Vigencia, prórroga y denuncia
El convenio se pactó para 2025 y se prorroga tácitamente año a año salvo denuncia.
- Vigencia pactada: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025 (art. 2º).
- Finalizada la vigencia, se prorroga automáticamente en sus propios términos salvo denuncia con 30 días de antelación (art. 29º).
- En cada prórroga, las tablas salariales aplicables son las últimas publicadas para cada ejercicio (art. 29º).
- Prórroga confirmada para el ejercicio 2026 mediante Acta 1/2026 de la comisión negociadora (22-05-2026), que fija las tablas de 2026.
- Una vez denunciado el convenio, su contenido normativo mantiene vigencia hasta que se firme el que lo sustituya (art. 29º).