Convenio colectivo · REGCON 34000315011981

Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Palencia

Palencia Oficinas y despachos Ámbito provincial Vigencia 01/01/2023 — 31/12/2026
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Palencia nº 106, de 04/09/2023 (modificado por acta en el BOP nº 34, de 20/03/2026).
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2026. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2026 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGÜEDAD (BIENIO, SOLO DERECHO ADQUIRIDO) M 5% ⚠️ EN ESTE CONVENIO NO HAY ANTIGÜEDAD con carácter general: solo la conservan, como derecho adquirido, quienes prestaban servicios antes del 31 de diciembre de 1996. Consiste en bienios del 5 % del IPREM, devengados desde el 1 de enero del año en que se cumple el bienio, y forma parte del salario a efectos de horas extraordinarias y gratificaciones. Al alcanzar el 35 % del salario base la cantidad queda CONSOLIDADA, sin poder absorberse ni compensarse y sin que le afecten los incrementos de convenios posteriores. El importe no se calcula porque el convenio no dice si el 5 % se aplica sobre el IPREM mensual o el anual, y esa base no se inventa.
SEGURO DE ACCIDENTE A 36.000,00 € Capital asegurado en 2026: 36.000.00 €. Las empresas deben suscribir póliza que cubra el riesgo de MUERTE e INVALIDEZ derivados de accidente, sea laboral o no, garantizando esa indemnización a los causahabientes. El convenio fija 31.000 € para 2023 y 36.000 € para el resto de años de vigencia.
PREMIO DE NUPCIALIDAD A 280,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO DE NATALIDAD A 166,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO ANUAL POR ESTUDIOS OFICIALES A 184,00 € Premio anual para quien, FUERA de sus horas de trabajo, curse estudios oficiales para perfeccionar su nivel profesional o el puesto que desarrolla, demostrándolo documentalmente. El pago se hace a instancia de la persona trabajadora.
DIETA POR COMIDA E 21,00 € Por comida realizada fuera del domicilio. Es una cuantía MÍNIMA: cabe también la factura o el documento acreditativo.
DIETA POR CENA E 21,00 € Por cena realizada fuera del domicilio. ⚠️ El derecho a la cena solo se acredita si se permanece fuera del domicilio pasadas las VEINTIDÓS horas. Cuantía mínima.
DIETA DE ALOJAMIENTO (PERNOCTACIÓN) E 45,00 € Por pernoctar fuera del domicilio de la persona trabajadora. Cuantía mínima.
KILOMETRAJE H 0,21 € Por kilómetro recorrido cuando el desplazamiento que exige el trabajo se hace en vehículo.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN M 1.102,84 € SMI/15.5 El contrato de formación se retribuye con el SMI de cada año (17094.00 € en 2026, SMI de 2026), en función de la jornada trabajada y «en función de 15 pagas y media», que es como el convenio reparte el salario. El importe mensual se calcula dividiendo el SMI anual entre esas 15,5 pagas.
Titulados superiores 3 conceptos
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SALARIO BASE M 2.092,16 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 1.046,08 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.673,73 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Titulados medios 3 conceptos
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SALARIO BASE M 2.006,36 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 1.003,18 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.605,09 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 1ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.900,92 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 950,46 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.520,74 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 2ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.854,56 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 927,28 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.483,65 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 1ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.775,31 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 887,65 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.420,25 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 2ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.702,78 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 851,39 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.362,22 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Contable 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.623,50 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 811,75 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.298,80 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.537,76 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 768,88 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.230,21 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 1ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.418,97 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 709,49 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.135,18 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 2ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.280,31 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 640,15 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.024,25 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 3ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.187,82 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 593,91 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 950,26 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Personal de limpieza 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.135,18 € % Columna de 2026 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 567,59 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 908,14 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Tabla salarial 2025 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGÜEDAD (BIENIO, SOLO DERECHO ADQUIRIDO) M 5% ⚠️ EN ESTE CONVENIO NO HAY ANTIGÜEDAD con carácter general: solo la conservan, como derecho adquirido, quienes prestaban servicios antes del 31 de diciembre de 1996. Consiste en bienios del 5 % del IPREM, devengados desde el 1 de enero del año en que se cumple el bienio, y forma parte del salario a efectos de horas extraordinarias y gratificaciones. Al alcanzar el 35 % del salario base la cantidad queda CONSOLIDADA, sin poder absorberse ni compensarse y sin que le afecten los incrementos de convenios posteriores. El importe no se calcula porque el convenio no dice si el 5 % se aplica sobre el IPREM mensual o el anual, y esa base no se inventa.
