Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 7 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| AYUDA ESPECIAL MENSUAL | M | 132,79 € | Concepto que figura en la tabla salarial de cada año con esa denominación. El articulado del convenio no lo desarrolla: solo aparece en el anexo. |
| PLUS DE TRANSPORTE | E | 2,75 € | 2.75 € por día efectivamente trabajado, que el propio convenio traduce a 55.59 € al mes (22 días hábiles × 11 meses, para tener una cantidad fija mensual). ⚠️ NO lo cobra quien tenga contrato de formación ni de prácticas. Es extrasalarial. |
| PLUS DE TELETRABAJO | E | 2,75 € | 2.75 € por día trabajado a distancia, equivalente a 55.59 € al mes. La tabla le da el mismo importe que al plus de transporte. |
| MEDIA DIETA | E | 21,32 € | La empresa puede sustituir el pago de la dieta abonando todos los gastos que devengue el desplazamiento. |
| DIETA COMPLETA | E | 62,71 € | La empresa puede sustituir el pago de la dieta abonando todos los gastos que devengue el desplazamiento. |
| KILOMETRAJE | H | 0,26 € | 0,26 € por kilómetro para quien use vehículo propio en los desplazamientos al servicio de la empresa. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | — | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Las horas de festivo trabajado se pagan con la fórmula (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75. ⚠️ El importe NO se calcula para 2026 porque el art. 27 solo publica la jornada anual de 2024 (1.782 horas) y 2025 (1.774), y la de 2026 no se inventa. |
Grupo 1 · Nivel 1 Grupo 1 5 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 28.701,58 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.913,44 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 574,03 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 382,69 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 382,69 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 1 · Nivel 2 Grupo 1 5 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 22.961,40 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.530,76 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 459,23 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 306,15 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 306,15 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 1 · Nivel 3 Grupo 1 5 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.091,24 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.339,42 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 401,82 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 267,88 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 267,88 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 2 · Nivel 1 Grupo 2 5 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 25.665,21 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.711,01 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 513,30 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 342,20 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 342,20 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 2 · Nivel 2 Grupo 2 5 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.533,00 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.368,87 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 410,66 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 273,77 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 273,77 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 2 · Nivel 3 Grupo 2 5 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.965,54 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.197,70 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 359,31 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 239,54 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 239,54 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 3 · Nivel 1 A Grupo 3 5 conceptos
Puestos: Jefe/a de administración superior (oficial mayor)Jefe/a de delineación
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 25.666,03 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.711,07 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 513,32 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 342,21 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 342,21 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 3 · Nivel 1 B Grupo 3 5 conceptos
Puestos: Delineante proyectista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 25.405,29 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.693,69 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 508,11 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 338,74 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 338,74 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 3 · Nivel 2 Grupo 3 5 conceptos
Puestos: Encargado/a de laboratorioJefe/a de primera administrativoJefe/a de equipo de informáticaAnalista de informáticaProgramador/a de ordenadoresTécnico/a de sistemas y comunicaciones
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 22.519,27 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.501,28 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 450,39 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 300,26 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 300,26 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 3 · Nivel 3 A Grupo 3 5 conceptos
Puestos: Delineante de primera
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 21.932,17 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.462,14 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 438,64 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 292,43 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 292,43 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 3 · Nivel 3 B Grupo 3 5 conceptos
Puestos: Delineante de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.834,83 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.388,99 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 416,70 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 277,80 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 277,80 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 4 · Nivel 1 Grupo 4 5 conceptos
Puestos: Jefe/a administrativo de segundaCajero/a con firmaProgramador/a de máquinas auxiliaresAdministrador/a de testCoordinador/a de tratamientos y cuestionariosJefe/a de explotaciónIntérprete jurado/aSecretario/a de dirección
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.422,28 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.361,49 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 408,45 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 272,30 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 272,30 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 4 · Nivel 2 A Grupo 4 5 conceptos
Puestos: Técnico/a analistaAnalista de primera
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.085,50 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.339,03 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 401,71 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 267,81 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 267,81 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 4 · Nivel 2 B Grupo 4 5 conceptos
Puestos: Analista de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.331,37 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.288,76 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 386,63 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 257,75 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 257,75 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 4 · Nivel 2 C Grupo 4 5 conceptos
Puestos: Inspector/a entrevistadorEncargado/aOperador/a de tabuladoresOficial administrativo/a de primeraEncargado/a de oficios varios
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.032,18 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.268,81 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 380,64 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 253,76 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 253,76 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 5 · Nivel 1 Grupo 5 5 conceptos
