,35 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 2.453,49 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 2.453,49 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 2.453,49 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 29.674,82 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 17,09 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 29,91 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 279,73 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.998,30 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL VII — CAPATAZ Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Capataz, Auxiliar Técnico de Obra, Especialista de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 60,70 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.821,00 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 20.334,50 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 2.199,70 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 2.199,70 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 2.199,70 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.933,60 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 15,51 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 27,15 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 253,86 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.821,00 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL VIII — OFICIAL DE 1ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 59,34 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.780,20 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 19.878,90 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 2.126,24 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 2.126,24 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 2.126,24 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.257,62 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 15,13 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 26,47 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 247,49 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.780,20 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL IX — OFICIAL DE 2ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo de Obra, Oficial de 2ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 51,47 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.544,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 17.242,45 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.856,33 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.856,33 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.856,33 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.811,44 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 13,14 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 23,00 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 215,00 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.544,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL X — ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Listero, Ayudante de Oficio, Especialista de 1ª

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SALARIO BASE/DÍA D 49,18 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.475,40 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.475,30 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.764,96 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.764,96 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.764,96 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.770,18 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 12,54 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 21,95 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 205,22 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.475,40 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL XI — PEÓN ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Especialista de 2ª, Peón Especialista

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SALARIO BASE/DÍA D 48,44 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.453,20 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.227,40 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.738,65 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.738,65 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.738,65 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.443,35 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 12,35 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 21,62 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 202,13 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.453,20 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL XII — PEÓN Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

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SALARIO BASE/DÍA D 47,76 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.432,80 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 15.999,60 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.715,96 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.715,96 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.715,96 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.147,48 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 12,18 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 21,32 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 199,34 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.432,80 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (1º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, primer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 30,88 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 926,40 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 10.344,80 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.113,80 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.113,80 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.113,80 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 13.686,20 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023 ⚠ Este total anual queda por debajo del salario mínimo interprofesional de 2023 (15120,00 € en 14 pagas). Es una categoría de contrato de formación/aprendizaje, en la que el salario mínimo se percibe en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 del Estatuto de los Trabajadores); el convenio no publica esa proporción, así que no se añade aquí ninguna cifra equiparada. Por ley, en ningún caso se cobra menos del mínimo que corresponda.
VALOR HORA NORMAL H 7,88 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 13,80 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 129,01 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 926,40 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (2º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, segundo año)

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SALARIO BASE/DÍA D 36,03 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.080,90 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 12.070,05 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.299,43 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.299,43 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.299,43 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 15.968,34 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 9,20 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 16,10 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 150,51 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.080,90 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (3º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, tercer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 43,75 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
SALARIO BASE/MES M 1.312,50 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 14.656,25 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VACACIÓN A 1.577,88 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA VERANO A 1.577,88 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
PAGA NAVIDAD A 1.577,88 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 19.389,89 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA NORMAL H 11,17 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
VALOR HORA EXTRA H 19,55 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 182,74 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.312,50 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2023
Tabla salarial 2022 — Personal de obra PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
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PLUS EXTRASALARIAL E 3,62 € Art. 25.4: comprende plus de distancia, plus de transporte y desgaste de herramientas y ropa de trabajo. Se abona únicamente por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario de ese día. Importe al pie del anexo X («por día de trabajo … en general»). Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
DIETA ENTERA D 47,83 € Art. 25.1: se devenga por día natural cuando la persona desplazada no puede pernoctar en su residencia habitual. No se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal con desplazamiento mantenido por la empresa. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
DIETA ENTERA CON MANUTENCIÓN Y ALOJAMIENTO A CARGO DE LA EMPRESA D 9,57 € DIETA_ENTERA*0.20 20% Art. 25.1, último inciso: cuando el empresario organiza y costea la manutención y el alojamiento en condiciones suficientes, solo satisface el 20 % de la dieta completa. Calculado sobre la dieta entera publicada para 2022 (47,83 €), que es la regla que da el propio convenio.
MEDIA DIETA E 14,79 € Art. 25.2: se devenga por día efectivamente trabajado cuando el desplazamiento obliga a comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en la residencia. Solo a partir de 10 kilómetros entre el centro de trabajo de partida y la residencia habitual. Importe al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
KILOMETRAJE H 0,40 € Art. 26.1 y 26.2: compensación de los gastos de locomoción del desplazamiento cuando la empresa no pone medios propios a disposición de la persona trabajadora. Importe por kilómetro, al pie del anexo X. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE, INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 47.000,00 € Art. 28.1.b: 47.000 euros. En caso de muerte se abona al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD PROFESIONAL A 28.000,00 € Art. 28.1.c: 28.000 euros. Importe fijo, no actualizado durante la vigencia.
NIVEL VI — ENCARGADO Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Encargado o Jefe de Taller, Encargado de Sección de Laboratorio, Escultor de Piedra y Mármol

