Convenio colectivo · REGCON 22000885012005

Convenio colectivo de Oficinas y Despachos de Huesca

Huesca Oficinas y despachos Ámbito provincial Vigencia 01/01/2021 — 31/12/2024
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOPH nº 238, de 14/12/2022.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2024, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Anexo I — Tablas salariales 2024 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS DE CONVENIO M 63,46 € ⭐ Desde el 1 de enero de 2021 el antiguo PLUS DE TRANSPORTE pasa a llamarse plus de convenio y a abonarse en DOCE mensualidades. NO es compensable ni absorbible y se revaloriza con el convenio. El anexo publica también su importe anual: 761.46 €.
ANTIGÜEDAD AD PERSONAM M Se mantienen los importes de los periodos ya perfeccionados por quienes los tuvieran reconocidos. Desde el 1 de enero de 2006 el concepto es un complemento «antigüedad ad personam»: NO compensable ni absorbible y ⭐ SÍ revalorizable cada año con el incremento pactado para las tablas. Es una cuantía personal: el convenio no publica importe. Entra en la base de las dos gratificaciones (art. 9) y en la fórmula del salario hora (art. 19).
PLUS DE FIN DE SEMANA Y FESTIVOS E 78,10 € ⭐ Por día trabajado en sábado, domingo o festivo intersemanal de la localidad, porque en este sector esos días no son habitualmente laborables. Se abona en proporción al tiempo efectivamente trabajado, pero si son CUATRO o más horas se paga la jornada completa.
MEDIA DIETA D 23,45 € Por persona y día, cuando el desplazamiento fuera de la localidad obliga a hacer una comida fuera del domicilio. Se abona además de los gastos de locomoción.
DIETA COMPLETA D 74,45 € Cuando el desplazamiento obliga a comer Y pernoctar fuera del domicilio. Alternativamente, el convenio admite el sistema de gastos pagados.
KILOMETRAJE H 0,19 € ⚠️ El convenio fija 0,19 €/km para 2021 pero añade «o, en su caso, por la que sea la cantidad máxima establecida por la Hacienda Pública, exenta de cotización y vigente en cada momento y durante toda la vigencia del convenio». Es decir: se aplica la cuantía exenta de IRPF vigente, que desde 2023 es superior a los 0,19 € que aquí figuran. Hay que consultar la vigente en el año que se liquide.
COMPENSACIÓN POR TRABAJO A DISTANCIA M 42,44 € Por la totalidad de los gastos restantes que genere prestar servicios a distancia, además de la dotación de medios. Se abona en proporción al porcentaje de jornada acordado en teletrabajo. ⚠️ Arranca en 2022 (40,00 €) y sube con el mismo porcentaje que las tablas: 41,20 € en 2023 y 42,44 € en 2024. Al volver al trabajo presencial completo hay que reintegrar todos los medios materiales.
ROPA DE TRABAJO A Sin importe: el convenio obliga a la empresa a costear la ropa cuando exija uniforme de trabajo o una forma concreta de indumentaria no reglada, pero no fija cuantía ni número de prendas.
Titulado de Grado Superior GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.588,96 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 22.245,44 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2024. ⚠️ En 2024 esta fila mantiene el cálculo por salario mes × 14, mientras que otras doce pasan a encadenar el anual del año anterior × 1,03.
VALOR HORA ORDINARIA H 12,48 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 3,12 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 18,72 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Titulados de Grado Medio GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado medio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.367,06 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 19.138,84 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2024. ⚠️ En 2024 esta fila mantiene el cálculo por salario mes × 14, mientras que otras doce pasan a encadenar el anual del año anterior × 1,03.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,73 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,68 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 16,09 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefes Superiores GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Jefe/a superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.367,06 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 19.138,80 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos. Es el caso de esta fila (19.138,80 €) frente a «Titulados de Grado Medio» (19.138,84 €), que comparte su salario mes de 1.367,06 €.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,73 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,68 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 16,09 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Primera GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de primera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.246,16 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.446,18 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,78 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,44 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,67 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Segunda GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.196,54 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.751,57 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,40 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,35 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,10 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Auxiliares GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 6 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

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SALARIO BASE M 1.074,37 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Auxiliares» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.041,21 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Auxiliares» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos. Es el caso de esta fila (15.041,21 €) frente a «Personal de limpieza» (15.041,18 €), que comparte su salario mes de 1.074,37 €.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,44 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,11 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,66 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.876,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 15041.21 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2024 (15876.00 €, RD 145/2024): faltan 834.79 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Jefes de Equipo de Informática GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de equipo de informática