SEGURO DE ACCIDENTE A 36.000,00 € Capital asegurado en 2025: 36.000.00 €. Las empresas deben suscribir póliza que cubra el riesgo de MUERTE e INVALIDEZ derivados de accidente, sea laboral o no, garantizando esa indemnización a los causahabientes. El convenio fija 31.000 € para 2023 y 36.000 € para el resto de años de vigencia.
PREMIO DE NUPCIALIDAD A 280,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO DE NATALIDAD A 166,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO ANUAL POR ESTUDIOS OFICIALES A 184,00 € Premio anual para quien, FUERA de sus horas de trabajo, curse estudios oficiales para perfeccionar su nivel profesional o el puesto que desarrolla, demostrándolo documentalmente. El pago se hace a instancia de la persona trabajadora.
DIETA POR COMIDA E 21,00 € Por comida realizada fuera del domicilio. Es una cuantía MÍNIMA: cabe también la factura o el documento acreditativo.
DIETA POR CENA E 21,00 € Por cena realizada fuera del domicilio. ⚠️ El derecho a la cena solo se acredita si se permanece fuera del domicilio pasadas las VEINTIDÓS horas. Cuantía mínima.
DIETA DE ALOJAMIENTO (PERNOCTACIÓN) E 45,00 € Por pernoctar fuera del domicilio de la persona trabajadora. Cuantía mínima.
KILOMETRAJE H 0,21 € Por kilómetro recorrido cuando el desplazamiento que exige el trabajo se hace en vehículo.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN M 1.069,42 € SMI/15.5 El contrato de formación se retribuye con el SMI de cada año (16576.00 € en 2025, RD 87/2025), en función de la jornada trabajada y «en función de 15 pagas y media», que es como el convenio reparte el salario. El importe mensual se calcula dividiendo el SMI anual entre esas 15,5 pagas.
Titulados superiores 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 2.031,22 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 1.015,61 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.624,98 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Titulados medios 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.947,92 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 973,96 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.558,34 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 1ª administrativo 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.845,55 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 922,77 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.476,44 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 2ª administrativo 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.800,54 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 900,27 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.440,43 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 1ª administrativo 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.723,60 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 861,80 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.378,88 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 2ª administrativo 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.653,18 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 826,59 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.322,54 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Contable 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.576,21 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 788,11 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.260,97 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.492,97 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 746,49 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.194,38 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 1ª 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.377,64 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 688,82 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.102,11 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 2ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.243,02 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 621,51 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 994,42 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 3ª 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.153,22 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 576,61 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 922,58 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Personal de limpieza 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.102,12 € % Columna de 2025 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 551,06 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 881,70 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Tabla salarial 2024 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGÜEDAD (BIENIO, SOLO DERECHO ADQUIRIDO) M 5% ⚠️ EN ESTE CONVENIO NO HAY ANTIGÜEDAD con carácter general: solo la conservan, como derecho adquirido, quienes prestaban servicios antes del 31 de diciembre de 1996. Consiste en bienios del 5 % del IPREM, devengados desde el 1 de enero del año en que se cumple el bienio, y forma parte del salario a efectos de horas extraordinarias y gratificaciones. Al alcanzar el 35 % del salario base la cantidad queda CONSOLIDADA, sin poder absorberse ni compensarse y sin que le afecten los incrementos de convenios posteriores. El importe no se calcula porque el convenio no dice si el 5 % se aplica sobre el IPREM mensual o el anual, y esa base no se inventa.
SEGURO DE ACCIDENTE A 36.000,00 € Capital asegurado en 2024: 36.000.00 €. Las empresas deben suscribir póliza que cubra el riesgo de MUERTE e INVALIDEZ derivados de accidente, sea laboral o no, garantizando esa indemnización a los causahabientes. El convenio fija 31.000 € para 2023 y 36.000 € para el resto de años de vigencia.
PREMIO DE NUPCIALIDAD A 280,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO DE NATALIDAD A 166,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO ANUAL POR ESTUDIOS OFICIALES A 184,00 € Premio anual para quien, FUERA de sus horas de trabajo, curse estudios oficiales para perfeccionar su nivel profesional o el puesto que desarrolla, demostrándolo documentalmente. El pago se hace a instancia de la persona trabajadora.