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SALARIO BASE/DÍA D 64,67 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.940,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 21.664,45 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 2.382,03 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 2.382,03 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 2.382,03 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 28.810,54 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 16,60 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 29,04 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 279,73 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.940,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL VII — CAPATAZ Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Capataz, Auxiliar Técnico de Obra, Especialista de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 58,93 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.767,90 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 19.741,55 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 2.135,63 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 2.135,63 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 2.135,63 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 26.148,44 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 15,06 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 26,36 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 253,86 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.767,90 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL VIII — OFICIAL DE 1ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Oficial de 1ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 57,61 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.728,30 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 19.299,35 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 2.064,31 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 2.064,31 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 2.064,31 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 25.492,28 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 14,68 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 25,70 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 247,49 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.728,30 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL IX — OFICIAL DE 2ª Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Auxiliar Administrativo de Obra, Oficial de 2ª de Oficio

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SALARIO BASE/DÍA D 49,97 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.499,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 16.739,95 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.802,26 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.802,26 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.802,26 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 22.146,73 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 12,76 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 22,33 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 215,00 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.499,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL X — ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Listero, Ayudante de Oficio, Especialista de 1ª

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SALARIO BASE/DÍA D 47,75 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.432,50 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 15.996,25 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.713,55 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.713,55 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.713,55 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 21.136,90 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 12,18 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 21,31 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 205,22 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.432,50 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL XI — PEÓN ESPECIALISTA Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Especialista de 2ª, Peón Especialista

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SALARIO BASE/DÍA D 47,03 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.410,90 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 15.755,05 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.688,01 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.688,01 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.688,01 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 20.819,08 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 11,99 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 20,99 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 202,13 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.410,90 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL XII — PEÓN Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Peón Ordinario

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SALARIO BASE/DÍA D 46,37 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.391,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 15.533,95 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.665,98 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.665,98 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.665,98 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 20.531,89 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 11,83 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 20,70 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 199,34 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.391,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (1º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, primer año)

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SALARIO BASE/DÍA D 29,98 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 899,40 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 10.043,30 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.081,36 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.081,36 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.081,36 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 13.287,38 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022 ⚠ Este total anual queda por debajo del salario mínimo interprofesional de 2022 (14000,00 € en 14 pagas). Es una categoría de contrato de formación/aprendizaje, en la que el salario mínimo se percibe en proporción al tiempo de trabajo efectivo (art. 11 del Estatuto de los Trabajadores); el convenio no publica esa proporción, así que no se añade aquí ninguna cifra equiparada. Por ley, en ningún caso se cobra menos del mínimo que corresponda.
VALOR HORA NORMAL H 7,65 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 13,39 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 129,01 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 899,40 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (2º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, segundo año)

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SALARIO BASE/DÍA D 34,98 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.049,40 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 11.718,30 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.261,58 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.261,58 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.261,58 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 15.503,04 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 8,93 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 15,63 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 150,51 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.049,40 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
NIVEL XIII — DE 16 A 25 AÑOS (3º AÑO) Personal de obra 11 conceptos

