Convenio colectivo · REGCON 18101745012025

Convenio colectivo de Transporte Interurbano de Viajeros y Viajeras por Carretera de Granada 2025-2027

Granada Transporte de viajeros por carretera Ámbito provincial Vigencia 01/01/2025 — 31/12/2027
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025.
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2027. Ver las condiciones del convenio.

Tablas 2026 Precalculada
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
COMPLEMENTO DE VACACIONES A (variables regulares del año anterior / 330) × 31 Art. 19: durante las vacaciones se cobra, además de los conceptos salariales fijos, la media de los conceptos salariales VARIABLES percibidos de forma regular durante seis o más meses del año natural anterior. Se suman esas cantidades, se dividen entre 330 días (11 meses de 30) y se multiplican por los 31 días de vacaciones. Los conceptos que entran son la prima de perceptor/a (art. 9), el plus de nocturnidad, el transporte de correo y el complemento de limpieza, si procede. No es consolidable y se abona con las vacaciones del año siguiente al del cálculo.
PLUS TRANSPORTE A 901,21 € Art. 15: plus EXTRASALARIAL de importe idéntico para todos los grupos, categorías y niveles, en compensación por los gastos de transporte. Importe anual de 901,21 € en 2026. Se prorratea en ONCE mensualidades: queda excluido de las tres gratificaciones extraordinarias y del disfrute de las vacaciones. Quien lo solicite puede cobrarlo en un solo pago el 15 de septiembre, y cada empresa puede pactar con la representación de la plantilla un sistema único de pago. El acta de la paritaria lo publica como «Plus Transporte» (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)).
DIETA COMPLETA (SERVICIO REGULAR) E 39,41 € Art. 11: dieta completa del servicio regular en 2026. Da derecho a cobrarla el servicio que obligue a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
DIETA COMPLETA (SERVICIO DISCRECIONAL) E 59,68 € Art. 11: dieta completa del servicio discrecional en 2026. Da derecho a cobrarla el servicio que obligue a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
DIETA COMPLETA (SERVICIO INTERNACIONAL) E 104,87 € Art. 11: dieta completa del servicio internacional en 2026. Da derecho a cobrarla el servicio que obligue a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
COMIDA O CENA (SERVICIO REGULAR) E 14,14 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la comida o a la cena en el servicio regular (2026). La comida se percibe cuando el servicio obliga a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida es antes de las 12:00 y la llegada después de las 14:00; la cena, cuando la salida es antes de las 20:00 y el regreso después de las 22:00.
COMIDA O CENA (SERVICIO DISCRECIONAL) E 20,90 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la comida o a la cena en el servicio discrecional (2026). La comida se percibe cuando el servicio obliga a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida es antes de las 12:00 y la llegada después de las 14:00; la cena, cuando la salida es antes de las 20:00 y el regreso después de las 22:00.
COMIDA O CENA (SERVICIO INTERNACIONAL) E 36,68 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la comida o a la cena en el servicio internacional (2026). La comida se percibe cuando el servicio obliga a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida es antes de las 12:00 y la llegada después de las 14:00; la cena, cuando la salida es antes de las 20:00 y el regreso después de las 22:00.
CENA Y CAMA (SERVICIO REGULAR) E 26,09 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la cena y a la pernoctación en el servicio regular (2026). Se percibe cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la llegada se produce después de las 00:00.
CENA Y CAMA (SERVICIO DISCRECIONAL) E 38,77 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la cena y a la pernoctación en el servicio discrecional (2026). Se percibe cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la llegada se produce después de las 00:00.
CENA Y CAMA (SERVICIO INTERNACIONAL) E 68,17 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la cena y a la pernoctación en el servicio internacional (2026). Se percibe cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la llegada se produce después de las 00:00.
TRANSPORTE DE CORREO D 1,41 € Art. 12: el personal que realice el transporte de correo percibe 1,41 € por día trabajado en 2026. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19. ⚠️ El acta de la paritaria de 2026 no republica este importe: se le ha aplicado el 3 % que la propia acta declara para todos los conceptos, y coincide con el quebranto de moneda que el acta sí publica (1,41 €), que es la misma cuantía que el art. 12 les da a los dos.
COMPLEMENTO DIARIO DE INCAPACIDAD TEMPORAL D 5,57 € Art. 20, en la redacción SUBSANADA por el acuerdo de la comisión paritaria de 17/09/2025 (BOP de Granada nº 186, de 30/09/2025 (CVE BOP-GRA-2025-186002)): complemento diario de 5,57 € en 2026 que se suma al 100 % de salario base y antigüedad a partir del vigésimo primer día de baja por enfermedad común, y desde el primer día cuando hay hospitalización o intervención quirúrgica, con un máximo de 12 meses. ⚠️ El texto publicado el 24/07/2025 traía por error las cuantías de 2021 a 2024 (4,69 / 4,92 / 5,10 / 5,25 €); la paritaria lo corrigió por unanimidad. El acta de 2026 lo publica como «Complemento de I.T» (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)).
Médico/a 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.898,35 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 15,59 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 16,37 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 17,16 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 18,72 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 20,27 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 21,84 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 23,39 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 24,96 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.898,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.898,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.898,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Ayudante/a Tecnico/a Sanitario/a Grupo Profesional I 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.373,92 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,29 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,86 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,41 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,54 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,67 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,80 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,93 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,06 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.373,92 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.373,92 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.373,92 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Administradores/as 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.532,98 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,60 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 13,21 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,85 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 15,11 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 16,37 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 17,63 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,89 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 20,15 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.532,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.532,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.532,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Jefe/a de Sección Admvo./a. Grupo Profesional I 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.465,46 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,04 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,64 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,24 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,45 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,65 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,86 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,06 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 19,26 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.465,46 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.465,46 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.465,46 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Jefe/a de Negociado Admvo./a. Grupo Profesional I 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.364,20 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,21 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,76 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,33 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,45 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,56 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,69 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,81 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,93 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.364,20 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.364,20 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.364,20 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Oficial de 1ª Admvo./a. Grupo Profesional II 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.296,75 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,65 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,19 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,71 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,78 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,84 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,91 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,98 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,05 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.296,75 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.296,75 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.296,75 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Oficial de 2ª Admvo./a. Grupo Profesional II 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.263,16 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,37 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,90 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,41 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,45 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,49 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,52 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,56 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,60 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Auxiliar Admvo./a. Grupo Profesional III 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.229,35 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,10 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,60 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,10 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,11 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,12 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,14 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,15 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,16 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Jefe/a de Estación Grupo Profesional I 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.465,46 