| ANTIGÜEDAD (BIENIO, SOLO DERECHO ADQUIRIDO) | M | — | 5% ⚠️ EN ESTE CONVENIO NO HAY ANTIGÜEDAD con carácter general: solo la conservan, como derecho adquirido, quienes prestaban servicios antes del 31 de diciembre de 1996. Consiste en bienios del 5 % del IPREM, devengados desde el 1 de enero del año en que se cumple el bienio, y forma parte del salario a efectos de horas extraordinarias y gratificaciones. Al alcanzar el 35 % del salario base la cantidad queda CONSOLIDADA, sin poder absorberse ni compensarse y sin que le afecten los incrementos de convenios posteriores. El importe no se calcula porque el convenio no dice si el 5 % se aplica sobre el IPREM mensual o el anual, y esa base no se inventa. |
| SEGURO DE ACCIDENTE | A | 36.000,00 € | Capital asegurado en 2026: 36.000.00 €. Las empresas deben suscribir póliza que cubra el riesgo de MUERTE e INVALIDEZ derivados de accidente, sea laboral o no, garantizando esa indemnización a los causahabientes. El convenio fija 31.000 € para 2023 y 36.000 € para el resto de años de vigencia. |
| PREMIO DE NUPCIALIDAD | A | 280,00 € | Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa. |
| PREMIO DE NATALIDAD | A | 166,00 € | Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa. |
| PREMIO ANUAL POR ESTUDIOS OFICIALES | A | 184,00 € | Premio anual para quien, FUERA de sus horas de trabajo, curse estudios oficiales para perfeccionar su nivel profesional o el puesto que desarrolla, demostrándolo documentalmente. El pago se hace a instancia de la persona trabajadora. |
| DIETA POR COMIDA | E | 21,00 € | Por comida realizada fuera del domicilio. Es una cuantía MÍNIMA: cabe también la factura o el documento acreditativo. |
| DIETA POR CENA | E | 21,00 € | Por cena realizada fuera del domicilio. ⚠️ El derecho a la cena solo se acredita si se permanece fuera del domicilio pasadas las VEINTIDÓS horas. Cuantía mínima. |
| DIETA DE ALOJAMIENTO (PERNOCTACIÓN) | E | 45,00 € | Por pernoctar fuera del domicilio de la persona trabajadora. Cuantía mínima. |
| KILOMETRAJE | H | 0,21 € | Por kilómetro recorrido cuando el desplazamiento que exige el trabajo se hace en vehículo. |
| SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN | M | 1.102,84 € | SMI/15.5 El contrato de formación se retribuye con el SMI de cada año (17094.00 € en 2026, SMI de 2026), en función de la jornada trabajada y «en función de 15 pagas y media», que es como el convenio reparte el salario. El importe mensual se calcula dividiendo el SMI anual entre esas 15,5 pagas. |