Puestos: Aprendices de 16 a 25 años (contrato de formación, tercer año)

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE/DÍA D 42,47 € Anexo X, columna «Salario Base/día». Art. 20.1: los trabajadores perciben por el concepto de salario base las cantidades que para cada categoría fija la tabla. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
SALARIO BASE/MES M 1.274,10 € Anexo X, columna «Salario Base/mes». Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL SALARIO BASE AÑO A 14.227,45 € Anexo X, columna «Total Salario base Año»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VACACIÓN A 1.531,92 € Anexo X, columna «Paga Vacación». Art. 18.1: conforme al art. 72.8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción, el salario del periodo de vacaciones es esta cantidad FIJA de las tablas, no el salario del mes. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA VERANO A 1.531,92 € Anexo X, columna «Paga Verano». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 30 de junio; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad de trabajo prestado. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
PAGA NAVIDAD A 1.531,92 € Anexo X, columna «Paga Navidad». Art. 24.1 y 24.2: gratificación extraordinaria que se abona antes del 20 de diciembre; su cuantía es la que la tabla fija para el nivel y la categoría. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
TOTAL RETRIBUCIÓN ANUAL A 18.823,21 € Anexo X, columna «Total Retribución Anual»: se transcribe tal cual la publica el boletín, sin recalcular. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA NORMAL H 10,84 € Anexo X, columna «Valor Hora Normal». Es el valor de la hora ordinaria que el propio anexo publica para esta categoría y año; el art. 26.3 lo usa para abonar el tiempo de viaje de ida y vuelta del personal desplazado que pernocta en su residencia. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
VALOR HORA EXTRA H 18,98 € Anexo X, columna «Valor Hora Extra». Art. 16: en materia de horas extraordinarias se observa lo dispuesto en los arts. 62, 63 y 64 del VI Convenio General del Sector de la Construcción; las partes instan a su reducción o supresión. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022
APORTACIÓN ANUAL AL PLAN DE PENSIONES A 182,74 € Art. 21: contribución empresarial al plan de pensiones de empleo simplificado sectorial de la construcción (art. 52 bis del VI Convenio General / art. 52.1 del VII). Acta de 23/10/2023 (BOR núm. 246, de 12/12/2023): el 1 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a). Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero y que no tengan el contrato interrumpido o suspendido; proporcional si no se prestan servicios todo el año o a tiempo completo.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN O ACCIDENTE NO LABORAL A 1.274,10 € SALARIO_BASE_MES Art. 28.1.a: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento. Para esta categoría y año, el salario base mensual publicado en el anexo X, que es el único concepto mensual que la tabla recoge. Fuente: BOR núm. 245, de 22/12/2022 (Resolución 56/2022), Anexo X — tabla salarial año 2022

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de edificación y obras públicas (construcción) (Rioja, La)?

En 2026, el salario base va desde 39,63 € hasta 73,24 € al día según el nivel; además, cada ámbito tiene su propia tabla salarial (usa el selector de ámbito de esta ficha).

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

¿Qué ámbitos tienen tabla salarial propia en este convenio?

Personal de obra; Personal técnico y administrativo. Cada ámbito tiene su propia tabla salarial: elígela en el selector de esta ficha.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y ultraactividad

El convenio rige del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026 y, vencido, sigue aplicándose hasta que otro lo sustituya.

  • Entrada en vigor: 1 de enero de 2022, con plenos efectos desde esa fecha (art. 4.1).
  • Vencimiento pactado: 31 de diciembre de 2026 (art. 4.1).
  • Ultraactividad: terminada la vigencia inicial o la de cualquiera de sus prórrogas, el convenio continúa rigiendo hasta que sea sustituido por otro, tanto en su contenido normativo como en el obligacional (art. 4.2).
  • Durante la vigencia, las partes se comprometen a revisar el convenio si cambia la legislación o si esta remite alguna materia a la negociación colectiva (art. 4.3).
  • La denuncia se rige por el art. 8 del VI Convenio General del Sector de la Construcción (art. 6).
  • Deroga el convenio de Edificación y Obras Públicas de La Rioja de 2017 a 2021, publicado en el BOR núm. 53, de 7 de mayo de 2018 (disposición derogatoria única).
  • Vinculación a la totalidad: si la autoridad o la jurisdicción competente deja sin efecto alguna cláusula, el convenio debe revisarse en su integridad; las partes se reúnen en los diez días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución (art. 7).

