Convenio colectivo · REGCON 07002305012005

Convenio Colectivo del Servicio de Ayuda a Domicilio de las Illes Balears

Ayuda a domicilio Ámbito autonómico Vigencia 01/01/2025 — 31/12/2029
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOIB núm. 147, de 6 de noviembre de 2025.
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En vigor Convenio vigente hasta el 31/12/2029. Ver las condiciones del convenio.

Taules salarials 2029 (Anexo I) Precalculada
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGUITAT/TRIENNI M 20,00 € Columna «Antiguitat/Trienni (*14)» del Anexo I. Art. 29: importe por CADA TRIENIO completado en la empresa, con un máximo de 6 trienios desde la entrada en vigor del convenio. Igual para todas las categorías; se paga también en las pagas extraordinarias.
PLUS D'ASSISTÈNCIA A 110,00 € Art. 30: a partir de 2027 el plus de asistencia se abona SEMESTRALMENTE (enero y julio). El importe del Anexo I (110,00 €) es el de CADA pago semestral, no el total anual.
DIUMENGES TREBALLATS E 88,56 € DOMINGO_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 75,00 € por domingo trabajado a jornada completa (proporcional a la jornada), publicado para 2025. El propio art. 12 dice que este plus "es veurà revalorat d'acord amb els increments que estableix l'article 23": el importe de 2029 se calcula encadenando ese % (5.5% sobre el año anterior, redondeado a céntimos) porque el boletín NO publica una cifra propia para 2029.
DIES FESTIUS TREBALLATS E 118,57 € FESTIU_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 100,42 € por día festivo trabajado a jornada completa, publicado para 2025. Revalorizado según el art. 23 (mismo mecanismo que el plus de domingos): 5.5% encadenado desde 2028, redondeado a céntimos, porque el boletín no publica cifra propia para 2029.
QUILOMETRATGE H 0,28 € Art. 31: 0,28 €/km cuando se usa vehículo propio por necesidades del servicio, publicado para 2025. El convenio no publica otra cifra para los años siguientes ni dice que se revalorice; se mantiene el importe pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER DISPOSITIU ELECTRÒNIC M 5,00 € Art. 33: 5 €/mes por usar el teléfono móvil particular para registrar la jornada y otras gestiones, mientras dure ese uso pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER TELETREBALL (30-50% JORNADA) M 10,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 30% e inferior al 50% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (50-70% JORNADA) M 15,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 50% e inferior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (>70% JORNADA) M 20,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
AJUT PER DESPESES DERIVADES DE CONTINGÈNCIES PROFESSIONALS A 250,00 € Art. 51: importe MÁXIMO anual por persona para gastos justificados (medicamentos, rehabilitación, cuidados a cargo) derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional propios.
Director/a 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 3.528,48 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 143,57 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 882,12 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 3.672,05 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 3.672,05 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Coordinador/a del SAD 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.558,62 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 106,62 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 639,65 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.665,24 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.665,24 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (85 EXPEDIENTS) M 40,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 85 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (90 EXPEDIENTS) M 80,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 90 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (95 EXPEDIENTS) M 120,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 95 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (100 EXPEDIENTS) M 160,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 100 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
Ajudant de coord. SAD 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.949,26 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 83,39 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 487,31 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.032,65 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.032,65 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
Cap d'Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.559,92 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 106,67 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 639,98 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.666,59 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.666,59 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Oficial d'Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.198,82 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 92,90 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 549,71 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.291,72 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.291,72 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Aux. Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.042,38 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 86,92 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 510,60 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.129,30 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.129,30 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Auxiliar del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.949,26 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 83,39 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 487,31 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.032,65 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.032,65 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Taules salarials 2028 (Anexo I) Precalculada
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGUITAT/TRIENNI M 20,00 € Columna «Antiguitat/Trienni (*14)» del Anexo I. Art. 29: importe por CADA TRIENIO completado en la empresa, con un máximo de 6 trienios desde la entrada en vigor del convenio. Igual para todas las categorías; se paga también en las pagas extraordinarias.
PLUS D'ASSISTÈNCIA A 110,00 € Art. 30: a partir de 2027 el plus de asistencia se abona SEMESTRALMENTE (enero y julio). El importe del Anexo I (110,00 €) es el de CADA pago semestral, no el total anual.
DIUMENGES TREBALLATS E 83,94 € DOMINGO_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 75,00 € por domingo trabajado a jornada completa (proporcional a la jornada), publicado para 2025. El propio art. 12 dice que este plus "es veurà revalorat d'acord amb els increments que estableix l'article 23": el importe de 2028 se calcula encadenando ese % (5.5% sobre el año anterior, redondeado a céntimos) porque el boletín NO publica una cifra propia para 2028.