DIETA POR COMIDA E 21,00 € Por comida realizada fuera del domicilio. Es una cuantía MÍNIMA: cabe también la factura o el documento acreditativo.
DIETA POR CENA E 21,00 € Por cena realizada fuera del domicilio. ⚠️ El derecho a la cena solo se acredita si se permanece fuera del domicilio pasadas las VEINTIDÓS horas. Cuantía mínima.
DIETA DE ALOJAMIENTO (PERNOCTACIÓN) E 45,00 € Por pernoctar fuera del domicilio de la persona trabajadora. Cuantía mínima.
KILOMETRAJE H 0,21 € Por kilómetro recorrido cuando el desplazamiento que exige el trabajo se hace en vehículo.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN M 1.024,26 € SMI/15.5 El contrato de formación se retribuye con el SMI de cada año (15876.00 € en 2024, RD 145/2024), en función de la jornada trabajada y «en función de 15 pagas y media», que es como el convenio reparte el salario. El importe mensual se calcula dividiendo el SMI anual entre esas 15,5 pagas.
Titulados superiores 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.972,06 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 986,03 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.577,65 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Titulados medios 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.891,18 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 945,59 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.512,94 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 1ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.791,80 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 895,90 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.433,44 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 2ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.748,10 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 874,05 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.398,48 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 1ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.673,40 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 836,70 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.338,72 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 2ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.605,03 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 802,51 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.284,02 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Contable 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.530,30 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 765,15 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.224,24 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.449,49 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 724,75 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.159,59 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 1ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.337,51 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 668,75 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.070,01 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 2ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.206,82 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 603,41 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 965,46 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 3ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.119,63 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 559,82 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 895,70 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Personal de limpieza 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.070,02 € % Columna de 2024 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 535,01 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 856,02 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Tabla salarial 2023 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
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ANTIGÜEDAD (BIENIO, SOLO DERECHO ADQUIRIDO) M 5% ⚠️ EN ESTE CONVENIO NO HAY ANTIGÜEDAD con carácter general: solo la conservan, como derecho adquirido, quienes prestaban servicios antes del 31 de diciembre de 1996. Consiste en bienios del 5 % del IPREM, devengados desde el 1 de enero del año en que se cumple el bienio, y forma parte del salario a efectos de horas extraordinarias y gratificaciones. Al alcanzar el 35 % del salario base la cantidad queda CONSOLIDADA, sin poder absorberse ni compensarse y sin que le afecten los incrementos de convenios posteriores. El importe no se calcula porque el convenio no dice si el 5 % se aplica sobre el IPREM mensual o el anual, y esa base no se inventa.
SEGURO DE ACCIDENTE A 31.000,00 € Capital asegurado en 2023: 31.000.00 €. Las empresas deben suscribir póliza que cubra el riesgo de MUERTE e INVALIDEZ derivados de accidente, sea laboral o no, garantizando esa indemnización a los causahabientes. El convenio fija 31.000 € para 2023 y 36.000 € para el resto de años de vigencia.
PREMIO DE NUPCIALIDAD A 280,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO DE NATALIDAD A 166,00 € Se percibe en el momento del hecho causante, con una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa.
PREMIO ANUAL POR ESTUDIOS OFICIALES A 184,00 € Premio anual para quien, FUERA de sus horas de trabajo, curse estudios oficiales para perfeccionar su nivel profesional o el puesto que desarrolla, demostrándolo documentalmente. El pago se hace a instancia de la persona trabajadora.
DIETA POR COMIDA E 21,00 € Por comida realizada fuera del domicilio. Es una cuantía MÍNIMA: cabe también la factura o el documento acreditativo.
DIETA POR CENA E 21,00 € Por cena realizada fuera del domicilio. ⚠️ El derecho a la cena solo se acredita si se permanece fuera del domicilio pasadas las VEINTIDÓS horas. Cuantía mínima.
DIETA DE ALOJAMIENTO (PERNOCTACIÓN) E 45,00 € Por pernoctar fuera del domicilio de la persona trabajadora. Cuantía mínima.
KILOMETRAJE H 0,21 € Por kilómetro recorrido cuando el desplazamiento que exige el trabajo se hace en vehículo.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN M 975,48 € SMI/15.5 El contrato de formación se retribuye con el SMI de cada año (15120.00 € en 2023, RD 99/2023), en función de la jornada trabajada y «en función de 15 pagas y media», que es como el convenio reparte el salario. El importe mensual se calcula dividiendo el SMI anual entre esas 15,5 pagas.