Subidas salariales pactadas y cláusula de garantía

El convenio pacta una subida para cada año de vigencia y una cláusula de garantía ligada al IPC del trienio 2022-2024.

  • 2022: 3,00 % sobre el salario base de 2021 (BOR núm. 226, de 17/11/2021), con efectos desde el 1 de enero de 2022 (art. 20.2).
  • 2023: 3,00 % sobre el salario base de 2022, con efectos desde el 1 de enero de 2023 (art. 20.2).
  • 2024: 2,75 % sobre el salario base de 2023, con efectos desde el 1 de enero de 2024 (art. 20.2).
  • 2025: el acta de la comisión negociadora de 24/11/2025 declara un 3,50 % sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2024; las tablas que publica esa misma acta suponen en realidad un 3,914 %, y son esas cifras las que se recogen aquí.
  • 2026: 3,00 % sobre los salarios vigentes al 31 de diciembre de 2025 (acta de 24/11/2025, BOR núm. 244 de 17/12/2025).
  • El plus extrasalarial sigue las mismas subidas que el salario base (art. 25.5), y la dieta, la media dieta y el kilometraje se actualizan un 3,00 % en 2023 y un 2,75 % en 2024 (arts. 25.3 y 26.2).
  • Cláusula de garantía salarial (art. 20.4): si el valor medio de los incrementos interanuales del IPC de enero de 2022 a diciembre de 2024 supera el 10,0 %, con un máximo del 13,0 %, el salario base de 2024 se incrementa con efectos de 1 de enero de 2025 y sin retroactividad; el 50 % de ese exceso se reparte al 50 % entre incremento de tablas y contribución al plan de pensiones.
  • Los incrementos del art. 20 quedaron vigentes hasta el 31 de diciembre de 2022, 2023 y 2024 respectivamente, y sin efecto hasta que se negociaran los de 2025 y 2026 (disposición adicional segunda).
  • Absorción y compensación: a la entrada en vigor de un nuevo convenio o disposición legal, las empresas pueden absorber y compensar las mejoras cuando lo realmente abonado sea superior en su conjunto y cómputo anual, comparando globalmente conceptos de la misma naturaleza (art. 23).

Jornada de trabajo y calendario

La jornada de trabajo efectivo es de 1.736 horas al año en todos los años de vigencia.

  • 1.736 horas de trabajo real y efectivo al año, conforme al art. 67 del VI Convenio General del Sector de la Construcción (art. 14.1).
  • Se puede distribuir la jornada de forma variable, sin superar nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo; si se pacta esa distribución, hay que pactar también la distribución del salario global (art. 14.3).
  • En jornadas diarias continuadas de cinco horas o más, veinte minutos de descanso por cuenta de la empresa (art. 14.3).
  • La empresa que establezca su propio calendario antes del 30 de enero se rige por él; en su defecto rige el calendario que aprueba la comisión paritaria (art. 14.4).
  • Calendario de la comisión paritaria: 2023, 1.984 horas totales, 176 de vacaciones, 16 de fiestas locales, 1.736 de convenio y 56 sobrantes (Anexo IX).
  • Calendario de 2024: 2.016 horas totales, 176 de vacaciones, 16 de fiestas locales, 1.736 de convenio y 88 sobrantes (BOR núm. 246, de 12/12/2023).
  • Calendario de 2026: 2.000 horas totales, 176 de vacaciones, 16 de fiestas locales, 1.736 de convenio y 72 sobrantes (BOR núm. 244, de 17/12/2025).
  • Recuperación por inclemencia del tiempo: quien se persone a su hora en el centro de trabajo cobra el salario íntegro y recupera el 30 % de las horas percibidas, a razón de una hora diaria en los días laborables siguientes (art. 15.2).
  • En obras que no sean de edificación y estén a la intemperie se recupera el 70 % de esas horas, conforme al art. 70 del VI Convenio General (art. 15.4).

