| SALARIO BASE | M | 1.169,60 € | Art. 42 y anexo I: salario base mensual de la categoría. |
| SALARIO BASE ANUAL | A | 16.374,50 € | Art. 42 y anexo I: salario base anual de la categoría, que incluye las dos gratificaciones extraordinarias del art. 44. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA (1.ª) | A | 1.169,60 € | SAL_BASE+ANTIG Art. 44: dos pagas extraordinarias anuales, cada una por el importe del salario base más la antigüedad mensual. El importe recoge el salario base; los trienios se suman según el caso. El convenio no fija fecha de abono. |
| GRATIFICACIÓN EXTRAORDINARIA (2.ª) | A | 1.169,60 € | SAL_BASE+ANTIG Art. 44: dos pagas extraordinarias anuales, cada una por el importe del salario base más la antigüedad mensual. El importe recoge el salario base; los trienios se suman según el caso. El convenio no fija fecha de abono. |
| SALARIO CONTRATO FORMATIVO (PRIMER AÑO) | M | 877,20 € estimado | SAL_BASE*0.75 75% Art. 38: la retribución de los contratos formativos será como MÍNIMO el 75 % del salario de la categoría en que se contraten, durante el primer año. El convenio no publica tabla propia: se aplica ese porcentaje al salario de tabla. |
| SALARIO CONTRATO FORMATIVO (SEGUNDO AÑO) | M | 994,16 € estimado | SAL_BASE*0.85 85% Art. 38: la retribución de los contratos formativos será como MÍNIMO el 85 % del salario de la categoría durante el segundo año. |
| SALARIO ANUAL GARANTIZADO POR EL SMI | A | 16.576,00 € estimado | La tabla del convenio publica 16374.50 € al año para esta categoría, por debajo del salario mínimo interprofesional de 2025 (16576.00 €). Por ley nadie puede cobrar menos, así que se añade el total garantizado. El convenio NO publica ninguna regla de equiparación, de modo que el reparto de esa diferencia entre conceptos no está publicado y no se inventa. |
| SALARIO MENSUAL GARANTIZADO POR EL SMI | M | 1.184,00 € estimado | SMI/14 Salario mínimo interprofesional de 2025 repartido en 14 pagas, que es el número de pagas de este convenio (12 mensualidades más las dos gratificaciones del art. 44). Es el mínimo legal, no una cifra del boletín. |