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,04 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,64 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,24 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,45 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,65 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,86 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,06 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 19,26 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.465,46 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.465,46 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.465,46 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Jefe/a de Tráfico Grupo Profesional I 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.431,67 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,76 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,35 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,94 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,11 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,29 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,47 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 17,64 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,82 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.431,67 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.431,67 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.431,67 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Administradores/as en Ruta Grupo Profesional II 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.229,35 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,10 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,60 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,10 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,11 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,12 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,14 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,15 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,16 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Taquillero/a Grupo Profesional II 16 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.263,16 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,37 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,90 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,41 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,45 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,49 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,52 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,56 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,60 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO TAQUILLERAS D 2,66 € Art. 12: 2,66 € por día trabajado en 2026 para el personal de taquilla.
QUEBRANTO DE MASTER D 6,51 € Art. 12: 6,51 € por cada día en que el personal de taquilla realice las funciones de master, es decir, se haga cargo de la recaudación de las personas trabajadoras, incluido el contaje. Se devenga desde la firma del convenio.
Factor/a Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.263,16 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,37 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,90 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,41 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,45 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,49 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,52 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,56 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,60 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.263,16 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO DE MONEDA D 1,41 € Art. 12: 1,41 € por día trabajado en 2026 para las categorías de agentes únicos, conductores/as y factores/as.
Jefe/a de Taller Grupo Profesional I 16 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.532,98 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,60 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 13,21 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,85 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 15,11 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 16,37 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 17,63 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,89 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 20,15 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.532,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.532,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.532,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Encargado/a de Almacén Grupo Profesional II 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.296,75 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,65 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,19 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,71 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,78 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,84 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,91 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,98 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,05 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.296,75 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.296,75 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.296,75 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Telefonista Grupo Profesional III 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.229,35 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,10 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,60 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,10 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,11 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,12 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,14 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,15 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,16 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.229,35 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Encargado/a de Cantina Grupo Profesional II 15 conceptos
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SALARIO BASE M 1.296,76 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,65 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,19 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,72 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,78 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,84 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,91 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,98 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,05 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.296,76 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.296,76 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.296,76 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS CAFETERIA DIA D 5,15 € Art. 16 ter: 5,15 € al día en 2026, a percibir por UN SOLO trabajador o trabajadora y día, que retribuye la apertura de la cafetería; si permanece abierta 24 horas se abona a quien esté en el turno nocturno. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Inspector/a Grupo Profesional II 14 conceptos
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SALARIO BASE D 45,39 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,31 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,89 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,44 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,58 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,71 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,84 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,96 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,10 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Agente Unico Grupo Profesional II 19 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 48,54 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,09 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,70 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,31 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,51 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,72 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,93 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,14 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 19,35 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO DE MONEDA D 1,41 € Art. 12: 1,41 € por día trabajado en 2026 para las categorías de agentes únicos, conductores/as y factores/as.
PLUS DISCRECIONAL D 22,66 € Art. 16 bis: 22,66 € por día en 2026 para el personal de conducción que preste servicios DISCRECIONALES con un tiempo de trabajo (efectivo y de presencia) de entre 8 y 12 horas. Por debajo de 8 horas no se devenga. Quedan expresamente excluidos los servicios de transporte regular de uso general y de uso especial; si en un mismo día se hacen los dos, solo cuenta el tiempo dedicado al discrecional.
VALOR HORA EXCESO DISCRECIONAL H 7,21 € Art. 16 bis: 7,21 € por hora en 2026 —o la parte proporcional de cada fracción— por cada hora que, de forma excepcional o sobrevenida, exceda de las 12 y hasta un máximo de 15 en un día. Se suma al plus discrecional.
VALOR MAXIMO HORA DISCRECIONAL D 21,63 € Art. 16 bis: tope diario de 21,63 € en 2026 para el exceso sobre las 12 horas, o su parte proporcional según el tiempo de actividad efectivamente desarrollado.
SERVICIO BUHO D 14,14 € Art. 16 quater: por cada día de prestación efectiva del servicio búho se percibe, en concepto de dieta, el importe de una dieta de COMIDA de servicio regular, que en 2026 es de 14,14 €. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Conductor/a Grupo Profesional II 20 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 43,16 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,75 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,29 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,82 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,90 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,99 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,06 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,14 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,21 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO DE MONEDA D 1,41 € Art. 12: 1,41 € por día trabajado en 2026 para las categorías de agentes únicos, conductores/as y factores/as.
PLUS DE PERCEPTOR D 9,74 € estimado Art. 9: 9,74 € por cada día en que un conductor o conductora simultanee la conducción con la venta y el cobro de billetes, en 2026. Se devenga desde la firma del convenio. Los agentes únicos NO lo perciben, porque su salario base ya se fijó contando con las dos funciones. Es uno de los conceptos variables que entran en el complemento de vacaciones del art. 19. ⚠️ El acta de la paritaria de 2026 no republica este importe; se le ha aplicado el 3 % que la propia acta declara para todos los conceptos retributivos, que es el mismo con el que aterrizan al céntimo los catorce importes planos que el acta sí publica.
PLUS DISCRECIONAL D 22,66 € Art. 16 bis: 22,66 € por día en 2026 para el personal de conducción que preste servicios DISCRECIONALES con un tiempo de trabajo (efectivo y de presencia) de entre 8 y 12 horas. Por debajo de 8 horas no se devenga. Quedan expresamente excluidos los servicios de transporte regular de uso general y de uso especial; si en un mismo día se hacen los dos, solo cuenta el tiempo dedicado al discrecional.