Vacaciones

Treinta días naturales al año, retribuidos con la cantidad fija que publica la tabla salarial.

  • 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año (art. 18.1).
  • El salario de vacaciones es la cantidad fija establecida en las tablas salariales (columna «Paga Vacación»), no el salario del mes (art. 18.1, en relación con el art. 72.8 del VI Convenio General).
  • El calendario de disfrute se confecciona antes de finalizar mayo y al menos el 50 % del periodo debe disfrutarse entre mayo y septiembre, ambos inclusive (art. 18.1).
  • El personal con contrato temporal disfruta las vacaciones dentro del periodo contratado (art. 18.2).
  • Las vacaciones se disfrutan antes del 31 de diciembre de cada año, igual que las horas sobrantes de la jornada anual, salvo pacto en contrario (art. 18.3).

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

La empresa completa hasta el 100 % de la base reguladora en dos supuestos, con condiciones distintas de inicio y duración.

  • Enfermedad o accidente NO laboral que requiera internamiento hospitalario (no de mera observación) o intervención quirúrgica en establecimiento sanitario: del día 20 de la baja al día 90, si se llevan más de tres meses en la misma empresa (art. 27.a).
  • Accidente de trabajo considerado grave, o con fractura ósea, o con roturas o fracturas distintas de las óseas con baja prevista de 30 días o más, o cuando sea necesario ingreso hospitalario que no sea de mera observación; y enfermedad profesional: desde el primer día y hasta el alta o el pase a invalidez permanente (art. 27.b).
  • En ambos casos el complemento es la diferencia entre la prestación de la Seguridad Social y el 100 % de la base reguladora del mes anterior de esa persona.
  • Enfermedad común o accidente no laboral SIN hospitalización ni intervención quirúrgica: el convenio no prevé complemento.

Gratificaciones extraordinarias

Dos gratificaciones extraordinarias al año, de cuantía fija según la tabla, y prohibición del prorrateo en los nuevos contratos.

  • Paga de verano: se abona antes del 30 de junio (art. 24.1).
  • Paga de Navidad: se abona antes del 20 de diciembre (art. 24.1).
  • La cuantía de cada una es la que la tabla salarial fija para el nivel y la categoría, sea cual fuere la remuneración y la modalidad del trabajo prestado (art. 24.2).
  • No se devengan mientras dure cualquiera de las causas de suspensión del contrato del art. 45 del Estatuto de los Trabajadores (art. 24.3).
  • Se prohíbe para los nuevos contratos el prorrateo de las pagas extraordinarias y de la indemnización por fin de contrato, y con ello el pacto por salario global; lo prorrateado indebidamente se considera salario ordinario del periodo (art. 24.4).
  • Quien ingrese o cese en el transcurso de un semestre natural devenga la paga en proporción al tiempo de permanencia; a quien cese se le liquida la parte proporcional (art. 24.5.a y b).
  • El personal en jornada reducida o a tiempo parcial las devenga en proporción al tiempo efectivamente trabajado (art. 24.5.c).

Antigüedad

El convenio no regula un complemento de antigüedad propio: en el sector está congelado como complemento personal desde 1996.