Puestos: Taquígrafo/aCajero/a sin firmaCoordinador/a de estudiosResponsable de equipo de encuestasOperador/a de ordenadores de 1.ªJefe/a de máquinas básicasClasificador/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.766,68 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.251,11 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 375,33 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 250,22 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 250,22 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 5 · Nivel 2 A Grupo 5 5 conceptos
Puestos: Oficial de primera en laboratorio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.539,87 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.235,99 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 370,80 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 247,20 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 247,20 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 5 · Nivel 2 B Grupo 5 5 conceptos
Puestos: Oficial de segunda de laboratorioOficial administrativo/a de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.877,04 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.191,80 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 357,54 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 238,36 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 238,36 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 5 · Nivel 3 Grupo 5 5 conceptos
Puestos: CapatazPerforista verificador/aAuxiliar administrativo/a con más de 3 años
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.772,62 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.184,84 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 355,45 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 236,97 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 236,97 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 5 · Nivel 4 Grupo 5 5 conceptos
Puestos: Lector/a de contadoresCalcador/aConserje mayorConserje, ordenanza o portero/a de nocheMecánico/aOficial de oficios varios de primeraCarpintero/aElectricista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.662,26 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.177,48 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 353,25 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 235,50 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 235,50 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 6 · Nivel 1 Grupo 6 5 conceptos
Puestos: Auxiliar administrativo/a de entradaOperador/a de máquinas básicasDibujanteEntrevistador/a-encuestador/aLector/a de contadoresTeleoperador/a con más de 3 añosOficial de oficios varios de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.314,30 € | % Tabla salarial de 2026. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.154,29 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 346,29 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 230,86 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 230,86 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Grupo 6 · Nivel 2 (SMI) Grupo 6 5 conceptos
Puestos: Teleoperador/a de entradaPerforista de segundaAuxiliar de laboratorioAyudante de operadorCobrador-pagadorAuxiliar de cajaOperador/a de reproducción multicopistaPeónMozo/aPersonal de limpiezaPersonal de oficios básicosConserje, ordenanza o portero/a de díaCosturera oficialBotonesBedel
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.094,00 € estimado | % ⚠️ La tabla NO publica cifra para este nivel: escribe literalmente «SMI». Se recoge el salario mínimo interprofesional oficial de 2026 (17094.00 € anuales, SMI de 2026), que es a lo que el convenio remite, y por eso va marcado como estimado. |
| SALARIO BASE | M | 1.139,60 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 341,88 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 227,92 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 227,92 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| AYUDA ESPECIAL MENSUAL | M | 129,55 € | Concepto que figura en la tabla salarial de cada año con esa denominación. El articulado del convenio no lo desarrolla: solo aparece en el anexo. |
| PLUS DE TRANSPORTE | E | 2,69 € | 2.69 € por día efectivamente trabajado, que el propio convenio traduce a 54.24 € al mes (22 días hábiles × 11 meses, para tener una cantidad fija mensual). ⚠️ NO lo cobra quien tenga contrato de formación ni de prácticas. Es extrasalarial. |
| PLUS DE TELETRABAJO | E | 2,69 € | 2.69 € por día trabajado a distancia, equivalente a 54.24 € al mes. La tabla le da el mismo importe que al plus de transporte. |
| MEDIA DIETA | E | 20,79 € | La empresa puede sustituir el pago de la dieta abonando todos los gastos que devengue el desplazamiento. |
| DIETA COMPLETA | E | 61,18 € | La empresa puede sustituir el pago de la dieta abonando todos los gastos que devengue el desplazamiento. |
| KILOMETRAJE | H | 0,26 € | 0,26 € por kilómetro para quien use vehículo propio en los desplazamientos al servicio de la empresa. |
Grupo 1 · Nivel 1 Grupo 1 6 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 28.001,54 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.866,77 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 560,03 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 373,35 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 373,35 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 27,62 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 1 · Nivel 2 Grupo 1 6 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 22.401,37 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.493,42 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 448,03 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 298,68 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 298,68 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 22,10 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 1 · Nivel 3 Grupo 1 6 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.601,21 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.306,75 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 392,02 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 261,35 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 261,35 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,34 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 2 · Nivel 1 Grupo 2 6 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 25.039,23 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.669,28 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 500,78 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 333,86 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 333,86 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 24,70 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 2 · Nivel 2 Grupo 2 6 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.032,19 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.335,48 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 400,64 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 267,10 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 267,10 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,76 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 2 · Nivel 3 Grupo 2 6 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.527,36 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.168,49 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 350,55 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 233,70 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 233,70 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,29 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 1 A Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de administración superior (oficial mayor)Jefe/a de delineación