VALOR HORA EXCESO DISCRECIONAL H 7,21 € Art. 16 bis: 7,21 € por hora en 2026 —o la parte proporcional de cada fracción— por cada hora que, de forma excepcional o sobrevenida, exceda de las 12 y hasta un máximo de 15 en un día. Se suma al plus discrecional.
VALOR MAXIMO HORA DISCRECIONAL D 21,63 € Art. 16 bis: tope diario de 21,63 € en 2026 para el exceso sobre las 12 horas, o su parte proporcional según el tiempo de actividad efectivamente desarrollado.
SERVICIO BUHO D 14,14 € Art. 16 quater: por cada día de prestación efectiva del servicio búho se percibe, en concepto de dieta, el importe de una dieta de COMIDA de servicio regular, que en 2026 es de 14,14 €. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Cobrador/a Grupo Profesional II 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 42,03 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,48 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,00 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,53 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,58 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,61 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,66 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,71 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,76 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Mozo/a Grupo Profesional III 14 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 40,56 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,11 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,61 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,11 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,12 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,13 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,15 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,16 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,17 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Mozo/a cantina Grupo Profesional III 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 40,87 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,19 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,69 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,21 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,23 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,24 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,26 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,27 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,29 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS CAFETERIA DIA D 5,15 € Art. 16 ter: 5,15 € al día en 2026, a percibir por UN SOLO trabajador o trabajadora y día, que retribuye la apertura de la cafetería; si permanece abierta 24 horas se abona a quien esté en el turno nocturno. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
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ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 45,39 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,31 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,89 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,44 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,58 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,71 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,84 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,96 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,10 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
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ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 43,16 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,75 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,29 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,82 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,90 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,99 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,06 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,14 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,21 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Oficial de 2ª Mecánico/a Grupo Profesional II 16 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 42,03 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,48 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,00 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,53 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,58 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,61 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,66 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,71 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,76 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Oficial de 3ª Mecánico/a Grupo Profesional II 16 conceptos
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SALARIO BASE D 40,87 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,19 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,69 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,21 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,23 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,24 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,26 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,27 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,29 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Engrasador/a – Lavacoches Grupo Profesional III 16 conceptos
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SALARIO BASE D 40,87 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,19 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,69 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,21 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,23 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,24 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,26 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,27 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,29 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Mozo/a de Taller Grupo Profesional III 16 conceptos
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SALARIO BASE D 40,56 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,11 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,61 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,11 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,12 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,13 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,15 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,16 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,17 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 32,70 € Art. 13: 32,70 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 41,20 € Art. 13: 41,20 € al mes en 2026 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Aprendiz/a 4º año Grupo Profesional III 14 conceptos
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SALARIO BASE D 36,36 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,06 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 9,52 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 9,96 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 10,88 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 11,77 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 12,69 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 13,59 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 14,49 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Aprendiz/a 3º año Grupo Profesional III 14 conceptos
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SALARIO BASE D 34,11 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 8,50 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 8,92 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 9,35 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 10,21 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 11,05 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 11,91 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 12,75 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 13,60 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Vigilante Grupo Profesional III 14 conceptos
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SALARIO BASE D 40,56 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,11 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,61 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,11 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,12 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,13 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,15 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,16 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,17 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Portero/a Grupo Profesional III 14 conceptos
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SALARIO BASE D 40,56 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,11 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,61 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,11 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,12 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,13 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,15 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,16 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,17 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2026 (BOP de Granada nº 54, de 20/03/2026 (CVE BOP-GRA-2026-054004)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Tablas 2025 Precalculada
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 13 conceptos
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COMPLEMENTO DE VACACIONES A (variables regulares del año anterior / 330) × 31 Art. 19: durante las vacaciones se cobra, además de los conceptos salariales fijos, la media de los conceptos salariales VARIABLES percibidos de forma regular durante seis o más meses del año natural anterior. Se suman esas cantidades, se dividen entre 330 días (11 meses de 30) y se multiplican por los 31 días de vacaciones. Los conceptos que entran son la prima de perceptor/a (art. 9), el plus de nocturnidad, el transporte de correo y el complemento de limpieza, si procede. No es consolidable y se abona con las vacaciones del año siguiente al del cálculo.
PLUS TRANSPORTE A 874,96 € Art. 15: plus EXTRASALARIAL de importe idéntico para todos los grupos, categorías y niveles, en compensación por los gastos de transporte. Importe anual de 874,96 € en 2025. Se prorratea en ONCE mensualidades: queda excluido de las tres gratificaciones extraordinarias y del disfrute de las vacaciones. Quien lo solicite puede cobrarlo en un solo pago el 15 de septiembre, y cada empresa puede pactar con la representación de la plantilla un sistema único de pago.
DIETA COMPLETA (SERVICIO REGULAR) E 38,26 € Art. 11: dieta completa del servicio regular en 2025. Da derecho a cobrarla el servicio que obligue a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
DIETA COMPLETA (SERVICIO DISCRECIONAL) E 57,94 € Art. 11: dieta completa del servicio discrecional en 2025. Da derecho a cobrarla el servicio que obligue a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
DIETA COMPLETA (SERVICIO INTERNACIONAL) E 101,82 € Art. 11: dieta completa del servicio internacional en 2025. Da derecho a cobrarla el servicio que obligue a comer, cenar y pernoctar fuera de la residencia habitual.
COMIDA O CENA (SERVICIO REGULAR) E 13,73 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la comida o a la cena en el servicio regular (2025). La comida se percibe cuando el servicio obliga a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida es antes de las 12:00 y la llegada después de las 14:00; la cena, cuando la salida es antes de las 20:00 y el regreso después de las 22:00.