DIES FESTIUS TREBALLATS E 112,39 € FESTIU_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 100,42 € por día festivo trabajado a jornada completa, publicado para 2025. Revalorizado según el art. 23 (mismo mecanismo que el plus de domingos): 5.5% encadenado desde 2027, redondeado a céntimos, porque el boletín no publica cifra propia para 2028.
QUILOMETRATGE H 0,28 € Art. 31: 0,28 €/km cuando se usa vehículo propio por necesidades del servicio, publicado para 2025. El convenio no publica otra cifra para los años siguientes ni dice que se revalorice; se mantiene el importe pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER DISPOSITIU ELECTRÒNIC M 5,00 € Art. 33: 5 €/mes por usar el teléfono móvil particular para registrar la jornada y otras gestiones, mientras dure ese uso pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER TELETREBALL (30-50% JORNADA) M 10,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 30% e inferior al 50% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (50-70% JORNADA) M 15,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 50% e inferior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (>70% JORNADA) M 20,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
AJUT PER DESPESES DERIVADES DE CONTINGÈNCIES PROFESSIONALS A 250,00 € Art. 51: importe MÁXIMO anual por persona para gastos justificados (medicamentos, rehabilitación, cuidados a cargo) derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional propios.
Director/a 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 3.344,53 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 136,09 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 836,13 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 3.480,62 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 3.480,62 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Coordinador/a del SAD 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.425,23 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 101,07 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 606,31 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.526,30 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.526,30 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (85 EXPEDIENTS) M 40,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 85 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (90 EXPEDIENTS) M 80,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 90 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (95 EXPEDIENTS) M 120,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 95 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (100 EXPEDIENTS) M 160,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 100 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
Ajudant de coord. SAD 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.847,64 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 79,04 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 461,91 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.926,68 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.926,68 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
Cap d'Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.426,47 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 101,11 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 606,62 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.527,58 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.527,58 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Oficial d'Administració del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 2.084,19 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 88,06 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 521,05 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.172,25 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.172,25 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Aux. Administració del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 1.935,91 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 82,39 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 483,98 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.018,30 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.018,30 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Auxiliar del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 1.847,64 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 5.5% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 79,04 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 461,91 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.926,68 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.926,68 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Taules salarials 2027 (Anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
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ANTIGUITAT/TRIENNI M 20,00 € Columna «Antiguitat/Trienni (*14)» del Anexo I. Art. 29: importe por CADA TRIENIO completado en la empresa, con un máximo de 6 trienios desde la entrada en vigor del convenio. Igual para todas las categorías; se paga también en las pagas extraordinarias.
PLUS D'ASSISTÈNCIA A 110,00 € Art. 30: a partir de 2027 el plus de asistencia se abona SEMESTRALMENTE (enero y julio). El importe del Anexo I (110,00 €) es el de CADA pago semestral, no el total anual.
DIUMENGES TREBALLATS E 79,56 € DOMINGO_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 75,00 € por domingo trabajado a jornada completa (proporcional a la jornada), publicado para 2025. El propio art. 12 dice que este plus "es veurà revalorat d'acord amb els increments que estableix l'article 23": el importe de 2027 se calcula encadenando ese % (4.0% sobre el año anterior, redondeado a céntimos) porque el boletín NO publica una cifra propia para 2027.
DIES FESTIUS TREBALLATS E 106,53 € FESTIU_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 100,42 € por día festivo trabajado a jornada completa, publicado para 2025. Revalorizado según el art. 23 (mismo mecanismo que el plus de domingos): 4.0% encadenado desde 2026, redondeado a céntimos, porque el boletín no publica cifra propia para 2027.
QUILOMETRATGE H 0,28 € Art. 31: 0,28 €/km cuando se usa vehículo propio por necesidades del servicio, publicado para 2025. El convenio no publica otra cifra para los años siguientes ni dice que se revalorice; se mantiene el importe pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER DISPOSITIU ELECTRÒNIC M 5,00 € Art. 33: 5 €/mes por usar el teléfono móvil particular para registrar la jornada y otras gestiones, mientras dure ese uso pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER TELETREBALL (30-50% JORNADA) M 10,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 30% e inferior al 50% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (50-70% JORNADA) M 15,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 50% e inferior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (>70% JORNADA) M 20,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
AJUT PER DESPESES DERIVADES DE CONTINGÈNCIES PROFESSIONALS A 250,00 € Art. 51: importe MÁXIMO anual por persona para gastos justificados (medicamentos, rehabilitación, cuidados a cargo) derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional propios.
