Vigencia, prórroga y ultraactividad
El convenio dura una temporada y se prorroga automáticamente si nadie lo denuncia.
- Vigencia: del 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024.
- El convenio produce efectos desde el 1 de julio de 2023 independientemente de que esté o no publicado en el BOE.
- Prórroga automática por períodos sucesivos de una temporada si no se denuncia con al menos dos meses de antelación al vencimiento o al de cualquiera de sus prórrogas.
- Denunciado y vencido, el convenio queda en ultraactividad hasta que se firme el nuevo convenio.
- En prórroga o ultraactividad, el salario mínimo del art. 21 se actualiza cada año con la variación del IPC anual del año inmediatamente anterior.