Vigencia 2024-2025, firmado con un año de retraso
Dos años de vigencia y denuncia automática al terminar, sin necesidad de comunicarla.
- Vigencia: del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025, dos años, «independientemente de la fecha de su publicación».
- ⚠️ Se suscribió el 10 de abril de 2025 y se publicó el 7 de junio de 2025: llegó con más de un año de retraso sobre su propio inicio.
- ⭐ Denuncia AUTOMÁTICA al finalizar la vigencia, sin necesidad de comunicarla a las partes ni a la autoridad laboral; ambas se comprometen a iniciar negociaciones en los plazos legales.
- Ámbito: toda la provincia de Zaragoza, en las empresas regidas por la Ordenanza Laboral de Oficinas y Despachos de 31 de octubre de 1972, salvo las actividades con convenio propio.
- Las condiciones pactadas son compensables en su totalidad con las anteriores, cualquiera que fuera su origen.
- Las disposiciones legales futuras solo tienen eficacia si, globalmente consideradas, superan el nivel total del convenio; en caso contrario se consideran absorbidas.
- ⭐ Garantías personales: quien disfrute condiciones más beneficiosas tiene derecho a mantenerlas a título individual.