  • El convenio autonómico no crea ni cuantifica ningún complemento de antigüedad, y las tablas del Anexo X no tienen columna de antigüedad.
  • El Anexo I, al calcular el coste de la hora de trabajo para valoraciones a terceros, excluye expresamente el «Complemento Personal de Antigüedad», que es el complemento consolidado del sector.
  • Ese complemento nace del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción de 1996 y se regula hoy en el Convenio General del Sector de la Construcción, al que este convenio se remite: es un importe personal e invariable que cada persona conserva y que no se actualiza.
  • La cuantía de ese complemento no la publica este boletín, así que no figura aquí ninguna cifra.

Indemnizaciones por muerte e incapacidad (ayudas sociales)

El art. 28 fija tres indemnizaciones para todo el personal afectado por el convenio.

  • Muerte derivada de enfermedad común o accidente no laboral: el importe de una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento (art. 28.1.a).
  • Muerte, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 47.000 euros (art. 28.1.b).
  • Incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 28.000 euros (art. 28.1.c).
  • En los supuestos de muerte se abonan al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales (art. 28.2).
  • Las tres cuantías se mantienen sin actualizar durante toda la vigencia del convenio.

Plan de pensiones del sector

Las empresas hacen una contribución anual al plan de pensiones de empleo simplificado del sector de la construcción, cuantificada por nivel.

  • Se aplica el Libro III del Convenio General del Sector de la Construcción y el Reglamento de Especificaciones del plan (art. 21.1).
  • 2022: el 1,00 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.a).
  • 2023: el 1,00 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 (art. 21.2.b).
  • 2024: el 1,00 % de los conceptos salariales de las tablas de 2021 más el 0,25 % de los de 2023 (art. 21.2.c).
  • 2025 y 2026: importes fijados por la comisión negociadora en el acta de 24/11/2025 (BOR núm. 244, de 17/12/2025), que recoge la tabla de este JSON.
  • Solo por las personas partícipes definidas en el Libro Tercero que no tengan el contrato interrumpido o suspendido, y en proporción si no se presta servicio todo el año o a tiempo completo.
  • Las contribuciones de 2025 se ingresan dentro de los tres meses siguientes a su fijación; las de 2026, en la misma fecha que las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • El art. 20.4 prevé además que el 50 % del exceso de la cláusula de garantía salarial se destine a contribución al plan de pensiones.

Dietas, plus extrasalarial y locomoción

El convenio distingue la dieta completa, la media dieta, el plus extrasalarial diario y la compensación por kilómetro.

  • Dieta completa: por día natural cuando la persona desplazada no puede pernoctar en su residencia habitual; corren por cuenta de la empresa los gastos de estancia, incluida la pernoctación (art. 25.1).
  • Si la empresa organiza y costea la manutención y el alojamiento en condiciones suficientes, solo abona el 20 % de la dieta completa (art. 25.1).
  • La dieta completa no se devenga en los casos de suspensión legal del contrato, salvo incapacidad temporal en que la empresa mantenga el desplazamiento (art. 25.1).
  • Media dieta: por día efectivamente trabajado cuando hay que comer fuera de la residencia habitual, la empresa no suministra la comida y sí se puede pernoctar en casa; solo a partir de 10 kilómetros entre el centro de trabajo de partida y la residencia habitual (art. 25.2).
  • Plus extrasalarial: comprende plus de distancia, plus de transporte y desgaste de herramientas y ropa de trabajo; se abona solo por jornada efectivamente trabajada, cualquiera que sea el horario de ese día (art. 25.4).
  • Locomoción: corren por cuenta de la empresa los gastos de locomoción del desplazamiento, poniendo medios propios o abonando la compensación por kilómetro (art. 26.1).
  • Al personal desplazado que puede volver a pernoctar en su residencia habitual se le abona el tiempo de viaje de ida y vuelta a razón del valor de la hora ordinaria (art. 26.3).

Póliza de responsabilidad civil y Fundación Laboral

El convenio obliga a las empresas a asegurar su responsabilidad civil y fija la cuota de la Fundación Laboral de la Construcción en La Rioja.

