¿Hasta cuándo está vigente el convenio?
El convenio se pactó para tres años y su artículo 5 hace depender de la denuncia lo que ocurre al vencimiento.
- Vigencia pactada: del 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2012, sea cual fuere la fecha de su publicación en el boletín (art. 4).
- La denuncia, para rescindir o revisar el convenio, debe formalizarse por escrito con una antelación mínima de dos meses a la fecha del vencimiento (art. 5).
- Si hay denuncia y la negociación se alarga más allá de la vigencia, el convenio queda prorrogado hasta la entrada en vigor del nuevo (art. 5).
- Si NO hubiera denuncia de ninguna de las partes, el propio art. 5 dispone que se aplique de manera inmediata el convenio colectivo estatal de la industria textil.
- En el registro de convenios no consta ninguna denuncia ni ningún trámite posterior a este texto, de modo que no puede afirmarse cuál de las dos situaciones se produjo. Los importes de esta ficha son los publicados para 2010 y 2011.