COMIDA O CENA (SERVICIO DISCRECIONAL) E 20,29 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la comida o a la cena en el servicio discrecional (2025). La comida se percibe cuando el servicio obliga a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida es antes de las 12:00 y la llegada después de las 14:00; la cena, cuando la salida es antes de las 20:00 y el regreso después de las 22:00.
COMIDA O CENA (SERVICIO INTERNACIONAL) E 35,61 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la comida o a la cena en el servicio internacional (2025). La comida se percibe cuando el servicio obliga a efectuarla fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la salida es antes de las 12:00 y la llegada después de las 14:00; la cena, cuando la salida es antes de las 20:00 y el regreso después de las 22:00.
CENA Y CAMA (SERVICIO REGULAR) E 25,33 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la cena y a la pernoctación en el servicio regular (2025). Se percibe cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la llegada se produce después de las 00:00.
CENA Y CAMA (SERVICIO DISCRECIONAL) E 37,64 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la cena y a la pernoctación en el servicio discrecional (2025). Se percibe cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la llegada se produce después de las 00:00.
CENA Y CAMA (SERVICIO INTERNACIONAL) E 66,18 € Art. 11: parte de la dieta correspondiente a la cena y a la pernoctación en el servicio internacional (2025). Se percibe cuando el servicio obliga a pernoctar y desayunar fuera de la residencia habitual y, en todo caso, cuando la llegada se produce después de las 00:00.
TRANSPORTE DE CORREO D 1,37 € Art. 12: el personal que realice el transporte de correo percibe 1,37 € por día trabajado en 2025. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
COMPLEMENTO DIARIO DE INCAPACIDAD TEMPORAL D 5,41 € Art. 20, en la redacción SUBSANADA por el acuerdo de la comisión paritaria de 17/09/2025 (BOP de Granada nº 186, de 30/09/2025 (CVE BOP-GRA-2025-186002)): complemento diario de 5,41 € en 2025 que se suma al 100 % de salario base y antigüedad a partir del vigésimo primer día de baja por enfermedad común, y desde el primer día cuando hay hospitalización o intervención quirúrgica, con un máximo de 12 meses. ⚠️ El texto publicado el 24/07/2025 traía por error las cuantías de 2021 a 2024 (4,69 / 4,92 / 5,10 / 5,25 €); la paritaria lo corrigió por unanimidad.
Médico/a 15 conceptos
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SALARIO BASE M 1.843,06 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 15,14 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 15,89 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 16,66 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 18,17 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 19,68 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 21,20 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 22,71 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 24,23 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.843,06 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.843,06 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.843,06 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Ayudante/a Tecnico/a Sanitario/a Grupo Profesional I 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.333,90 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,96 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,51 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,05 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,15 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,24 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,34 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,44 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,53 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.333,90 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.333,90 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.333,90 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Administradores/as 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.488,33 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,23 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,83 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,45 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,67 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,89 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 17,12 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,34 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 19,56 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.488,33 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.488,33 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.488,33 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Jefe/a de Sección Admvo./a. Grupo Profesional I 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.422,78 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,69 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,27 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,85 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,03 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,19 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,37 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 17,53 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,70 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.422,78 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.422,78 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.422,78 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
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SALARIO BASE M 1.324,47 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,88 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,42 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,97 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,06 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,14 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,23 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,32 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,41 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.324,47 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.324,47 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.324,47 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Oficial de 1ª Admvo./a. Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.258,98 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,34 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,86 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,37 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,41 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,44 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,48 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,51 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,55 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.258,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.258,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.258,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Oficial de 2ª Admvo./a. Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.226,37 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,07 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,58 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,08 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,09 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,10 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,10 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,11 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,12 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
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ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.193,54 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,81 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,29 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,78 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,76 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,74 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,73 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,71 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,69 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
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SALARIO BASE M 1.422,78 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,69 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,27 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,85 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,03 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,19 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,37 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 17,53 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,70 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.422,78 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.422,78 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.422,78 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Jefe/a de Tráfico Grupo Profesional I 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.389,97 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,42 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,99 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,56 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,70 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,84 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,99 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 17,13 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,27 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.389,97 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.389,97 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.389,97 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Administradores/as en Ruta Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.193,54 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,81 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,29 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,78 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,76 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,74 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,73 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,71 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,69 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Taquillero/a Grupo Profesional II 17 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.226,37 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,07 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,58 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,08 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,09 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,10 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,10 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,11 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,12 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO TAQUILLERAS D 2,58 € Art. 12: 2,58 € por día trabajado en 2025 para el personal de taquilla.
QUEBRANTO DE MASTER D 6,32 € Art. 12: 6,32 € por cada día en que el personal de taquilla realice las funciones de master, es decir, se haga cargo de la recaudación de las personas trabajadoras, incluido el contaje. Se devenga desde la firma del convenio.