Titulados superiores 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.914,62 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 957,31 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.531,70 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Titulados medios 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.836,10 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 918,05 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.468,88 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 1ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.739,61 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 869,80 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.391,69 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Jefe 2ª administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.697,18 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 848,59 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.357,74 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 1ª administrativo 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.624,66 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 812,33 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.299,73 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Oficial 2ª administrativo 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.558,28 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 779,14 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.246,62 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Contable 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.485,73 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 742,87 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.188,58 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Administrativo 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.407,27 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 703,63 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.125,82 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 1ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.298,55 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 649,27 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 1.038,84 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 2ª 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.171,67 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 585,84 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 937,34 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Auxiliar administrativo 3ª 3 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.087,02 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 543,51 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 869,62 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Personal de limpieza 3 conceptos
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SALARIO BASE M 1.038,85 € % Columna de 2023 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32).
GRATIFICACIÓN DE VACACIONES A 519,42 € estimado SAL_BASE/2 % Gratificación en metálico al comenzar las vacaciones, equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente en ese momento. Se calcula como media mensualidad del salario base; la antigüedad depende de cada persona y por eso el importe se marca como estimado.
SALARIO CONTRATO EN PRÁCTICAS M 831,08 € estimado SAL_BASE*0.8 80% El 80 % del salario fijado en el convenio para la categoría que ostente la persona trabajadora, con independencia de su categoría profesional, garantizando en todo caso el SMI de cada año. El contrato puede durar hasta 12 meses.
Tabla salarial 2022 PDF oficial ↗
Titulados superiores 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.840,98 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Titulados medios 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.765,48 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Jefe 1ª administrativo 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.672,70 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Jefe 2ª administrativo 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.631,90 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Oficial 1ª administrativo 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.562,17 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Oficial 2ª administrativo 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.498,35 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Contable 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.428,59 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Administrativo 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.353,14 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Auxiliar administrativo 1ª 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.248,61 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Auxiliar administrativo 2ª 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.126,61 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Auxiliar administrativo 3ª 1 conceptos
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SALARIO BASE M 1.045,21 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.
Personal de limpieza 1 conceptos
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SALARIO BASE M 998,89 € % Columna de 2022 de la tabla salarial. Se abona en 15,5 pagas al año: doce mensualidades, tres gratificaciones (junio, octubre y diciembre) y la gratificación de quince días al comenzar las vacaciones (arts. 17 y 32). ⚠️ Tabla del convenio ANTERIOR: el boletín la publica porque es la base sobre la que se calcula el incremento de 2023. La vigencia de este convenio empieza el 1 de enero de 2023.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2023 4 % sobre la tabla de 2022 · Tabla salarial de 2022 Tabla publicada en el propio convenio y comprobada contra la de 2022.
2024 3 % sobre la tabla de 2023 · Tabla salarial de 2023 Tabla publicada en el propio convenio.
2025 3 % sobre la tabla de 2024 · Tabla salarial de 2024 Tabla publicada en el propio convenio.
2026 3 % sobre la tabla de 2025 · Tabla salarial de 2025 Tabla publicada en el propio convenio. ⚠️ Si la suma de los incrementos de los cuatro años resulta inferior a la suma de los IPC reales, la diferencia —con tope del 2 %— se aplica desde el 1 de enero de 2027 sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2026.

