| SALARIO BASE | M | 1.157,82 € | Revisión salarial 2021 (art. 9: IPC CAPV 2020 + 0,5 puntos). |
| GRATIFICACION EXTRAORDINARIA DE JUNIO | A | 1.157,82 € | SAL_BASE+ANTIG Art. 13: una mensualidad de salario de tabla más antigüedad. El importe reflejado es solo la parte de salario base. |
| GRATIFICACION EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE | A | 1.157,82 € | SAL_BASE+ANTIG Art. 13: una mensualidad de salario de tabla más antigüedad. El importe reflejado es solo la parte de salario base. |
| HORA EXTRAORDINARIA | H | 12,07 € | SAL_BASE*12/1726*1.5 50% Art. 7: recargo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria (SAL_BASE*12/jornada anual de 2021). Solo obligatorias para reparar siniestros y daños urgentes. |
| DIETA DE COMIDA EN RUTA | D | 10,34 € | Art. 21, revisado en 2021: para conductores, ayudantes y mozos de reparto en ruta, por cada día que la jornada les impida llegar a casa entre las 14:00 y las 17:00. |
| QUEBRANTO DE MONEDA | M | 21,49 € | Art. 14, revisado en 2021: para todo el personal responsable del manejo de dinero en efectivo, por mes trabajado; se asigna a esta categoría por cobrar el importe de las botellas a domicilio (art. 21). |
| PRIMA VENTA BOTELLA (ESCALA SEGUN MEDIA DIARIA) | H | 0,20 € | Importe = tramo minimo garantizado de la escala (tambien el que se abona a las botellas de punto de venta). Art. 10, revisado en 2021 (sin cambios sobre 2020, redondeado a 2 decimales en el boletín): menos de 70 = 0,20 €/botella; 70-80 = 0,24 €/botella; 80-90 = 0,32 €/botella; 90-100 = 0,41 €/botella; más de 100 = 0,49 €/botella. Las botellas entregadas en puntos de venta se abonan siempre al tramo mínimo. Cotiza íntegramente a la Seguridad Social como complemento de cantidad y calidad. No se asigna un importe único porque depende del volumen de reparto, no de la categoría. |
| PLUS TRABAJO SABADO - REPARTO DOMICILIARIO | H | 0,73 € | Art. 8, revisado en 2021 (sin cambios sobre 2020, redondeado a 2 decimales en el boletín). Personal de reparto que trabaje voluntariamente algún sábado o festivo para terminar su ruta, con el visto bueno de la empresa. |
| PLUS TRABAJO SABADO - SUMINISTRO A PUNTO DE VENTA | H | 0,30 € | Art. 8, revisado en 2021 (sin cambios sobre 2020, redondeado a 2 decimales en el boletín). Personal de reparto que trabaje voluntariamente algún sábado o festivo para terminar su ruta, con el visto bueno de la empresa. |
| BOLSA DE VACACIONES | A | 492,45 € | Art. 6, revisado en 2021: los ayudantes de reparto perciben, durante las vacaciones, el salario de tablas más este importe fijo, salvo que la empresa opte por abonar el promedio de las primas de los últimos doce meses. |