Factor/a Grupo Profesional II 16 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.226,37 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,07 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,58 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,08 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,09 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,10 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,10 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,11 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,12 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.226,37 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO DE MONEDA D 1,37 € Art. 12: 1,37 € por día trabajado en 2025 para las categorías de agentes únicos, conductores/as y factores/as.
Jefe/a de Taller Grupo Profesional I 17 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.488,33 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 12,23 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,83 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 13,45 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,67 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,89 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 17,12 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 18,34 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 19,56 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.488,33 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.488,33 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.488,33 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Encargado/a de Almacén Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.258,98 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,34 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,86 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,37 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,41 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,44 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,48 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,51 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,55 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.258,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.258,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.258,98 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Telefonista Grupo Profesional III 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.193,54 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,81 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,29 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,78 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,76 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,74 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,73 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,71 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,69 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.193,54 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Encargado/a de Cantina Grupo Profesional II 16 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.258,99 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe mensual. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,34 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,86 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,38 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,41 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,44 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,48 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,51 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,55 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.258,99 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.258,99 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.258,99 € SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. Para las categorías con salario base MENSUAL el importe de la gratificación es ese mismo salario base del mes, al que se suma la antigüedad que corresponda. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS CAFETERIA DIA D 5,00 € Art. 16 ter: 5,00 € al día en 2025, a percibir por UN SOLO trabajador o trabajadora y día, que retribuye la apertura de la cafetería; si permanece abierta 24 horas se abona a quien esté en el turno nocturno. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Inspector/a Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 44,07 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,98 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,54 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,08 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,18 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,28 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,38 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,47 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,57 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
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SALARIO BASE D 47,13 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 11,74 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 12,33 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,92 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 14,09 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 15,26 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 16,44 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 17,61 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 18,79 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO DE MONEDA D 1,37 € Art. 12: 1,37 € por día trabajado en 2025 para las categorías de agentes únicos, conductores/as y factores/as.
PLUS DISCRECIONAL D 22,00 € Art. 16 bis: 22,00 € por día en 2025 para el personal de conducción que preste servicios DISCRECIONALES con un tiempo de trabajo (efectivo y de presencia) de entre 8 y 12 horas. Por debajo de 8 horas no se devenga. Quedan expresamente excluidos los servicios de transporte regular de uso general y de uso especial; si en un mismo día se hacen los dos, solo cuenta el tiempo dedicado al discrecional.
VALOR HORA EXCESO DISCRECIONAL H 7,00 € Art. 16 bis: 7,00 € por hora en 2025 —o la parte proporcional de cada fracción— por cada hora que, de forma excepcional o sobrevenida, exceda de las 12 y hasta un máximo de 15 en un día. Se suma al plus discrecional.
VALOR MAXIMO HORA DISCRECIONAL D 21,00 € Art. 16 bis: tope diario de 21,00 € en 2025 para el exceso sobre las 12 horas, o su parte proporcional según el tiempo de actividad efectivamente desarrollado.
SERVICIO BUHO D 13,73 € Art. 16 quater: por cada día de prestación efectiva del servicio búho se percibe, en concepto de dieta, el importe de una dieta de COMIDA de servicio regular, que en 2025 es de 13,73 €. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
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SALARIO BASE D 41,90 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,44 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,96 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,48 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,52 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,58 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,62 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,67 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,71 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
QUEBRANTO DE MONEDA D 1,37 € Art. 12: 1,37 € por día trabajado en 2025 para las categorías de agentes únicos, conductores/as y factores/as.
PLUS DE PERCEPTOR D 9,46 € Art. 9: 9,46 € por cada día en que un conductor o conductora simultanee la conducción con la venta y el cobro de billetes, en 2025. Se devenga desde la firma del convenio. Los agentes únicos NO lo perciben, porque su salario base ya se fijó contando con las dos funciones. Es uno de los conceptos variables que entran en el complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS DISCRECIONAL D 22,00 € Art. 16 bis: 22,00 € por día en 2025 para el personal de conducción que preste servicios DISCRECIONALES con un tiempo de trabajo (efectivo y de presencia) de entre 8 y 12 horas. Por debajo de 8 horas no se devenga. Quedan expresamente excluidos los servicios de transporte regular de uso general y de uso especial; si en un mismo día se hacen los dos, solo cuenta el tiempo dedicado al discrecional.
VALOR HORA EXCESO DISCRECIONAL H 7,00 € Art. 16 bis: 7,00 € por hora en 2025 —o la parte proporcional de cada fracción— por cada hora que, de forma excepcional o sobrevenida, exceda de las 12 y hasta un máximo de 15 en un día. Se suma al plus discrecional.
VALOR MAXIMO HORA DISCRECIONAL D 21,00 € Art. 16 bis: tope diario de 21,00 € en 2025 para el exceso sobre las 12 horas, o su parte proporcional según el tiempo de actividad efectivamente desarrollado.
SERVICIO BUHO D 13,73 € Art. 16 quater: por cada día de prestación efectiva del servicio búho se percibe, en concepto de dieta, el importe de una dieta de COMIDA de servicio regular, que en 2025 es de 13,73 €. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Cobrador/a Grupo Profesional II 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 40,81 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,17 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,68 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,19 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,21 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,21 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,23 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,25 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,27 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Mozo/a Grupo Profesional III 15 conceptos
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SALARIO BASE D 39,38 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,82 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,30 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,79 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,77 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,75 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,74 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,72 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,70 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Mozo/a cantina Grupo Profesional III 16 conceptos
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SALARIO BASE D 39,68 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,89 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,38 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,88 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,87 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,85 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,84 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,83 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,82 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS CAFETERIA DIA D 5,00 € Art. 16 ter: 5,00 € al día en 2025, a percibir por UN SOLO trabajador o trabajadora y día, que retribuye la apertura de la cafetería; si permanece abierta 24 horas se abona a quien esté en el turno nocturno. Se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Jefe/a de Equipo de Taller Grupo Profesional II 17 conceptos
