Vigencia 2025-2026, con tablas 2026 provisionales sujetas al IPC real
El convenio va de 2025 a 2026; las tablas de 2026 son provisionales, con un incremento anticipado del 2% que se regulariza según el IPC real.
- Vigencia: 2 años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026.
- 2025: incremento del 3,00% sobre el salario base de las tablas de 2024 (Anexo I).
- 2026: incremento inicial anticipado del 2% sobre el salario base de 2025 (Anexo II, tablas provisionales).
- Si el IPC real de 2026 supera el 2%, se aplica la diferencia con efectos de 1-1-2026, resultando las tablas definitivas de 2026.
- Si el IPC real de 2026 es inferior al 2% anticipado, no hay detracción: las tablas provisionales pasan a definitivas.
- Para garantizar el poder adquisitivo, se aplica un anticipo provisional sobre las tablas definitivas de 2026 equivalente al IPC real de 2026, con efectos de 1-1-2027 (a cuenta del siguiente convenio o revisión).
- Salario mínimo garantizado para menores de 18 años en 2025: 318,76 €/semana (Mercabarna, Mercavallès y resto), calculado sobre el SMI prorrateado por 52 semanas.
- Denunciado y superada la ultraactividad sin acuerdo para un convenio nuevo, se prorroga automáticamente hasta la aprobación de uno nuevo; si no se denuncia en plazo, se aplica de forma automática el incremento del IPC nacional sobre las tablas.