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SALARIO BASE M 1.345,36 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.834,97 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,56 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,64 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,84 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Coordinador de técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Coordinador/a de técnicos de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.246,16 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.446,18 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,78 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,44 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,67 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.295,69 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.139,64 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,17 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,54 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,26 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefe de Especialistas de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de especialistas de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.246,16 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.446,18 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,78 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,44 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,67 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Especialista de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 6 conceptos

Puestos: Especialista de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.075,75 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.060,54 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,45 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,11 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,68 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.876,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 15060.54 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2024 (15876.00 €, RD 145/2024): faltan 815.46 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Encargado Departamento GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de departamento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.196,54 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.751,57 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,40 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,35 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,10 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Encargado de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.196,54 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.751,57 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,40 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,35 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,10 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficial de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 6 conceptos

Puestos: Oficial de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.075,75 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.060,54 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2024. ⛔ En 2024 esta fila NO calcula el anual como salario mes × 14, sino ENCADENANDO el anual de 2023 × 1,03. Doce de las quince filas cambian de método este año y tres no, así que hay parejas con el mismo salario mes y anuales distintos.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,45 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,11 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,68 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.876,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 15060.54 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2024 (15876.00 €, RD 145/2024): faltan 815.46 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Personal de limpieza GRUPO V. OFICIOS VARIOS 6 conceptos

Puestos: Personal de limpieza

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SALARIO BASE M 1.074,37 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2024. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.041,18 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2024. ⚠️ En 2024 esta fila mantiene el cálculo por salario mes × 14, mientras que otras doce pasan a encadenar el anual del año anterior × 1,03.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,44 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2024. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,11 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,66 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.876,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 15041.18 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2024 (15876.00 €, RD 145/2024): faltan 834.82 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Anexo I — Tablas salariales 2023 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
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PLUS DE CONVENIO M 61,61 € ⭐ Desde el 1 de enero de 2021 el antiguo PLUS DE TRANSPORTE pasa a llamarse plus de convenio y a abonarse en DOCE mensualidades. NO es compensable ni absorbible y se revaloriza con el convenio. El anexo publica también su importe anual: 739.28 €.
ANTIGÜEDAD AD PERSONAM M Se mantienen los importes de los periodos ya perfeccionados por quienes los tuvieran reconocidos. Desde el 1 de enero de 2006 el concepto es un complemento «antigüedad ad personam»: NO compensable ni absorbible y ⭐ SÍ revalorizable cada año con el incremento pactado para las tablas. Es una cuantía personal: el convenio no publica importe. Entra en la base de las dos gratificaciones (art. 9) y en la fórmula del salario hora (art. 19).
PLUS DE FIN DE SEMANA Y FESTIVOS E 75,83 € ⭐ Por día trabajado en sábado, domingo o festivo intersemanal de la localidad, porque en este sector esos días no son habitualmente laborables. Se abona en proporción al tiempo efectivamente trabajado, pero si son CUATRO o más horas se paga la jornada completa.
MEDIA DIETA D 22,77 € Por persona y día, cuando el desplazamiento fuera de la localidad obliga a hacer una comida fuera del domicilio. Se abona además de los gastos de locomoción.
DIETA COMPLETA D 72,28 € Cuando el desplazamiento obliga a comer Y pernoctar fuera del domicilio. Alternativamente, el convenio admite el sistema de gastos pagados.
KILOMETRAJE H 0,19 € ⚠️ El convenio fija 0,19 €/km para 2021 pero añade «o, en su caso, por la que sea la cantidad máxima establecida por la Hacienda Pública, exenta de cotización y vigente en cada momento y durante toda la vigencia del convenio». Es decir: se aplica la cuantía exenta de IRPF vigente, que desde 2023 es superior a los 0,19 € que aquí figuran. Hay que consultar la vigente en el año que se liquide.
COMPENSACIÓN POR TRABAJO A DISTANCIA M 41,20 € Por la totalidad de los gastos restantes que genere prestar servicios a distancia, además de la dotación de medios. Se abona en proporción al porcentaje de jornada acordado en teletrabajo. ⚠️ Arranca en 2022 (40,00 €) y sube con el mismo porcentaje que las tablas: 41,20 € en 2023 y 42,44 € en 2024. Al volver al trabajo presencial completo hay que reintegrar todos los medios materiales.
ROPA DE TRABAJO A Sin importe: el convenio obliga a la empresa a costear la ropa cuando exija uniforme de trabajo o una forma concreta de indumentaria no reglada, pero no fija cuantía ni número de prendas.
Titulado de Grado Superior GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado superior

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SALARIO BASE M 1.542,68 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 21.597,52 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 12,11 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 3,03 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 18,16 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Titulados de Grado Medio GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado medio

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SALARIO BASE M 1.327,24 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.581,36 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,42 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,60 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,63 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefes Superiores GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Jefe/a superior