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 25.040,03 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.669,34 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 500,80 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 333,87 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 333,87 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 24,70 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 1 B Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Delineante proyectista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 24.785,65 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.652,38 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 495,71 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 330,48 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 330,48 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 24,45 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 2 Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Encargado/a de laboratorioJefe/a de primera administrativoJefe/a de equipo de informáticaAnalista de informáticaProgramador/a de ordenadoresTécnico/a de sistemas y comunicaciones
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 21.970,02 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.464,67 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 439,40 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 292,93 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 292,93 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 21,67 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 3 A Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Delineante de primera
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 21.397,24 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.426,48 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 427,94 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 285,30 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 285,30 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 21,11 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 3 B Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Delineante de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.326,66 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.355,11 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 406,53 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 271,02 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 271,02 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 20,05 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 1 Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Jefe/a administrativo de segundaCajero/a con firmaProgramador/a de máquinas auxiliaresAdministrador/a de testCoordinador/a de tratamientos y cuestionariosJefe/a de explotaciónIntérprete jurado/aSecretario/a de dirección
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.924,18 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.328,28 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 398,48 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 265,66 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 265,66 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,65 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 2 A Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Técnico/a analistaAnalista de primera
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.595,61 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.306,37 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 391,91 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 261,27 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 261,27 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,33 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 2 B Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Analista de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.859,88 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.257,33 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 377,20 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 251,47 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 251,47 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 18,60 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 2 C Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Inspector/a entrevistadorEncargado/aOperador/a de tabuladoresOficial administrativo/a de primeraEncargado/a de oficios varios
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.567,99 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.237,87 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 371,36 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 247,57 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 247,57 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 18,32 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 1 Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Taquígrafo/aCajero/a sin firmaCoordinador/a de estudiosResponsable de equipo de encuestasOperador/a de ordenadores de 1.ªJefe/a de máquinas básicasClasificador/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.308,96 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.220,60 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 366,18 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 244,12 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 244,12 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 18,06 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 2 A Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Oficial de primera en laboratorio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.087,68 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.205,85 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 361,75 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 241,17 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 241,17 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,84 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 2 B Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Oficial de segunda de laboratorioOficial administrativo/a de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.441,01 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.162,73 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 348,82 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 232,55 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 232,55 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,21 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 3 Grupo 5 6 conceptos
Puestos: CapatazPerforista verificador/aAuxiliar administrativo/a con más de 3 años
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.339,14 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.155,94 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 346,78 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 231,19 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 231,19 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,10 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 4 Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Lector/a de contadoresCalcador/aConserje mayorConserje, ordenanza o portero/a de nocheMecánico/aOficial de oficios varios de primeraCarpintero/aElectricista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.231,48 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.148,77 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 344,63 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 229,75 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 229,75 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,00 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 6 · Nivel 1 Grupo 6 6 conceptos
Puestos: Auxiliar administrativo/a de entradaOperador/a de máquinas básicasDibujanteEntrevistador/a-encuestador/aLector/a de contadoresTeleoperador/a con más de 3 añosOficial de oficios varios de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 16.892,00 € | % Tabla salarial de 2025. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.126,13 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 337,84 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 225,23 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 225,23 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,66 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 6 · Nivel 2 (SMI) Grupo 6 6 conceptos
