Vigencia: seis años, de 2020 a 2025, con prórroga automática
El convenio abarca seis años y se publicó cuando ya habían transcurrido casi cuatro.
- Vigencia de seis años: del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2025, cualquiera que sea la fecha de su publicación (art. 3).
- Se firmó el 22 de mayo de 2023 y se publicó en el BOP de Cádiz el 14 de septiembre de 2023.
- PRÓRROGA TÁCITA Y AUTOMÁTICA por años naturales, salvo denuncia de cualquiera de las partes con al menos tres meses de antelación al fin de la vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.
- Producida la prórroga anual automática, todos los conceptos salariales se ajustan con el mismo criterio de incremento del último año de vigencia.
- Denunciado el convenio y mientras no se alcance un nuevo acuerdo, su contenido íntegro se considera prorrogado en todos sus términos (ultraactividad pactada).
- Constituida la comisión negociadora en el plazo máximo de un mes desde la recepción del escrito de denuncia.
- Ámbito funcional: empresas y cooperativas con personal por cuenta ajena dedicadas al servicio de transporte urbano de viajeros con autobuses y microbuses (art. 1).
- Ámbito territorial: todas las empresas con centro de trabajo en la provincia de Cádiz (art. 2).
- Las condiciones pactadas son MÍNIMAS: los pactos y condiciones más beneficiosas ya vigentes en cada empresa subsisten como garantía personal (art. 4).
- Opera la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables que los del convenio (art. 5).
- En el registro de convenios consta un trámite de PROMOCIÓN DE NEGOCIACIÓN de 22 de julio de 2026: la negociación del convenio siguiente está abierta y todavía no hay texto nuevo publicado.