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SALARIO BASE M 1.327,24 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.581,36 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,42 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,60 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,63 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Primera GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de primera

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SALARIO BASE M 1.209,86 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.938,04 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,50 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,38 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,25 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Segunda GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

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SALARIO BASE M 1.161,69 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.263,66 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,12 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,28 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,68 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Auxiliares GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 6 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

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SALARIO BASE M 1.043,08 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Auxiliares» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.603,12 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Auxiliares» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,19 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,05 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,29 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.120,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 14603.12 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2023 (15120.00 €, RD 99/2023): faltan 516.88 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Jefes de Equipo de Informática GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de equipo de informática

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SALARIO BASE M 1.306,17 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.286,38 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,26 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,56 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,39 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Coordinador de técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Coordinador/a de técnicos de oficina

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SALARIO BASE M 1.209,86 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.938,04 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,50 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,38 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,25 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.257,95 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.611,30 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,88 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,47 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,82 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefe de Especialistas de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de especialistas de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.209,86 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.938,04 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,50 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,38 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,25 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Especialista de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 6 conceptos

Puestos: Especialista de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.044,42 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.621,88 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,20 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,05 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,30 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.120,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 14621.88 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2023 (15120.00 €, RD 99/2023): faltan 498.12 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Encargado Departamento GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de departamento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.161,69 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.263,66 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,12 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,28 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,68 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Encargado de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.161,69 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.263,66 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,12 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,28 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,68 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficial de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 6 conceptos

Puestos: Oficial de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.044,42 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.621,88 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,20 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,05 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,30 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.120,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 14621.88 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2023 (15120.00 €, RD 99/2023): faltan 498.12 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Personal de limpieza GRUPO V. OFICIOS VARIOS 6 conceptos

Puestos: Personal de limpieza

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SALARIO BASE M 1.043,08 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2023. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.603,12 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2023.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,19 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2023. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1782 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,05 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,29 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
SALARIO GARANTIZADO (SMI) A 15.120,00 € estimado % La tabla deja esta categoría en 14603.12 € anuales, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2023 (15120.00 €, RD 99/2023): faltan 516.88 €. Por ley nadie puede cobrar menos del SMI. El convenio no dice cómo se reparte la diferencia y aquí no se inventa: se recoge solo el total garantizado.
Anexo I — Tablas salariales 2022 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
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PLUS DE CONVENIO M 59,81 € ⭐ Desde el 1 de enero de 2021 el antiguo PLUS DE TRANSPORTE pasa a llamarse plus de convenio y a abonarse en DOCE mensualidades. NO es compensable ni absorbible y se revaloriza con el convenio. El anexo publica también su importe anual: 717.75 €.
ANTIGÜEDAD AD PERSONAM M Se mantienen los importes de los periodos ya perfeccionados por quienes los tuvieran reconocidos. Desde el 1 de enero de 2006 el concepto es un complemento «antigüedad ad personam»: NO compensable ni absorbible y ⭐ SÍ revalorizable cada año con el incremento pactado para las tablas. Es una cuantía personal: el convenio no publica importe. Entra en la base de las dos gratificaciones (art. 9) y en la fórmula del salario hora (art. 19).
PLUS DE FIN DE SEMANA Y FESTIVOS E 73,62 € ⭐ Por día trabajado en sábado, domingo o festivo intersemanal de la localidad, porque en este sector esos días no son habitualmente laborables. Se abona en proporción al tiempo efectivamente trabajado, pero si son CUATRO o más horas se paga la jornada completa.
MEDIA DIETA D 22,11 € Por persona y día, cuando el desplazamiento fuera de la localidad obliga a hacer una comida fuera del domicilio. Se abona además de los gastos de locomoción.
DIETA COMPLETA D 70,17 € Cuando el desplazamiento obliga a comer Y pernoctar fuera del domicilio. Alternativamente, el convenio admite el sistema de gastos pagados.
KILOMETRAJE H 0,19 € ⚠️ El convenio fija 0,19 €/km para 2021 pero añade «o, en su caso, por la que sea la cantidad máxima establecida por la Hacienda Pública, exenta de cotización y vigente en cada momento y durante toda la vigencia del convenio». Es decir: se aplica la cuantía exenta de IRPF vigente, que desde 2023 es superior a los 0,19 € que aquí figuran. Hay que consultar la vigente en el año que se liquide.
COMPENSACIÓN POR TRABAJO A DISTANCIA M 40,00 € Por la totalidad de los gastos restantes que genere prestar servicios a distancia, además de la dotación de medios. Se abona en proporción al porcentaje de jornada acordado en teletrabajo. ⚠️ Arranca en 2022 (40,00 €) y sube con el mismo porcentaje que las tablas: 41,20 € en 2023 y 42,44 € en 2024. Al volver al trabajo presencial completo hay que reintegrar todos los medios materiales.
ROPA DE TRABAJO A Sin importe: el convenio obliga a la empresa a costear la ropa cuando exija uniforme de trabajo o una forma concreta de indumentaria no reglada, pero no fija cuantía ni número de prendas.
Titulado de Grado Superior GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado superior