Director/a 5 conceptos
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SALARI BASE M 3.170,17 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 128,99 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 792,54 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 3.299,16 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 3.299,16 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Coordinador/a del SAD 10 conceptos
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SALARI BASE M 2.298,80 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 95,80 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 574,70 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.394,60 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.394,60 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (85 EXPEDIENTS) M 40,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 85 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (90 EXPEDIENTS) M 80,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 90 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (95 EXPEDIENTS) M 120,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 95 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (100 EXPEDIENTS) M 160,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 100 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
Ajudant de coord. SAD 6 conceptos
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SALARI BASE M 1.751,32 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 74,92 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 437,83 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.826,24 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.826,24 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
Cap d'Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 2.299,97 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 95,84 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 574,99 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.395,81 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.395,81 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Oficial d'Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.975,53 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 83,46 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 493,88 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.058,99 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.058,99 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Aux. Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.834,98 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 78,09 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 458,75 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.913,07 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.913,07 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Auxiliar del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.751,32 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 4.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 74,92 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 437,83 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.826,24 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.826,24 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Taules salarials 2026 (Anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
ANTIGUITAT/TRIENNI M 18,03 € Columna «Antiguitat/Trienni (*14)» del Anexo I. Art. 29: importe por CADA TRIENIO completado en la empresa, con un máximo de 6 trienios desde la entrada en vigor del convenio. Igual para todas las categorías; se paga también en las pagas extraordinarias.
PLUS D'ASSISTÈNCIA A 152,25 € Art. 30: para 2025 y 2026 el plus de asistencia se abona UNA SOLA VEZ al año, junto con el salario de enero del año siguiente. Importe anual íntegro del Anexo I.
DIUMENGES TREBALLATS E 76,50 € DOMINGO_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 75,00 € por domingo trabajado a jornada completa (proporcional a la jornada), publicado para 2025. El propio art. 12 dice que este plus "es veurà revalorat d'acord amb els increments que estableix l'article 23": el importe de 2026 se calcula encadenando ese % (2.0% sobre el año anterior, redondeado a céntimos) porque el boletín NO publica una cifra propia para 2026.
DIES FESTIUS TREBALLATS E 102,43 € FESTIU_2025*INCREMENTO_ART23 Art. 12: 100,42 € por día festivo trabajado a jornada completa, publicado para 2025. Revalorizado según el art. 23 (mismo mecanismo que el plus de domingos): 2.0% encadenado desde 2025, redondeado a céntimos, porque el boletín no publica cifra propia para 2026.
QUILOMETRATGE H 0,28 € Art. 31: 0,28 €/km cuando se usa vehículo propio por necesidades del servicio, publicado para 2025. El convenio no publica otra cifra para los años siguientes ni dice que se revalorice; se mantiene el importe pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER DISPOSITIU ELECTRÒNIC M 5,00 € Art. 33: 5 €/mes por usar el teléfono móvil particular para registrar la jornada y otras gestiones, mientras dure ese uso pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER TELETREBALL (30-50% JORNADA) M 10,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 30% e inferior al 50% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (50-70% JORNADA) M 15,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 50% e inferior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (>70% JORNADA) M 20,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
AJUT PER DESPESES DERIVADES DE CONTINGÈNCIES PROFESSIONALS A 250,00 € Art. 51: importe MÁXIMO anual por persona para gastos justificados (medicamentos, rehabilitación, cuidados a cargo) derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional propios.
Director/a 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 3.048,24 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 124,03 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 762,06 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 3.172,27 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 3.172,27 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Coordinador/a del SAD 10 conceptos
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SALARI BASE M 2.210,38 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 92,11 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 552,60 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.302,49 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.302,49 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (85 EXPEDIENTS) M 40,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 85 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (90 EXPEDIENTS) M 80,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 90 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (95 EXPEDIENTS) M 120,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 95 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (100 EXPEDIENTS) M 160,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 100 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
Ajudant de coord. SAD 6 conceptos
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SALARI BASE M 1.683,96 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 72,04 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 420,99 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.756,00 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.756,00 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
Cap d'Administració del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 2.211,51 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 92,15 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 552,88 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.303,66 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.303,66 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Oficial d'Administració del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 1.899,54 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 80,25 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 474,88 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.979,79 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.979,79 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Aux. Administració del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 1.764,41 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 75,09 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 441,10 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.839,50 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.839,50 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Auxiliar del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 1.683,96 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras). Art. 23: incrementos del 2.0% sobre la tabla del año anterior.
PLUS D'INSULARITAT M 72,04 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 420,99 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.756,00 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.756,00 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Taules salarials 2025 (Anexo I) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 10 conceptos
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ANTIGUITAT/TRIENNI M 18,03 € Columna «Antiguitat/Trienni (*14)» del Anexo I. Art. 29: importe por CADA TRIENIO completado en la empresa, con un máximo de 6 trienios desde la entrada en vigor del convenio. Igual para todas las categorías; se paga también en las pagas extraordinarias.