Historia del convenio

01/01/2023 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2026 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de oficinas y despachos (Palencia)?

En 2026, el salario base va desde 1.135,18 € hasta 2.092,16 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, denuncia y prórroga

Cuatro años de vigencia, denuncia automática al terminar y prórroga íntegra mientras se negocia el siguiente.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2026 (cuatro años).
  • Cualquiera de las partes puede denunciarlo antes del 1 de octubre de 2026.
  • Se considera automáticamente denunciado a su finalización.
  • Si al expirar no hay acuerdo para firmar otro, o las negociaciones se prolongan, el convenio se entiende PRORROGADO EN SU TOTALIDAD.
  • Los salarios son compensables y absorbibles en su totalidad y en cómputo anual por las retribuciones fijadas en cada empresa.
  • Las percepciones superiores a las pactadas que ya se vinieran cobrando se respetan como condiciones más beneficiosas.
  • Si se declara nula judicialmente una parte del convenio, el resto sigue en vigor y la comisión negociadora debe redactar de nuevo lo anulado en 30 días.

Subidas salariales y la revisión con tope del 2 %

Un 4 % el primer año y un 3 % los tres siguientes, con una revisión final si el IPC se dispara.

  • 2023: 4 %.
  • 2024: 3 %.
  • 2025: 3 %.
  • 2026: 3 %.
  • Cláusula de revisión: si la suma de los incrementos de los cuatro años resulta inferior a la suma de los IPC reales, esa cantidad se aplica sobre las tablas vigentes a 31 de diciembre de 2026.
  • Esa revisión tiene un TOPE del 2 % y efectos desde el 1 de enero de 2027.
  • Las cuatro tablas están ya publicadas en el propio convenio, así que no hay que esperar a ninguna revisión anual.

Tres gratificaciones y la paga de vacaciones: 15,5 pagas al año

El salario se reparte en quince pagas y media, contando la gratificación que se cobra al empezar las vacaciones.

  • Tres gratificaciones anuales pagaderas en junio, octubre y diciembre.
  • Cada una consiste en el salario base más la antigüedad que se disfrute según el nivel.
  • Pueden prorratearse en las doce mensualidades si la empresa lo considera conveniente (art. 31 ET).
  • ⭐ Al comenzar las vacaciones se cobra además una gratificación en metálico equivalente a QUINCE días de salario más la antigüedad vigente.
  • En total, el salario se reparte en 15,5 pagas al año, como confirma el art. 32 al fijar el salario del contrato de formación.
  • Quien ingrese o cese durante el año cobra las gratificaciones en proporción al tiempo trabajado, computando la fracción de mes como unidad completa.

Sin antigüedad, salvo derecho adquirido de antes de 1997

El convenio suprime la antigüedad; solo la conservan quienes ya trabajaban antes del 31 de diciembre de 1996.

  • Con carácter general, las personas trabajadoras de este convenio NO tienen derecho a antigüedad.
  • Como derecho adquirido, quienes prestaban servicios antes del 31 de diciembre de 1996 mantienen aumentos por años de servicio.
  • Consisten en BIENIOS del 5 % del IPREM.
  • Se computan por el tiempo servido en la empresa y se devengan desde el 1 de enero del año en que se cumple el bienio.
  • Forman parte integrante del salario y computan para las horas extraordinarias y las gratificaciones.
  • Al alcanzar el 35 % del salario base, la cantidad queda CONSOLIDADA a todos los efectos: no puede absorberse ni compensarse, y no le afectan los incrementos de convenios posteriores.
  • La cantidad consolidada se abona también en las pagas extraordinarias.
  • La consolidación tiene efectos desde que se devenga el bienio en curso.

Jornada de 39 horas, 37 en verano, y cuatro días de libre disposición

La jornada baja en verano y el convenio añade días libres y tardes libres señaladas.

  • 39 horas semanales de trabajo efectivo.
  • Del 1 de junio al 30 de septiembre, ambos inclusive, 37 horas semanales.
  • En julio y agosto la jornada es continuada, de 8:00 a 15:00 horas de trabajo efectivo.
  • ⭐ Cuatro días de libre disposición al año, avisando con 72 horas y de acuerdo con las necesidades de la empresa; se disfrutan de uno en uno y no se acumulan a vacaciones salvo pacto.
  • En la semana de ferias, la jornada es de 9:00 a 13:00 horas.
  • Se vaca las tardes del 5 de enero y del 24 y 31 de diciembre.
  • Quien maneje ordenadores o máquinas complementarias descansa 20 minutos cada cuatro horas continuadas, y 15 minutos cada tres horas continuadas.
  • Las horas extraordinarias se compensan preferentemente con tiempo libre retribuido igual al realizado, dentro de los tres meses siguientes; subsidiariamente se pagan al menos como la hora ordinaria.

Vacaciones: 22 días laborales que la IT no se lleva por delante

Veintidós días laborales, con reglas detalladas para que una baja no haga perder las vacaciones.