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SALARIO BASE M 1.497,75 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 20.968,50 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 11,71 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,93 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 17,57 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Titulados de Grado Medio GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado medio

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SALARIO BASE M 1.288,58 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.040,12 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,08 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,52 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,12 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefes Superiores GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Jefe/a superior

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SALARIO BASE M 1.288,58 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 18.040,12 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 10,08 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,52 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 15,12 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Primera GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de primera

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SALARIO BASE M 1.174,62 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.444,68 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,19 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,30 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,79 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Segunda GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

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SALARIO BASE M 1.127,85 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.789,90 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,82 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,23 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Auxiliares GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

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SALARIO BASE M 1.012,70 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Auxiliares» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.177,80 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Auxiliares» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,92 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,98 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,88 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefes de Equipo de Informática GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de equipo de informática

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SALARIO BASE M 1.268,13 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.753,82 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,92 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,48 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,88 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Coordinador de técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Coordinador/a de técnicos de oficina

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SALARIO BASE M 1.174,62 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.444,68 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,19 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,30 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,79 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.221,31 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.098,34 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,55 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,39 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,32 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefe de Especialistas de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de especialistas de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.174,62 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.444,68 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,19 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,30 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,79 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Especialista de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Especialista de oficina

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.014,00 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.196,00 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,93 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,98 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,89 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Encargado Departamento GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de departamento

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.127,85 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.789,90 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,82 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,23 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Encargado de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.127,85 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.789,90 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,82 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,23 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficial de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.014,00 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.196,00 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,93 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,98 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,89 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Personal de limpieza GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Personal de limpieza

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.012,70 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2022. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 14.177,80 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2022.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,92 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2022. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,98 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,88 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Anexo I — Tablas salariales 2021 PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
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PLUS DE CONVENIO M 57,51 € ⭐ Desde el 1 de enero de 2021 el antiguo PLUS DE TRANSPORTE pasa a llamarse plus de convenio y a abonarse en DOCE mensualidades. NO es compensable ni absorbible y se revaloriza con el convenio. El anexo publica también su importe anual: 690.14 €.
ANTIGÜEDAD AD PERSONAM M Se mantienen los importes de los periodos ya perfeccionados por quienes los tuvieran reconocidos. Desde el 1 de enero de 2006 el concepto es un complemento «antigüedad ad personam»: NO compensable ni absorbible y ⭐ SÍ revalorizable cada año con el incremento pactado para las tablas. Es una cuantía personal: el convenio no publica importe. Entra en la base de las dos gratificaciones (art. 9) y en la fórmula del salario hora (art. 19).
PLUS DE FIN DE SEMANA Y FESTIVOS E 70,79 € ⭐ Por día trabajado en sábado, domingo o festivo intersemanal de la localidad, porque en este sector esos días no son habitualmente laborables. Se abona en proporción al tiempo efectivamente trabajado, pero si son CUATRO o más horas se paga la jornada completa.
MEDIA DIETA D 21,26 € Por persona y día, cuando el desplazamiento fuera de la localidad obliga a hacer una comida fuera del domicilio. Se abona además de los gastos de locomoción.
DIETA COMPLETA D 67,47 € Cuando el desplazamiento obliga a comer Y pernoctar fuera del domicilio. Alternativamente, el convenio admite el sistema de gastos pagados.
KILOMETRAJE H 0,19 € ⚠️ El convenio fija 0,19 €/km para 2021 pero añade «o, en su caso, por la que sea la cantidad máxima establecida por la Hacienda Pública, exenta de cotización y vigente en cada momento y durante toda la vigencia del convenio». Es decir: se aplica la cuantía exenta de IRPF vigente, que desde 2023 es superior a los 0,19 € que aquí figuran. Hay que consultar la vigente en el año que se liquide.
COMPENSACIÓN POR TRABAJO A DISTANCIA M Por la totalidad de los gastos restantes que genere prestar servicios a distancia, además de la dotación de medios. Se abona en proporción al porcentaje de jornada acordado en teletrabajo. ⚠️ Arranca en 2022 (40,00 €) y sube con el mismo porcentaje que las tablas: 41,20 € en 2023 y 42,44 € en 2024. Al volver al trabajo presencial completo hay que reintegrar todos los medios materiales.
ROPA DE TRABAJO A Sin importe: el convenio obliga a la empresa a costear la ropa cuando exija uniforme de trabajo o una forma concreta de indumentaria no reglada, pero no fija cuantía ni número de prendas.
Titulado de Grado Superior GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado superior

