Vigencia: 2022-2024, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2025
El convenio se firmó en 2023 con efectos económicos retroactivos a 2022 y las partes lo prorrogaron después un año más.
- El convenio entró en vigor el día de su firma (10 de febrero de 2023), pero sus condiciones económicas surten efecto desde el 1 de enero de 2022 (art. 4).
- La vigencia pactada terminaba el 31 de diciembre de 2024 (art. 4).
- El acta de la comisión negociadora de 26 de junio de 2025 (BOP de 2 de agosto de 2025) prorrogó el convenio desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025 «en todo su clausulado excepto el que se modifique de forma expresa» en ese acuerdo.
- Esa misma acta suspendió las negociaciones del convenio nuevo hasta noviembre de 2025 y las partes se comprometieron a retomarlas tratando como primer punto la jornada flexible.
- El convenio se considera automáticamente denunciado, sin necesidad de comunicación formal, al término de su vigencia (art. 4.1).
- El art. 4.1 mantiene el convenio en ultraactividad hasta la firma de uno nuevo, con un máximo de doce meses de negociación entre las partes y tres más de mediación; si tras la mediación no hay acuerdo, las partes se someten a arbitraje conforme al art. 6 del VI Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales de la Comunitat Valenciana, y el convenio mantiene su vigencia hasta la resolución arbitral.
- Los atrasos del incremento pactado se abonan en los dos meses siguientes a la publicación en el BOP (art. 4).
- A 25 de agosto de 2026 no consta publicado en el BOP de Castellón ningún convenio ni tabla salarial posterior al acta de tablas definitivas de 2025.