Puestos: Teleoperador/a de entradaPerforista de segundaAuxiliar de laboratorioAyudante de operadorCobrador-pagadorAuxiliar de cajaOperador/a de reproducción multicopistaPeónMozo/aPersonal de limpiezaPersonal de oficios básicosConserje, ordenanza o portero/a de díaCosturera oficialBotonesBedel
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 16.576,00 € estimado | % ⚠️ La tabla NO publica cifra para este nivel: escribe literalmente «SMI». Se recoge el salario mínimo interprofesional oficial de 2025 (16576.00 € anuales, RD 87/2025), que es a lo que el convenio remite, y por eso va marcado como estimado. |
| SALARIO BASE | M | 1.105,07 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 331,52 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 221,01 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 221,01 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,35 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1774 horas de 2025. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| AYUDA ESPECIAL MENSUAL | M | 125,78 € | Concepto que figura en la tabla salarial de cada año con esa denominación. El articulado del convenio no lo desarrolla: solo aparece en el anexo. |
| PLUS DE TRANSPORTE | E | 2,61 € | 2.61 € por día efectivamente trabajado, que el propio convenio traduce a 52.63 € al mes (22 días hábiles × 11 meses, para tener una cantidad fija mensual). ⚠️ NO lo cobra quien tenga contrato de formación ni de prácticas. Es extrasalarial. |
| PLUS DE TELETRABAJO | E | 2,61 € | 2.61 € por día trabajado a distancia, equivalente a 52.63 € al mes. La tabla le da el mismo importe que al plus de transporte. |
| MEDIA DIETA | E | 20,19 € | La empresa puede sustituir el pago de la dieta abonando todos los gastos que devengue el desplazamiento. |
| DIETA COMPLETA | E | 59,40 € | La empresa puede sustituir el pago de la dieta abonando todos los gastos que devengue el desplazamiento. |
| KILOMETRAJE | H | 0,26 € | 0,26 € por kilómetro para quien use vehículo propio en los desplazamientos al servicio de la empresa. |
Grupo 1 · Nivel 1 Grupo 1 6 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 27.185,96 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.812,40 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 543,72 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 362,48 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 362,48 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 26,70 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 1 · Nivel 2 Grupo 1 6 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 21.748,90 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.449,93 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 434,98 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 289,99 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 289,99 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 21,36 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 1 · Nivel 3 Grupo 1 6 conceptos
Puestos: Titulado/a superior
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.030,30 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.268,69 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 380,61 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 253,74 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 253,74 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 18,69 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 2 · Nivel 1 Grupo 2 6 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 24.309,93 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.620,66 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 486,20 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 324,13 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 324,13 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 23,87 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 2 · Nivel 2 Grupo 2 6 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.448,73 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.296,58 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 388,97 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 259,32 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 259,32 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,10 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 2 · Nivel 3 Grupo 2 6 conceptos
Puestos: Titulado/a medio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.016,85 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.134,46 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 340,34 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 226,89 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 226,89 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,71 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 1 A Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Jefe/a de administración superior (oficial mayor)Jefe/a de delineación
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 24.310,71 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.620,71 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 486,21 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 324,14 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 324,14 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 23,87 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 1 B Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Delineante proyectista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 24.063,74 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.604,25 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 481,27 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 320,85 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 320,85 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 23,63 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 2 Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Encargado/a de laboratorioJefe/a de primera administrativoJefe/a de equipo de informáticaAnalista de informáticaProgramador/a de ordenadoresTécnico/a de sistemas y comunicaciones
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 21.330,12 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.422,01 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 426,60 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 284,40 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 284,40 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 20,95 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 3 A Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Delineante de primera
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 20.774,02 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.384,93 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 415,48 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 276,99 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 276,99 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 20,40 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 3 · Nivel 3 B Grupo 3 6 conceptos
Puestos: Delineante de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.734,62 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.315,64 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 394,69 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 263,13 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 263,13 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,38 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 1 Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Jefe/a administrativo de segundaCajero/a con firmaProgramador/a de máquinas auxiliaresAdministrador/a de testCoordinador/a de tratamientos y cuestionariosJefe/a de explotaciónIntérprete jurado/aSecretario/a de dirección