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SALARIO BASE M 1.440,14 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 20.161,96 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulado de Grado Superior» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 11,26 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,81 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 16,89 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Titulados de Grado Medio GRUPO I. TITULADOS 5 conceptos

Puestos: Titulado/a de grado medio

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SALARIO BASE M 1.239,02 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.346,28 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Titulados de Grado Medio» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,69 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,42 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,54 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefes Superiores GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Jefe/a superior

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SALARIO BASE M 1.239,02 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.346,28 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes Superiores» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,69 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,42 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,54 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Primera GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de primera

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SALARIO BASE M 1.129,44 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.812,16 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Primera» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,83 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,24 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficiales de Segunda GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

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SALARIO BASE M 1.084,47 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.182,58 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficiales de Segunda» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,48 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,12 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,72 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Auxiliares GRUPO II. ADMINISTRATIVOS 5 conceptos

Puestos: Auxiliar administrativo/a

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SALARIO BASE M 973,75 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Auxiliares» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 13.632,50 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Auxiliares» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,62 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,91 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,43 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefes de Equipo de Informática GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de equipo de informática

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SALARIO BASE M 1.219,36 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 17.071,04 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefes de Equipo de Informática» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,54 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,38 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 14,31 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Coordinador de técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Coordinador/a de técnicos de oficina

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SALARIO BASE M 1.129,44 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.812,16 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Coordinador de técnicos de oficina» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,83 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,24 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Técnicos de oficina GRUPO III. TÉCNICOS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Técnico/a de oficina

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SALARIO BASE M 1.174,34 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 16.440,76 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Técnicos de oficina» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 9,18 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,29 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,77 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Jefe de Especialistas de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Jefe/a de especialistas de oficina

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SALARIO BASE M 1.129,44 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.812,16 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Jefe de Especialistas de oficina» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,83 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,21 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 13,24 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Especialista de oficina GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Especialista de oficina

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SALARIO BASE M 975,00 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 13.650,00 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Especialista de oficina» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,63 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,91 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,45 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Encargado Departamento GRUPO IV. ESPECIALISTAS DE OFICINA 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de departamento

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SALARIO BASE M 1.084,47 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.182,58 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado Departamento» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,48 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,12 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,72 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Encargado de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Encargado/a de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.084,47 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 15.182,58 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Encargado de Oficios varios» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 8,48 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 2,12 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 12,72 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Oficial de Oficios varios GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Oficial de oficios varios

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 975,00 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 13.650,00 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Oficial de Oficios varios» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,63 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,91 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,45 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.
Personal de limpieza GRUPO V. OFICIOS VARIOS 5 conceptos

Puestos: Personal de limpieza

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 973,75 € % Columna «SALARIO €/MES» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2021. Se abona en 14 pagas: doce mensualidades y las dos gratificaciones extraordinarias de julio y diciembre (art. 9).
SALARIO ANUAL A 13.632,50 € % Columna «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)» de «Personal de limpieza» en la tabla de 2021.
VALOR HORA ORDINARIA H 7,62 € % Columna «SALARIO HORA» de la tabla de 2021. ⭐ El convenio publica la fórmula en el art. 19: 14 × (salario mensual + pluses ad personam) / jornada anual. Con la jornada de 1790 horas de este año, y sin pluses personales, sale exactamente esta cifra.
PLUS DE NOCTURNIDAD H 1,91 € VALOR_HORA*0.25 25% Un 25 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19, por hora nocturna efectivamente trabajada entre las 22:00 y las 6:00. ⭐ Si las horas nocturnas son CUATRO o más, se abona el plus de la jornada completa.
HORA EXTRAORDINARIA H 11,43 € VALOR_HORA*1.50 50% Incremento del 50 % sobre el precio de la hora ordinaria del art. 19. Por acuerdo entre las partes se opta entre cobrarla o compensarla con descanso incrementado en ese mismo porcentaje. La jornada se registra día a día y se totaliza en cada periodo de abono, entregando copia del resumen.

Incrementos y revisiones futuras

Estos años aún no tienen tabla con importes concretos: su subida depende del IPC. Cuando el boletín publique los importes, se añadirán aquí.

