Vigencia hasta 2028, prórroga y caducidad frente a un convenio superior
Cuatro años de vigencia, con ultraactividad completa e incrementos a cuenta.
- Vigencia: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2025.
- La denuncia exige un mes de antelación al vencimiento, por escrito a la otra parte y con registro en REGCON.
- El convenio permanece vigente hasta la entrada en vigor del que lo sustituya, y denunciado se prorroga íntegramente hasta que haya acuerdo expreso.
- ⭐ Durante esa prórroga, los conceptos retributivos se incrementan cada mes de enero A CUENTA, en la cuantía del IPC real del año anterior.
- ⭐ Si durante la vigencia se firma un convenio del sector de ámbito regional o estatal, este convenio provincial queda DEROGADO EN SU TOTALIDAD desde el 1 de enero del año siguiente al de su publicación, siempre que el nuevo sea más beneficioso para el personal.
- Ámbito funcional: las empresas cuya actividad principal sea pompas fúnebres, tanatorios y crematorios, incluidos el traslado de cadáveres nacional e internacional, la provisión de féretros y la instalación de capillas ardientes.
- Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y se consideran globalmente en cómputo anual.
- Se respetan las condiciones superiores y más beneficiosas, individuales o colectivas, y quien venga de otro convenio con mejores condiciones conserva la diferencia como complemento personal de garantía.