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SALARIO BASE D 44,07 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,98 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 11,54 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 12,08 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 13,18 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 14,28 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 15,38 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 16,47 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 17,57 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Oficial de 1ª Mecánico/a Grupo Profesional II 17 conceptos
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SALARIO BASE D 41,90 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,44 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,96 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,48 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,52 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,58 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,62 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,67 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,71 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
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SALARIO BASE D 40,81 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 10,17 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,68 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 11,19 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 12,21 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 13,21 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 14,23 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 15,25 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 16,27 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
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SALARIO BASE D 39,68 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,89 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,38 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,88 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,87 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,85 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,84 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,83 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,82 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Engrasador/a – Lavacoches Grupo Profesional III 17 conceptos
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SALARIO BASE D 39,68 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,89 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,38 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,88 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,87 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,85 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,84 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,83 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,82 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Mozo/a de Taller Grupo Profesional III 17 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 39,38 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,82 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,30 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,79 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,77 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,75 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,74 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,72 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,70 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
PLUS TALLER DENTRO INSTALACIONES M 31,75 € Art. 13: 31,75 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos DENTRO de las instalaciones. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal.
PLUS TALLER FUERA INSTALACIONES M 40,00 € Art. 13: 40,00 € al mes en 2025 para el personal de taller que movilice vehículos FUERA de las instalaciones; incluye la movilización que pudieran hacer dentro, así que no se acumula con el anterior. Se abona todos los meses excepto en situación de incapacidad temporal y se devenga desde la publicación del convenio 2025-2027 en el BOP de Granada.
Aprendiz/a 4º año Grupo Profesional III 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 35,30 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 8,80 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 9,24 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 9,67 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 10,56 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 11,43 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 12,32 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 13,19 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 14,07 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Aprendiz/a 3º año Grupo Profesional III 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 33,12 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 8,25 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 8,66 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 9,08 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 9,91 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 10,73 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 11,56 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 12,38 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 13,20 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Vigilante Grupo Profesional III 15 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE D 39,38 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,82 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,30 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,79 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,77 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,75 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,74 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,72 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,70 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Portero/a Grupo Profesional III 15 conceptos
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SALARIO BASE D 39,38 € Columna «S.BASE MENSUAL/día» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). Importe diario. Es la base sobre la que se calculan el complemento de antigüedad del art. 8, el plus de nocturnidad del art. 16 y las tres gratificaciones extraordinarias del art. 10.
H EXT 0 % H 9,82 € Columna «H EXT 0 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 5 % H 10,30 € Columna «H EXT 5 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 10 % H 10,79 € Columna «H EXT 10 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 20 % H 11,77 € Columna «H EXT 20 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 30 % H 12,75 € Columna «H EXT 30 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 40 % H 13,74 € Columna «H EXT 40 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 50 % H 14,72 € Columna «H EXT 50 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
H EXT 60 % H 15,70 € Columna «H EXT 60 %» del anexo I del año 2025 (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002)). El anexo publica ocho valores de hora por categoría, del 0 % al 60 %; el art. 14 remite a ellos tanto para las horas extraordinarias como para las HORAS DE PRESENCIA. ⚠️ Las columnas con recargo NO son el valor del 0 % multiplicado por su porcentaje: el boletín las arrastra de ejercicios anteriores aplicándoles la subida pactada, así que llevan redondeos acumulados y se transcriben tal cual.
HORA EXTRAORDINARIA FESTIVA H H_EXT × 1,75 75% Art. 14, párrafo 2º: las horas extraordinarias realizadas en día festivo se remuneran con un incremento del 75 % sobre el valor que corresponda del anexo I. El boletín no publica la columna ya calculada.
ANTIGÜEDAD D SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ Esta categoría cobra el salario base POR DÍA y el convenio no dice a cuántos días equivale la gratificación, así que su importe no se publica ni se deduce: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD D (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Limpiadores / as Grupo Profesional III 6 conceptos
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SALARIO BASE M ⚠️ El anexo I de 2025 publica esta categoría con la FILA ENTERA EN BLANCO: el boletín no le asigna ni salario base ni valores de hora extraordinaria (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002), comprobado sobre la imagen de la página). No se rellena con ninguna otra: queda sin cuantía publicada y anotado como cabo suelto. Los conceptos que el articulado fija por igual para toda la plantilla (plus de transporte, dietas, complemento diario de incapacidad temporal…) sí le corresponden y van más abajo.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Ayudante/a de oficio 6 conceptos
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SALARIO BASE M ⚠️ El anexo I de 2025 publica esta categoría con la FILA ENTERA EN BLANCO: el boletín no le asigna ni salario base ni valores de hora extraordinaria (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002), comprobado sobre la imagen de la página). No se rellena con ninguna otra: queda sin cuantía publicada y anotado como cabo suelto. Los conceptos que el articulado fija por igual para toda la plantilla (plus de transporte, dietas, complemento diario de incapacidad temporal…) sí le corresponden y van más abajo.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.
Encargado/a de Ruta 6 conceptos
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SALARIO BASE M ⚠️ El anexo I de 2025 publica esta categoría con la FILA ENTERA EN BLANCO: el boletín no le asigna ni salario base ni valores de hora extraordinaria (BOP de Granada nº 139, de 24/07/2025 (CVE BOP-GRA-2025-139002), comprobado sobre la imagen de la página). No se rellena con ninguna otra: queda sin cuantía publicada y anotado como cabo suelto. Los conceptos que el articulado fija por igual para toda la plantilla (plus de transporte, dietas, complemento diario de incapacidad temporal…) sí le corresponden y van más abajo.
ANTIGÜEDAD M SAL_BASE × % de la escala del art. 8 Art. 8: complemento calculado sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados — 5 % a los 2 años, 10 % a los 4, 20 % a los 9, 30 % a los 14, 40 % a los 19, 50 % a los 24 y 60 % a los 29. El boletín no lo tabula en euros.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE MARZO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de marzo, con devengo anual.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE JULIO A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de julio, con devengo semestral.
GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A SAL_BASE+ANTIGUEDAD Art. 10: importe de salario base más antigüedad. ⚠️ El anexo I no publica el salario base de esta categoría, así que tampoco se puede dar el importe de la gratificación: se deja la fórmula. Se abona antes del 20 de diciembre, con devengo semestral.
PLUS DE NOCTURNIDAD M (SAL_BASE+ANTIGUEDAD) × 20 % 20% Art. 16: el trabajo nocturno se retribuye, cuando proceda con arreglo a la legislación vigente, con el 20 % del salario base más la antigüedad. El convenio no publica su importe en euros. Es uno de los conceptos variables que entran en el cálculo del complemento de vacaciones del art. 19.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2027 IPC a 31 de diciembre de 2026 más 0,5 puntos · Sobre las tablas salariales de 2026 Art. 7. Garantizado un mínimo del 1 % y con un techo del 3,5 %. Aplicable a todos los conceptos retributivos. Sin tabla publicada a la fecha de este procesado.