2021 2,5 % sobre las tablas definitivas de 2020 · Tablas definitivas de 2020 Con efectos de 1 de enero de 2021. Publicada en el anexo I.
2022 4 % sobre las tablas definitivas de 2021 · Tabla salarial de 2021 (anexo I) Comprobado cifra a cifra: cada categoría es la de 2021 multiplicada por 1,04.
2023 3 % sobre las tablas definitivas de 2022 · Tabla salarial de 2022 (anexo I) Comprobado: cada categoría es la de 2022 multiplicada por 1,03. Este año la jornada baja de 1.790 a 1.782 horas.
2024 3 % sobre las tablas definitivas de 2023 · Tabla salarial de 2023 (anexo I) Comprobado: cada categoría es la de 2023 multiplicada por 1,03. ⭐ Además, el art. 18 prevé que si el IPC acumulado de 2022-2024 supera el 10 % pactado, la diferencia actualice las tablas como referencia para el año siguiente, con tope del 3 %.

Historia del convenio

01/01/2021 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2024 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de oficinas y despachos (Huesca)?

En 2024, el salario base va desde 1.074,37 € hasta 1.588,96 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Cuatro años de vigencia y prórroga íntegra hasta que haya otro convenio

Publicado con dos años de retraso sobre su propio inicio.

  • Vigencia: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024, cuatro años, «independientemente de la fecha de su publicación».
  • ⚠️ Se publicó el 14 de diciembre de 2022: llegó con casi dos años de retraso.
  • ⭐ Queda prorrogado ÍNTEGRAMENTE hasta su sustitución por otro convenio de igual ámbito y eficacia.
  • La denuncia se hace con un mes de antelación, por escrito y registrándola en la DGA; si no se denuncia, se prorroga automáticamente por años naturales.
  • Si tras un año desde el fin de la vigencia no hay acuerdo, las partes acuden a conciliación y, si lo deciden, a la mediación del SAMA (Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje).
  • La comisión negociadora puede ampliar ese plazo de un año hasta seis meses más.
  • Ámbito funcional muy detallado: actividades jurídicas, asesoramiento legal, relaciones públicas, traducción, organización de ferias y congresos, organizaciones empresariales y patronales, actividades sindicales, asociativas, religiosas y políticas, asociaciones juveniles y federaciones deportivas.
  • Y una cláusula de cierre: todas las demás que se desempeñen en oficina o despacho y no estén adscritas a un convenio específico ni tengan convenio funcional propio.

2,5 %, 4 %, 3 % y 3 %, con revisión por IPC acumulado

Las cuatro tablas están publicadas y hay una cláusula de revisión al final de la vigencia.

  • 2021: 2,5 % sobre las tablas definitivas de 2020, con efectos de 1 de enero de 2021.
  • 2022: 4 % sobre las de 2021.
  • 2023: 3 % sobre las de 2022.
  • 2024: 3 % sobre las de 2023.
  • Las cuatro tablas están publicadas en el anexo I: ningún año depende de una fórmula.
  • Las diferencias de 2021 y 2022 debían pagarse en los tres meses siguientes a la publicación del convenio.
  • ⭐ Cláusula de revisión: si el IPC acumulado de 2022, 2023 y 2024 supera el incremento pactado en esos años —es decir, el 10 %—, la diferencia se aplica a los solos efectos de actualizar las tablas, que servirán de referencia al incremento del año siguiente, con un tope máximo del 3 %.
  • ⚠️ El encabezado de las cuatro tablas repite un rótulo «Aumento: 1,01» que no se corresponde con ninguno de estos porcentajes: es un residuo de plantilla.

Dos gratificaciones extraordinarias: julio y diciembre

Cada una de una mensualidad, con la antigüedad ad personam incluida.

  • Dos gratificaciones extraordinarias, en julio y en diciembre.
  • Cada una es de una mensualidad, calculada sobre el salario de la categoría en el anexo salarial MÁS los complementos «ad personam».
  • Por acuerdo entre empresa y persona trabajadora pueden prorratearse en las doce nóminas.
  • ⭐ Con las doce mensualidades son 14 pagas, y así lo declara el propio anexo: la columna anual se titula «SALARIO €/AÑO (MES X 14 PAGAS)».

Antigüedad ad personam que SÍ se revaloriza

No se generan periodos nuevos, pero lo reconocido sube cada año con las tablas.

  • Se mantienen los importes de los periodos ya perfeccionados por quienes los tuvieran reconocidos antes de la vigencia del convenio.
  • Desde el 1 de enero de 2006 el concepto pasó a ser un complemento «antigüedad ad personam».
  • NO es compensable ni absorbible.
  • ⭐ SÍ es revalorizable anualmente con el incremento pactado para las tablas del convenio: no está congelada, a diferencia de lo habitual en el sector.
  • Entra en la base de las dos gratificaciones extraordinarias y en la fórmula del salario hora del art. 19.

Incapacidad temporal: el 100 % del salario real, sin tope si es accidente de trabajo

La diferencia entre contingencias no está en el porcentaje, sino en la duración.