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.343,86 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.289,59 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 386,88 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 257,92 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 257,92 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 19,00 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 2 A Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Técnico/a analistaAnalista de primera
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 19.024,86 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.268,32 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 380,50 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 253,66 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 253,66 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 18,68 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 2 B Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Analista de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.310,56 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.220,70 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 366,21 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 244,14 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 244,14 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,98 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 4 · Nivel 2 C Grupo 4 6 conceptos
Puestos: Inspector/a entrevistadorEncargado/aOperador/a de tabuladoresOficial administrativo/a de primeraEncargado/a de oficios varios
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 18.027,17 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.201,81 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 360,54 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 240,36 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 240,36 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,70 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 1 Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Taquígrafo/aCajero/a sin firmaCoordinador/a de estudiosResponsable de equipo de encuestasOperador/a de ordenadores de 1.ªJefe/a de máquinas básicasClasificador/a
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.775,69 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.185,05 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 355,51 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 237,01 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 237,01 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,46 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 2 A Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Oficial de primera en laboratorio
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 17.560,85 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.170,72 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 351,22 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 234,14 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 234,14 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 17,25 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 2 B Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Oficial de segunda de laboratorioOficial administrativo/a de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 16.933,02 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.128,87 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 338,66 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 225,77 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 225,77 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,63 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 3 Grupo 5 6 conceptos
Puestos: CapatazPerforista verificador/aAuxiliar administrativo/a con más de 3 años
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 16.834,12 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.122,27 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 336,68 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 224,45 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 224,45 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,53 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 5 · Nivel 4 Grupo 5 6 conceptos
Puestos: Lector/a de contadoresCalcador/aConserje mayorConserje, ordenanza o portero/a de nocheMecánico/aOficial de oficios varios de primeraCarpintero/aElectricista
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 16.729,59 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.115,31 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 334,59 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 223,06 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 223,06 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,43 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 6 · Nivel 1 Grupo 6 6 conceptos
Puestos: Auxiliar administrativo/a de entradaOperador/a de máquinas básicasDibujanteEntrevistador/a-encuestador/aLector/a de contadoresTeleoperador/a con más de 3 añosOficial de oficios varios de segunda
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 16.400,00 € | % Tabla salarial de 2024. ⚠️ El anexo advierte de que «el salario de la tabla es ANUAL y contempla las pagas extraordinarias»: incluye ya las dos gratificaciones de junio y diciembre y la paga de marzo. |
| SALARIO BASE | M | 1.093,33 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 328,00 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 218,67 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 218,67 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 16,11 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |
Grupo 6 · Nivel 2 (SMI) Grupo 6 6 conceptos
Puestos: Teleoperador/a de entradaPerforista de segundaAuxiliar de laboratorioAyudante de operadorCobrador-pagadorAuxiliar de cajaOperador/a de reproducción multicopistaPeónMozo/aPersonal de limpiezaPersonal de oficios básicosConserje, ordenanza o portero/a de díaCosturera oficialBotonesBedel
| Concepto | Pago | Importe | Detalle |
| SALARIO ANUAL | A | 15.876,00 € estimado | % ⚠️ La tabla NO publica cifra para este nivel: escribe literalmente «SMI». Se recoge el salario mínimo interprofesional oficial de 2024 (15876.00 € anuales, RD 145/2024), que es a lo que el convenio remite, y por eso va marcado como estimado. |
| SALARIO BASE | M | 1.058,40 € estimado | SAL_ANUAL/15 % El convenio solo publica el salario ANUAL. El mensual se obtiene dividiendo entre las 15 pagas del convenio —doce mensualidades más las gratificaciones de junio y diciembre (art. 19) y la paga de marzo (art. 20)— y por eso va marcado como estimado: es un cálculo, no una cifra del boletín. |
| PLUS NOCTURNO | M | 317,52 € estimado | SAL_BASE*0.30 30% El 30 % del salario base, incrementado con el complemento de antigüedad consolidada, por el trabajo entre las 22:00 y las 7:00. Si se trabajan menos de cuatro horas nocturnas se abona solo sobre esas horas; con cuatro o más, por toda la jornada. ⚠️ NO lo cobra quien haya sido contratado para horario nocturno fijo (guardas, vigilantes, serenos, porteros de noche), que tiene su propio salario en la tabla. Calculado sobre el salario base mensual, que a su vez se deriva del anual. |
| PLUS DE PELIGROSIDAD, TOXICIDAD Y PENOSIDAD | M | 211,68 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% El 20 % del salario base para los trabajos normativamente considerados peligrosos, penosos o tóxicos. Se cobra en proporción al tiempo efectivamente trabajado en ese puesto. |
| PLUS DE IDIOMAS | M | 211,68 € estimado | SAL_BASE*0.20 20% Bonificación del 20 % sobre el salario base para quien tenga conocimiento de uno o varios idiomas y los use por necesidades de su trabajo. |
| HORA FESTIVA O DE DESCANSO SEMANAL TRABAJADA | H | 15,59 € estimado | SAL_ANUAL/JORNADA_ANUAL*1.75 175% Cuando por razones técnicas u organizativas no se puede disfrutar el festivo, se abonan las horas trabajadas ese día incrementadas en un 75 % como mínimo, salvo descanso compensatorio. El convenio da la fórmula: (salario bruto anual / jornada anual) × 1,75, con la jornada de 1782 horas de 2024. No hay compensación si el trabajo en domingo es habitual por la naturaleza del puesto o si ya está retribuido con otro concepto específico no inferior. |