  • Todas las empresas del sector contratan una póliza de seguro de responsabilidad civil general y patronal con un capital mínimo de 60.000 euros (art. 29).
  • La cuota autonómica de sostenimiento de la Fundación Laboral de la Construcción de La Rioja se fija en el 0 % de la masa salarial, a cargo de las empresas (art. 39.1): es adicional a la cuota empresarial del Convenio General y no supone coste añadido.
  • La cuota ordinaria del Convenio General sigue siendo el 0,35 % sobre la base reguladora de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, según el pie de las tablas salariales y el art. 115 del VI Convenio General (art. 40.1).
  • Las empresas de menos de diez trabajadores pagan esa cuota semestralmente, en julio y en enero del ejercicio siguiente; las de diez o más, mensualmente a mes vencido (art. 40.5).

Formación, clasificación y solución de conflictos

Reglas propias del convenio autonómico en materia de formación, gruistas y conflictos colectivos.

  • Formación: para quien asista a acciones formativas presenciales de la Fundación Laboral, el 50 % de las horas es dentro de la jornada laboral, con un máximo de 20 horas al año por persona a cargo de la empresa (Anexo II.c).
  • Durante esas horas a cargo de la empresa se percibe el salario que correspondería trabajando en jornada ordinaria (Anexo II.e).
  • No pueden asistir anualmente más del 10 % de la plantilla, ni más de una persona en centros de menos de 10 trabajadores (Anexo II.b).
  • Gruistas: se otorga la categoría profesional de nivel VIII (Oficial de 1ª) a quien tenga en vigor el carné oficial de operador de grúa torre expedido por la Comunidad Autónoma de La Rioja y desempeñe esa actividad de forma habitual y permanente en la obra (art. 13).
  • Los conflictos colectivos se someten a la mediación, conciliación y arbitraje del Tribunal Laboral de La Rioja, y las referencias del Convenio General al SIMA provincial se entienden hechas a ese tribunal (arts. 22.4 y 41).
  • Se asume íntegramente el VI Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (BOE núm. 334, de 23/12/2020) y el Acuerdo Interprofesional de La Rioja (art. 41).
  • Recibo de finiquito: para tener efectos liberatorios debe ajustarse al modelo del Anexo III, expedido por la asociación empresarial, numerado, sellado y fechado, y válido solo dentro de los 15 días naturales siguientes a su expedición (art. 34).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Arts. 28 y 29), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte enfermedad común o accidente no laboral Desde 01/01/2022 Beneficiario: Cónyuge supérstite o beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o herederos legales · El boletín no fija una cifra: el importe es una mensualidad de todos los conceptos de las tablas del convenio vigentes en cada momento, así que varía por categoría y año. Se recoge como concepto en cada categoría.
Muerte accidente de trabajo o enfermedad profesional 47.000,00 € Desde 01/01/2022 Beneficiario: Cónyuge supérstite o beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o herederos legales · 47.000 euros, sin actualización durante la vigencia del convenio.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o enfermedad profesional 47.000,00 € Desde 01/01/2022 El art. 28.1.b agrupa muerte, incapacidad permanente absoluta y gran invalidez derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional en un mismo capital de 47.000 euros.
Gran invalidez accidente de trabajo o enfermedad profesional 47.000,00 € Desde 01/01/2022 Mismo capital que la muerte y la incapacidad permanente absoluta por esas contingencias (art. 28.1.b).
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o enfermedad profesional 28.000,00 € Desde 01/01/2022 28.000 euros, sin actualización durante la vigencia del convenio.

El art. 28 fija las indemnizaciones por muerte e incapacidad para todo el personal afectado. El art. 29 obliga además a todas las empresas del sector a contratar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil General y Patronal con un capital mínimo de 60.000 euros; esa póliza cubre la responsabilidad de la empresa, no es una prestación por contingencia de la persona trabajadora, y por eso no figura como capital de las filas de abajo. En los supuestos de muerte, las indemnizaciones se abonan al cónyuge supérstite o a los beneficiarios según las normas de la Seguridad Social, o a los herederos legales.

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