| PLUS TRABAJO NOCTURNO | H | 1,91 € | Art. 36: desde el 1 de enero de 2017 la nocturnidad se devenga como cuantía fija por hora nocturna efectivamente trabajada (22:00 a 6:00). |
| PLUS DE TURNICIDAD | E | 3,84 € | Art. 37: por cada día efectivo de trabajo en sistema de turnos de 24 horas al día los 365 días del año. Comienza a devengarse el 1 de enero de 2017. |
| SERVICIOS ESPECIALES DOMINGOS Y FESTIVOS | D | 34,85 € | Art. 38: guardia localizada, domingos y días festivos. |
| SERVICIOS ESPECIALES SÁBADOS | D | 17,42 € | Art. 38: guardia localizada, sábados. |
| SERVICIOS ESPECIALES DE LUNES A VIERNES | D | 8,71 € | Art. 38: guardia localizada, de lunes a viernes. |
| QUEBRANTO DE MONEDA | M | 43,53 € | Art. 40: para el personal que realice labores de cobrador, lector-cobrador o que maneje fondos de la empresa de forma continuada. |
| MEDIA DIETA | D | 25,31 € | Art. 43: desplazamiento fuera de la localidad del centro de trabajo. |
| DIETA COMPLETA | D | 48,77 € | Art. 43: comienza a devengarse a partir del 1 de enero de 2017. |
| KILOMETRAJE | H | 0,32 € | Art. 43: por kilómetro, cuando por necesidades del servicio se utilice el vehículo particular. |
| AYUDA ESCOLAR | A | 54,73 € | Art. 49: al año por cada hijo/a en edad escolar hasta los 18 años, pagadera en octubre previa justificación. |
| SEGURO DE ACCIDENTES | A | 25.000,00 € | Art. 48: capital asegurado para incapacidad permanente absoluta, gran invalidez o fallecimiento derivados de accidente laboral o enfermedad profesional. No es un devengo mensual del trabajador. |
| PLUS SUMINISTRO DE AGUA | M | 12,00 € | Art. 51: importe fijo mensual bruto para quien haya superado el período de prueba y esté al corriente en el pago de sus facturas de agua. Si dos personas de la misma empresa comparten domicilio, solo una lo percibe. Se cobra desde enero de 2017. |
| COMPENSACIÓN POR GASTOS DE TRASLADO | A | — | MENSUALIDAD_NETA*4 Art. 17.1: quien opte por el traslado percibe una compensación por gastos de 4 mensualidades netas, más los gastos de desplazamiento de su familia y muebles. Pago único. El importe no se puede publicar en euros porque la base es la mensualidad NETA, que depende de la situación personal de cada trabajador. |