Vigencia, denuncia y prórroga
Convenio de cuatro años (2025-2028), publicado junto con las tablas de 2025 y 2026, sin vacío normativo mientras no se sustituya.
- Duración de cuatro años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028 (art. 4).
- Los efectos retributivos se retrotraen al 1 de enero de 2025, aunque la firma es de 19-03-2026 y la publicación de 29-04-2026 (art. 4).
- Puede denunciarse por cualquiera de las partes con un mes de antelación a la finalización de la vigencia, con propuesta concreta sobre los puntos a revisar (art. 5).
- Mientras no se sustituya por otro, sigue rigiendo TODO su contenido normativo sin vacío normativo (arts. 4 y 5): no hay ultraactividad limitada.
- Normas supletorias: el IX Convenio Colectivo General de Derivados del Cemento (estatal), el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 7).