Vigencia y prórroga automática
Cinco años (2020-2024) y prórroga en su totalidad hasta el convenio siguiente, sin necesidad de denuncia expresa.
- Vigencia: del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2024 (art. 2).
- El convenio entra en vigor a los 10 días de la firma, con efectos económicos desde el 1 de enero de 2020.
- Terminada la vigencia, sigue rigiendo en su totalidad hasta que entre en vigor uno nuevo del mismo ámbito.
- No precisa denuncia previa: se considera automáticamente denunciado al terminar su vigencia (art. 2, en relación con el art. 86.2 ET).
- OPCIÓN de convenio más beneficioso para quien trabaje en centros con varias actividades enmarcadas en otros convenios (art. 3).