  • ⭐ Enfermedad profesional o accidente de trabajo: se completa hasta el 100 % del SALARIO REAL «mientras dure dicha circunstancia», sin plazo máximo.
  • Enfermedad común o accidente no laboral: también el 100 % del salario real, desde el PRIMER día de la baja, pero con un máximo de nueve mensualidades.
  • ⚠️ La mejora NO se aplica a las bajas médicas por intervenciones estéticas o similares de carácter voluntario.

Jornada de 1.790 horas que baja a 1.782 en 2023

Con jornada continuada en verano y media jornada libre en fiestas patronales.

  • Jornada de 1.790 horas en cómputo anual durante 2021 y 2022.
  • ⭐ A partir del 1 de enero de 2023 se reduce en 8 horas: 1.782 horas anuales.
  • Siempre que las necesidades productivas lo permitan, jornada continuada del 15 de junio al 15 de septiembre.
  • ⭐ En la semana de las fiestas patronales de cada localidad, la jornada es continuada o por turnos de forma que la plantilla disponga de MEDIO DÍA libre, salvo necesidades productivas motivadas por escrito.
  • El exceso de jornada anual se compensa con días de descanso o con reducción proporcional de la jornada diaria, a elección pactada entre las partes.
  • En cada empresa se pacta con la representación legal el disfrute de esos días o reducciones.
  • Flexibilidad horaria pactable por escrito, temporal o definitiva: media hora en la entrada y salida si la jornada es partida, y una hora si es continua.
  • Registro diario de jornada con entrada y salida acreditables, entregando copia y resumen mensual a la persona trabajadora y a su representante legal.
  • Mensualmente se informa a la representación legal de las compensaciones y abonos de horas extraordinarias.
  • Horas extraordinarias: 50 % de incremento sobre el precio de la hora ordinaria, o descanso incrementado en ese mismo porcentaje, a elección pactada.
  • ⚠️ El art. 20.5 remite a un ANEXO II con el modelo de calendario anual personalizado que el boletín no llegó a publicar.

Veintidós días laborables, o treinta naturales según la jornada

El convenio distingue según se trabaje de lunes a viernes o no.

  • 22 días laborables, sin contar sábados y domingos, para quienes tengan jornada de lunes a viernes.
  • ⭐ 30 días naturales para el resto de jornadas.
  • Se disfrutan de común acuerdo, preferentemente de junio a septiembre, si las necesidades productivas lo permiten.
  • En contratos temporales de seis meses o más, el periodo de disfrute se fija al firmar el contrato o sus prórrogas.
  • Ningún periodo de vacaciones comienza en día no laborable.

Seguro obligatorio con dos capitales distintos y crecientes

Uno para la incapacidad parcial y otro, mayor, para el resto de supuestos.

  • Las empresas deben concertar pólizas que cubran la incapacidad permanente parcial, total, absoluta, la gran invalidez y el fallecimiento.
  • ⚠️ Solo cuando derivan de ACCIDENTE DE TRABAJO o ENFERMEDAD PROFESIONAL.
  • Incapacidad permanente PARCIAL: 23.753,90 € en 2022, 24.466,52 € en 2023 y 25.200,21 € en 2024.
  • ⭐ Resto de supuestos (total, absoluta, gran invalidez y fallecimiento): 31.723,52 € en 2022, 32.675,23 € en 2023 y 33.655,49 € en 2024.
  • ⛔ El capital de 2024 del primer supuesto no encadena con el 3 % desde 2023: 24.466,52 × 1,03 daría 25.200,52 € y el boletín imprime 25.200,21 €.
  • ⚠️ Esta obligación entró en vigor al mes siguiente de la publicación del convenio, para dar tiempo a concertar la póliza colectiva.

Plus de fin de semana y festivos

Porque en este sector el sábado y el domingo no son días laborables normales.

  • ⭐ Se abona por cada día trabajado en sábado, domingo o festivo intersemanal de la localidad donde se presta la actividad.
  • Importes: 70,79 € en 2021, 73,62 € en 2022, 75,83 € en 2023 y 78,10 € en 2024.
  • Se abona en proporción al tiempo efectivamente trabajado esos días…
  • …pero si las horas trabajadas son CUATRO o más, se paga el plus de la jornada completa.
  • La misma regla de las cuatro horas se aplica al plus de nocturnidad (art. 16).

Dietas, kilometraje y ropa de trabajo

El kilometraje no tiene cifra fija: remite a la cuantía exenta de Hacienda.