Historia del convenio

01/01/2025 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2027 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de transporte de viajeros por carretera (Granada)?

En 2026, el salario base va desde 34,11 € hasta 1.898,35 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y denuncia

El convenio rige del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027, cualquiera que sea la fecha de su publicación en el BOP.

  • Entrada en vigor: 1 de enero de 2025 (art. 3).
  • Fin de la vigencia pactada: 31 de diciembre de 2027 (art. 3).
  • Al vencer, se entiende prorrogado tácitamente en sus propios términos de año en año, salvo denuncia (art. 4).
  • La denuncia ha de hacerse por escrito y con dos meses de antelación por cualquiera de las partes firmantes (art. 4).
  • El texto publicado el 24/07/2025 fue subsanado en su artículo 20 por acuerdo de la comisión paritaria de 17/09/2025, publicado en el BOP nº 186 de 30/09/2025.
  • Las tablas de 2026 se aprobaron en la comisión paritaria de 04/03/2026 y se publicaron en el BOP nº 54 de 20/03/2026.
  • Las condiciones del convenio forman un todo orgánico e indivisible y absorben y compensan en cómputo anual las gratificaciones voluntarias y los pactos de cualquier índole, respetándose las condiciones personales más beneficiosas en cómputo global (arts. 5 y 6).

Subidas salariales pactadas

El art. 7 fija un incremento aplicable a TODOS los conceptos retributivos, distinto para cada uno de los tres años.

  • 2025: 3 %.
  • 2026: IPC a 31 de diciembre de 2025 más 0,5 puntos sobre las tablas de 2025, con un mínimo garantizado del 1 % y un techo del 3 %. La comisión paritaria lo cerró en el 3 % y publicó la tabla el 20/03/2026.
  • 2027: IPC a 31 de diciembre de 2026 más 0,5 puntos sobre las tablas de 2026, con un mínimo garantizado del 1 % y un techo del 3,5 %. Sin tabla publicada todavía.
  • Los atrasos de la revisión de 2025 y de los conceptos nuevos incorporados en la negociación 2025-2027 se abonan dentro de los dos meses siguientes a la publicación del convenio en el BOP de Granada.

Jornada de trabajo y descanso

La jornada es de cuarenta horas efectivas semanales en cómputo semanal para todo el personal.

  • 40 horas efectivas de trabajo a la semana, en cómputo semanal (art. 17).
  • Descanso semanal de dos días, alternos o sucesivos según las necesidades del servicio y la planificación, sin perjuicio de las condiciones más beneficiosas anteriores a la firma (art. 18).
  • La toma y deja del personal con categoría de agente único o conductor/a tiene la consideración de TIEMPO DE PRESENCIA, respetándose el que se venía considerando como tal en cada empresa (art. 18).
  • Se aplica la legislación sobre jornadas especiales, tiempos de descanso y conducción del sector (Reglamento CE 561/2006 y RD 1561/1995) (art. 18).
  • En el plazo de 15 días desde la firma se constituye una comisión de 4 miembros por la patronal y 4 por la representación de la plantilla para estudiar los tiempos de presencia y espera, la distribución de la jornada semanal y anual y la conciliación (art. 17).
  • El convenio no publica jornada anual en horas.

Vacaciones y complemento de vacaciones

Todo el personal tiene derecho a 31 días naturales de vacaciones al año, con un complemento que promedia los conceptos variables.

  • 31 días naturales al año para todo el personal afectado (art. 19).
  • Durante las vacaciones se cobran los conceptos salariales fijos de la categoría MÁS la media de los conceptos salariales variables percibidos de forma regular durante seis o más meses del año natural anterior.
  • Cálculo del complemento: se suman esos variables del 1 de enero al 31 de diciembre anterior, se dividen entre 330 días (11 meses de 30) y se multiplican por los 31 días de vacaciones.
  • Con menos de un año trabajado, la media se calcula en la parte proporcional al tiempo de prestación de servicios.
  • Conceptos que entran en la media: prima de perceptor/a (art. 9), plus de nocturnidad, transporte de correo y complemento de limpieza, si procede.
  • Es un complemento NO consolidable y se abona con el disfrute de las vacaciones del año siguiente al del cálculo. Si la persona cesa antes, se le abona la parte proporcional en el finiquito.
  • El calendario de vacaciones se pacta entre empresa y delegados/as antes del 30 de noviembre del año anterior al disfrute.
  • Se facilita el disfrute en el mismo periodo a matrimonios y parejas de hecho que trabajen en la misma empresa o en el mismo grupo empresarial.

Complemento de antigüedad

La antigüedad se calcula en porcentaje sobre el salario base del convenio, en siete tramos acumulados.

  • A los 2 años: 5 % del salario base.
  • A los 4 años: 10 % del salario base.
  • A los 9 años: 20 % del salario base.
  • A los 14 años: 30 % del salario base.
  • A los 19 años: 40 % del salario base.
  • A los 24 años: 50 % del salario base.
  • A los 29 años: 60 % del salario base (tope de la escala).
  • La antigüedad se suma al salario base para calcular las tres gratificaciones extraordinarias, el plus de nocturnidad y el complemento de incapacidad temporal.

Gratificaciones extraordinarias

Hay TRES gratificaciones extraordinarias al año, cada una por importe de salario base más antigüedad.

  • Gratificación de marzo: se abona antes del día 20 de marzo y se devenga ANUALMENTE.
  • Gratificación de julio: se abona antes del día 20 de julio y se devenga semestralmente.
  • Gratificación de diciembre: se abona antes del día 20 de diciembre y se devenga semestralmente.
  • Importe de cada una: salario base más antigüedad.
  • El plus de transporte del art. 15 queda EXCLUIDO de las tres gratificaciones.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

El complemento depende de la causa de la baja y, en enfermedad común, del día de baja y de si hay hospitalización.