  • 22 días laborales retribuidos de vacaciones.
  • Si al empezar las vacaciones se está en IT por accidente de trabajo o enfermedad profesional, IT por riesgo durante el embarazo, IT derivada de parto, suspensión por maternidad o lactancia, u hospitalización POR CUALQUIER contingencia, ese tiempo no computa como vacaciones.
  • En esos casos el disfrute empieza en cuanto se deja de estar en esa situación.
  • Si la IT sobreviene DURANTE las vacaciones, el disfrute se interrumpe desde ese mismo momento y mientras dure la incapacidad.
  • Las vacaciones interrumpidas se disfrutan al terminar la IT, siempre que no hayan pasado más de dieciocho meses desde el final del año en que se originaron.
  • Si la IT deriva del embarazo, el parto o la lactancia natural, o coincide con la suspensión del art. 48.4 y 48.7 ET, se disfrutan en fecha distinta aunque haya terminado el año natural.

Incapacidad temporal: el 100 % del salario real durante dieciocho meses

El convenio amplía a dieciocho meses el complemento al 100 % del salario real, desde el primer día.

  • Se percibe el 100 % del SALARIO REAL TOTAL, no solo del salario de convenio.
  • Se aplica en caso de enfermedad común o profesional y de accidente, sea o no laboral.
  • Se computa desde el MISMO DÍA en que se produce la baja, sin días de carencia.
  • La duración se amplía a dieciocho meses.

Ascensos automáticos de los auxiliares administrativos

El convenio hace automática la promoción de los auxiliares por permanencia.

  • Los auxiliares administrativos del nivel salarial 11 pasan al nivel 10 si llevan cinco años en esa categoría y en la empresa, con la categoría de Auxiliar Administrativo de 2.ª.
  • A los tres años de ese cambio de nivel pasan al nivel 9, con la categoría de Auxiliar Administrativo de 1.ª.

Premios de nupcialidad, natalidad y estudios

Tres premios en metálico, dos por hechos familiares y uno por formarse por cuenta propia.

  • Nupcialidad: 280 euros.
  • Natalidad: 166 euros.
  • Los dos exigen una antigüedad mínima de CINCO años en la empresa y se abonan en el momento del hecho causante.
  • Premio anual por estudios: 184 euros para quien, fuera de sus horas de trabajo, curse estudios oficiales para perfeccionar su nivel profesional o su puesto, demostrándolo documentalmente.
  • El premio por estudios se paga a instancia de la persona trabajadora.

Jubilación: parcial, forzosa a los 68 e incentivada con días de vacaciones

El convenio regula tres salidas distintas, y la anticipada se premia con días de vacaciones.

  • Jubilación parcial: se puede solicitar previo acuerdo con la empresa, y el tiempo de trabajo efectivo puede acumularse en los meses siguientes a jornada completa.
  • Jubilación forzosa: la empresa puede extinguir el contrato si la persona tiene 68 años o más, reúne los requisitos para el 100 % de la pensión ordinaria y la medida se vincula al relevo generacional con una contratación indefinida a tiempo completo.
  • Desde los 67 años y diez meses la empresa puede pedir la vida laboral actualizada, que hay que entregar en veinte días naturales; no hacerlo es falta grave.
  • ⭐ Jubilación anticipada incentivada: quien se jubile voluntariamente de forma anticipada disfruta, a cargo de la empresa, días de vacaciones adicionales.
  • 60 días si la jubilación es a los 60 o 61 años.
  • 55 días si es a los 62 o 63 años.
  • 50 días si es a los 64 o 65 años.
  • 40 días si es a los 66 años.
  • Para ello hacen falta diez años de antigüedad en la empresa y comunicarlo con seis meses de antelación.

Contratación: prácticas, formación y fijos discontinuos

El convenio fija la retribución de los contratos formativos y detalla el fijo discontinuo a tiempo parcial.

  • Contrato en prácticas: hasta 12 meses, retribuido con el 80 % del salario del convenio para la categoría que se ostente, garantizando en todo caso el SMI.
  • Contrato de formación: se retribuye con el SMI de cada año, en función de la jornada y «en función de 15 pagas y media».
  • Contratos eventuales por circunstancias de la producción: hasta doce meses.
  • Los contratos fijos discontinuos pueden hacerse a tiempo parcial (horas al día, días a la semana o al mes), pactado por escrito con el número de horas y su distribución.
  • La jornada del fijo discontinuo a tiempo parcial no puede ser inferior al 50 % de la de un trabajador a jornada completa.
  • Se garantiza un periodo de actividad de SEIS meses dentro de cada año, incluidas las vacaciones retribuidas.
  • Esas dos últimas reglas no se aplican a los contratos a tiempo parcial de programas subvencionados por las administraciones.
  • Tienen preferencia para ocupar puestos a tiempo completo quienes ya trabajen como fijos discontinuos a tiempo parcial en el mismo centro.

