Vigencia y prórroga
El convenio rige del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2026, con tablas propias para cada uno de los seis años.
- Duración de seis años: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2026 (art. 5).
- Se entiende tácitamente denunciado a su vencimiento (art. 85.3.d ET).
- Mantiene su vigencia mientras no sea sustituido por otro convenio (ultraactividad, art. 5).
- Las tablas no varían por la evolución del IPC durante el periodo al que correspondan (art. 9).