Vigencia, denuncia y ultraactividad
Cuatro años de vigencia, de 2019 a 2022, denunciado en plazo y en ultraactividad completa desde entonces.
- Vigencia de cuatro años, del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022 (art. 4).
- Se prorroga tácitamente de año en año si no se denuncia con un mes de antelación a su terminación o a la de cualquiera de sus prórrogas.
- El convenio fue denunciado el 29-09-2022 (trámite de REGCON), dentro del plazo del art. 4.
- Disposición Transitoria Primera: mientras las partes no acuerden uno nuevo, el convenio sigue aplicándose en todo su contenido, incluidas las ayudas de los arts. 38 y 40; esta cláusula de ultraactividad NO es prorrogable (no tiene fecha límite).
- No consta en REGCON ningún trámite posterior a la denuncia de 2022: el texto de 2019-2022 sigue vigente por ultraactividad.
- Sus efectos económicos se retrotraen al 1 de septiembre de 2019, salvo los arts. 38 y 40 (seguros), que entran en vigor el 1 de julio de 2020.
- Ámbito funcional: faenas y explotaciones agrícolas, forestales y pecuarias, industrias complementarias, manipulado y preparación en almacén de productos hortícolas y de invernadero, agroturismo y actividades cinegéticas (art. 2). Quedan excluidos los trabajos en viñas, que tienen su propio convenio provincial de Viticultura.