  • Dieta por una comida fuera del domicilio: 21,26 € en 2021, 22,11 € en 2022, 22,77 € en 2023 y 23,45 € en 2024.
  • Dieta por comer y pernoctar fuera: 67,47 € en 2021, 70,17 € en 2022, 72,28 € en 2023 y 74,45 € en 2024.
  • Se abonan por persona y día, además de los gastos de locomoción. Alternativamente, el convenio admite el sistema de gastos pagados.
  • ⚠️ Kilometraje: el convenio fija 0,19 €/km para 2021, pero añade «o, en su caso, por la que sea la cantidad máxima establecida por la Hacienda Pública, exenta de cotización y vigente en cada momento». Hay que consultar la cuantía exenta del año que se liquide, que desde 2023 es superior.
  • Ropa de trabajo a cargo de la empresa cuando esta exija uniforme o una forma concreta de indumentaria no reglada; el convenio no fija cuantía ni número de prendas.

Permisos retribuidos

Quince días por matrimonio, acumulables a las vacaciones.

  • ⭐ 15 días naturales por matrimonio, ACUMULABLES al periodo de vacaciones. El mismo derecho para las uniones estables de pareja constituidas legalmente desde la firma del convenio.
  • 1 día por matrimonio de familiar hasta segundo grado, ampliable a 2 si es fuera de la provincia.
  • 2 días por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento preadoptivo, ampliables a 4 si hay desplazamiento fuera de la provincia.
  • 2 días por fallecimiento del cónyuge o persona con análoga relación afectiva, o de parientes hasta segundo grado, ampliables a 4 con desplazamiento. ⭐ El permiso debe empezar en día laborable.
  • 2 días por enfermedad grave, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica con reposo domiciliario de esos mismos parientes, ampliables a 4 con desplazamiento fuera de la provincia.
  • ⭐ Se considera enfermedad grave, en todo caso, la que exige intervención quirúrgica; no la cirugía ambulatoria.
  • ⭐ La concreción de las fechas de ese permiso la elige la persona trabajadora.
  • El tiempo indispensable para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto dentro de la jornada.

Teletrabajo y videoconferencia

El convenio remite a normas técnicas concretas de prevención.

  • Las empresas pueden pactar libremente con la plantilla realizar toda o parte de la jornada en teletrabajo.
  • ⭐ Los criterios de implantación deben ceñirse a la NTP 412 del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
  • Se aplican además la Directiva 90/270/CEE y el RD 488/1997 sobre pantallas de visualización de datos.
  • Dotación de medios y compensación de gastos conforme a los arts. 11 y 12 del RDL 28/2020.
  • ⭐ Compensación de gastos: además de la dotación de medios, quien teletrabaja percibe 40,00 € al mes en 2022, 41,20 € en 2023 y 42,44 € en 2024, en proporción al porcentaje de jornada acordado en teletrabajo. Ese importe sube con el mismo porcentaje que las tablas salariales.
  • Al volver al trabajo presencial completo hay que reintegrar todos los medios materiales.
  • ⭐ Se fomenta el uso preferente de la VIDEOCONFERENCIA, con tres objetivos declarados: reducir costes, mejorar la política medioambiental y facilitar la conciliación evitando desplazamientos prescindibles.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 47.2), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Periodo Detalle
Incapacidad permanente parcial accidente de trabajo o enfermedad profesional 25.200,21 € Desde 01/01/2024 Excluye: No cubre las contingencias comunes · Capital de 2024. El convenio publica los tres años: 23.753,90 € en 2022, 24.466,52 € en 2023 y 25.200,21 € en 2024. ⛔ El de 2024 no encadena con el 3 % desde 2023 (daría 25.200,52 €): faltan 31 céntimos.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo o enfermedad profesional 33.655,49 € Desde 01/01/2024 Excluye: No cubre las contingencias comunes · Capital de 2024 del segundo bloque, más alto: 31.723,52 € en 2022, 32.675,23 € en 2023 y 33.655,49 € en 2024.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo o enfermedad profesional 33.655,49 € Desde 01/01/2024 Excluye: No cubre las contingencias comunes · Mismo capital que la incapacidad permanente total.
Gran invalidez accidente de trabajo o enfermedad profesional 33.655,49 € Desde 01/01/2024 Excluye: No cubre las contingencias comunes · Mismo capital que la incapacidad permanente total.
Muerte accidente de trabajo o enfermedad profesional 33.655,49 € Desde 01/01/2024 Excluye: No cubre el fallecimiento por contingencias comunes · Mismo capital que la incapacidad permanente total.

El art. 47.2 obliga a concertar pólizas con DOS capitales distintos: uno menor para la incapacidad permanente parcial y otro mayor para la total, la absoluta, la gran invalidez y el fallecimiento. Ambos suben cada año. ⚠️ Solo cubren lo derivado de accidente de trabajo o enfermedad profesional. La obligación entró en vigor al mes siguiente de la publicación del convenio, para dar tiempo a concertar la póliza colectiva (art. 47.3).

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