Permisos propios del convenio

Además de los legales, el convenio mejora varios permisos y añade una licencia por hijo hospitalizado.

  • Quince días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho.
  • Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho y cualquier persona conviviente que requiera cuidado efectivo.
  • Dos días por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado; CUATRO si hay que desplazarse más de 150 kilómetros.
  • Esos días se disfrutan mientras dure el hecho causante y no tienen que ser consecutivos.
  • Un día por traslado del domicilio habitual.
  • El permiso de lactancia puede ACUMULARSE en 15 días laborales.
  • ⭐ Licencia NO retribuida, con suspensión del contrato, para atender a un hijo menor de 16 años hospitalizado, por un máximo de tres meses consecutivos; solo puede concederse una vez cada tres años.
  • Quien tenga hijos de entre 12 y 16 años puede pactar con la empresa reducir su jornada, siempre que la reducción sea superior a 1/7 de la que viniera realizando, y volver a la jornada habitual avisando por escrito con 15 días.
  • A efectos de parentesco, el matrimonio y la pareja de hecho legalmente registrada tienen el mismo reconocimiento.

Comisión paritaria, inaplicación y SERLA

La comisión paritaria es paso previo obligado antes del sistema extrajudicial de Castilla y León.

  • La comisión paritaria la integran seis vocales: tres de las organizaciones empresariales y tres de las sindicales, de entre la comisión negociadora.
  • Se reúne a petición de dos vocales, dentro de los treinta días laborables siguientes a la solicitud.
  • Debe emitir dictamen en un plazo máximo de siete días desde que se le plantea la cuestión.
  • En los conflictos colectivos, intentar la solución ante la comisión paritaria es paso PREVIO al sistema extrajudicial de Castilla y León (SERLA) y a la vía judicial.
  • Sus discrepancias internas se someten a conciliación-mediación del SERLA y, en su caso, a arbitraje vinculante.
  • Domicilio: Plaza Abilio Calderón nº 4, 3ª planta (Palencia).
  • Inaplicación: el periodo de consultas dura un máximo de 15 días; sin acuerdo, la discrepancia va a la comisión paritaria, que resuelve en 7 días, y después al SERLA.
  • La inaplicación puede afectar a jornada, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de turnos, sistema de remuneración y cuantía salarial, sistema de trabajo y rendimiento, y funciones.
  • Quien promueva un convenio de empresa debe comunicarlo por escrito a la otra parte, a la comisión paritaria y a la autoridad laboral por REGCON, detallando las materias a negociar.

Desconexión digital

El convenio reconoce el derecho a no responder fuera del horario de trabajo.

  • Salvo causa de fuerza mayor, se reconoce el derecho a no responder correos ni mensajes profesionales fuera del horario de trabajo.
  • Tampoco en los tiempos de descanso ni en vacaciones.
  • Las empresas, previa audiencia con la representación legal, deben elaborar criterios claros para asegurar el ejercicio de estos derechos.
  • Se presta especial atención a quienes trabajan a distancia.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 27), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Muerte accidente de trabajo o accidente no laboral 31.000,00 € 01/01/2023 – 31/12/2023 Beneficiario: Los causahabientes · Capital de 2023.
Invalidez (el convenio no distingue grado) accidente de trabajo o accidente no laboral 31.000,00 € 01/01/2023 – 31/12/2023 Capital de 2023. El convenio dice «invalidez» sin distinguir grado.
Muerte accidente de trabajo o accidente no laboral 36.000,00 € 01/01/2024 – 31/12/2026 Beneficiario: Los causahabientes · Capital para 2024, 2025 y 2026.
Invalidez (el convenio no distingue grado) accidente de trabajo o accidente no laboral 36.000,00 € 01/01/2024 – 31/12/2026 Capital para 2024, 2025 y 2026. El convenio dice «invalidez» sin distinguir grado.

Las empresas deben suscribir póliza que cubra el riesgo de MUERTE e INVALIDEZ derivados de accidente, sea LABORAL O NO, garantizando la indemnización a los causahabientes. El capital sube de 31.000 € en 2023 a 36.000 € para el resto de años de vigencia. El convenio no distingue grados de invalidez ni fija plazo de contratación.

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