  • Accidente laboral: desde el PRIMER día de la baja y hasta la incorporación al trabajo, la empresa abona la diferencia entre lo que pague la Seguridad Social y el promedio diario de la base de cotización por accidente de trabajo y enfermedad profesional del mes anterior a la baja (base reguladora A), deducida la prorrata de pagas, más el promedio de las horas estructurales y no estructurales del año anterior (base reguladora B).
  • En accidente no hace falta esperar a la notificación de la mutua: la nómina de quien está de baja se confecciona ya con este artículo.
  • Enfermedad común, del primer parte de confirmación al día 21: la empresa complementa hasta el 100 % del salario base y la antigüedad.
  • Enfermedad común, a partir del día 22: la empresa complementa hasta el 100 % del salario base, la antigüedad y un complemento diario de 5,41 € en 2025 y 5,57 € en 2026, con un máximo de 12 meses.
  • Con hospitalización o intervención quirúrgica derivadas de la enfermedad, ese mismo complemento (incluido el importe diario) se abona DESDE EL PRIMER DÍA de la baja.
  • ⚠️ El texto publicado el 24/07/2025 recogía por error las cuantías diarias de 2021 a 2024 (4,69 / 4,92 / 5,10 / 5,25 €). La comisión paritaria lo subsanó por unanimidad el 17/09/2025 (BOP nº 186, de 30/09/2025): las que rigen son las de 2025 a 2027, y para 2025 son 5,41 € al día.

Póliza de seguro colectivo

Las empresas deben tener contratada una póliza de seguro colectivo con las cuantías del art. 39.

  • Muerte o invalidez permanente absoluta derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 20.820,50 €.
  • Invalidez permanente total o parcial derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional: 10.179,91 €.
  • El convenio no fija plazo de carencia ni declara qué ocurre si la empresa no contrata la póliza.

Otras condiciones con contenido económico

El convenio recoge además anticipos, uniformes, traslado de fallecidos y el canon de negociación.

  • Anticipos: quien lleve al menos un año puede pedir un anticipo de hasta tres mensualidades de salario base más antigüedad, reintegrable en 18 plazos mensuales y con el límite del 5 % de la plantilla solicitándolo a la vez. No se descuenta mientras la persona esté en incapacidad temporal (art. 24).
  • Uniformes: el personal de movimiento recibe dos camisas, dos pantalones, un jersey y una rebeca en invierno y dos camisas de manga corta y dos pantalones en verano, con duración de dos temporadas, más una prenda de abrigo con duración de tres temporadas. El personal de taller, dos monos, botas de seguridad, un mono de peto y dos camisetas de verano, con duración de un año. Los de verano se entregan antes del 1 de abril y los de invierno antes del 1 de octubre (art. 35).
  • Traslado de fallecidos: si una persona trabajadora fallece fuera de su localidad de residencia, la empresa abona los gastos del traslado a esa localidad o a cualquier otro punto del territorio nacional elegido por la familia (art. 38).
  • Renovación del permiso de conducir para el transporte escolar: a cargo de la empresa. Los cursos de recuperación de puntos perdidos conduciendo son gratuitos para la persona trabajadora, que ha de hacerlos en su tiempo libre (art. 23).
  • Retirada del carné de conducir: se intenta proporcionar otro puesto mientras dure la privación, sin que sea causa de despido; en empresas de más de 35 personas se aplica igual medida a quien no supere el examen psicotécnico (art. 23).
  • Canon de negociación: 18 € que, con carácter VOLUNTARIO y por una sola vez, la plantilla puede abonar a las centrales sindicales por el servicio prestado en la negociación colectiva; se descuenta en la gratificación de diciembre y hay que solicitarlo por escrito (art. 31).
  • Limpieza de autocares: no es obligación de los agentes únicos ni de los conductores/as. Si acceden a hacerla, se retribuye por acuerdo libre con la empresa y sin que genere precedente (art. 25).
  • Licencias retribuidas: 15 días naturales por matrimonio; 2 días por nacimiento de hijo/a o enfermedad grave o fallecimiento de cónyuge, hijos/as, padres de uno u otro cónyuge, nietos/as, abuelos/as y hermanos/as carnales o políticos (4 si hay desplazamiento); 1 día por traslado de domicilio; 1 día por primera comunión o ceremonia similar de hijos/as o nietos/as; 1 día de asuntos propios sin justificar (art. 28).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 39), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo o enfermedad profesional 20.820,50 € El boletín publica esta cuantía agrupando muerte e invalidez permanente absoluta.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o enfermedad profesional 20.820,50 € El boletín publica esta cuantía agrupando muerte e invalidez permanente absoluta.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o enfermedad profesional 10.179,91 € El boletín publica esta cuantía agrupando la invalidez permanente total y la parcial.
Incapacidad permanente parcial accidente de trabajo o enfermedad profesional 10.179,91 € El boletín publica esta cuantía agrupando la invalidez permanente total y la parcial.

El art. 39 obliga a las empresas a tener contratada una póliza de seguro colectivo con estos capitales. El boletín los publica sin fecharlos por año y no dice qué ocurre si la póliza no se contrata.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio pacta la subrogación del personal (Disposición final quinta): cuando cambia la empresa que presta el servicio, la entrante debe quedarse con la plantilla de la saliente.

Dónde está la regulación: este convenio no la detalla; se aplica en los términos de Acuerdo marco estatal sobre materias del transporte de viajeros por carretera; para el transporte regular de uso especial, en los mismos términos que su art. 19 para el transporte regular de viajeros..

El convenio NO regula la subrogación por sí mismo: se remite íntegramente al acuerdo marco estatal del sector. Por eso los campos de detalle van vacíos, que es lo que dice el boletín.

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