Cuatro años de vigencia y prórroga íntegra hasta que haya otro convenio
Publicado con dos años de retraso sobre su propio inicio.
- Vigencia: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024, cuatro años, «independientemente de la fecha de su publicación».
- ⚠️ Se publicó el 14 de diciembre de 2022: llegó con casi dos años de retraso.
- ⭐ Queda prorrogado ÍNTEGRAMENTE hasta su sustitución por otro convenio de igual ámbito y eficacia.
- La denuncia se hace con un mes de antelación, por escrito y registrándola en la DGA; si no se denuncia, se prorroga automáticamente por años naturales.
- Si tras un año desde el fin de la vigencia no hay acuerdo, las partes acuden a conciliación y, si lo deciden, a la mediación del SAMA (Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje).
- La comisión negociadora puede ampliar ese plazo de un año hasta seis meses más.
- Ámbito funcional muy detallado: actividades jurídicas, asesoramiento legal, relaciones públicas, traducción, organización de ferias y congresos, organizaciones empresariales y patronales, actividades sindicales, asociativas, religiosas y políticas, asociaciones juveniles y federaciones deportivas.
- Y una cláusula de cierre: todas las demás que se desempeñen en oficina o despacho y no estén adscritas a un convenio específico ni tengan convenio funcional propio.