PLUS D'ASSISTÈNCIA A 150,00 € Art. 30: para 2025 y 2026 el plus de asistencia se abona UNA SOLA VEZ al año, junto con el salario de enero del año siguiente. Importe anual íntegro del Anexo I.
DIUMENGES TREBALLATS E 75,00 € Art. 12: 75,00 € por domingo trabajado a jornada completa, proporcional a la jornada. No aplica al personal contratado específicamente para domingos.
DIES FESTIUS TREBALLATS E 100,42 € Art. 12: 100,42 € por día festivo trabajado a jornada completa, proporcional a la jornada. No aplica al personal contratado específicamente para festivos.
QUILOMETRATGE H 0,28 € Art. 31: 0,28 €/km cuando se usa vehículo propio por necesidades del servicio, publicado para 2025. El convenio no publica otra cifra para los años siguientes ni dice que se revalorice; se mantiene el importe pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER DISPOSITIU ELECTRÒNIC M 5,00 € Art. 33: 5 €/mes por usar el teléfono móvil particular para registrar la jornada y otras gestiones, mientras dure ese uso pactado. No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS PER TELETREBALL (30-50% JORNADA) M 10,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 30% e inferior al 50% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (50-70% JORNADA) M 15,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 50% e inferior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
PLUS PER TELETREBALL (>70% JORNADA) M 20,00 € Art. 34: compensación mensual por gastos de teletrabajo cuando este es superior al 70% de la jornada. Se revaloriza en ultraactividad (art. 2).
AJUT PER DESPESES DERIVADES DE CONTINGÈNCIES PROFESSIONALS A 250,00 € Art. 51: importe MÁXIMO anual por persona para gastos justificados (medicamentos, rehabilitación, cuidados a cargo) derivados de un accidente de trabajo o enfermedad profesional propios.
Director/a 5 conceptos
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SALARI BASE M 2.988,47 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 121,60 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 747,12 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 3.110,07 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 3.110,07 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Coordinador/a del SAD 10 conceptos
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SALARI BASE M 2.167,04 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 90,31 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 541,76 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.257,35 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.257,35 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (85 EXPEDIENTS) M 40,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 85 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (90 EXPEDIENTS) M 80,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 90 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (95 EXPEDIENTS) M 120,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 95 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
PLUS DE PRODUCTIVITAT (100 EXPEDIENTS) M 160,00 € Art. 32: plus mensual solo para coordinador/a del SAD que acuerde con la empresa gestionar 100 expedientes (el número máximo ordinario es 78, disposición adicional cuarta). No se revaloriza en ultraactividad.
Ajudant de coord. SAD 6 conceptos
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SALARI BASE M 1.650,94 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 70,62 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 412,74 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.721,56 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.721,56 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
PLUS DE GUÀRDIA (COORDINACIÓ) S 80,00 € Art. 12: 80 €/semana de guardia fuera de la jornada laboral, solo para las categorías de coordinador/a y ayudante de coordinación del SAD.
Cap d'Administració del SAD 5 conceptos
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SALARI BASE M 2.168,15 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 90,34 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 542,04 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 2.258,49 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 2.258,49 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Oficial d'Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.862,30 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 78,68 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 465,57 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.940,98 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.940,98 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Aux. Administració del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.729,81 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 73,62 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 432,45 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.803,43 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.803,43 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.
Auxiliar del SAD 5 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
SALARI BASE M 1.650,94 € Columna «Salari base (*14)» del Anexo I. Art. 25: se paga en 14 mensualidades (12 ordinarias + 2 extras).
PLUS D'INSULARITAT M 70,62 € Columna «Plus d'insularitat (*14)» del Anexo I. Art. 26: compensa la dificultad añadida de la insularidad; se abona proporcional a la jornada y se paga en 14 mensualidades.
PLUS DE NOCTURNITAT M 412,74 € estimado SAL_BASE*0.25 25% Art. 28: 25% sobre el salario base vigente Y sobre el plus de antigüedad, para la jornada realizada entre las 22h y las 6h. El importe aquí calculado es SOLO el 25% del salario base (componente fijo por categoría); falta sumar el 25% de la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios: 25% de 18,03/20,00 € por trienio), que el convenio no permite fijar en una cifra única por categoría.
PAGA EXTRA JUNY A 1.721,56 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de enero a junio y abonada en junio. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona (variable según sus trienios).
PAGA EXTRA DESEMBRE A 1.721,56 € estimado SAL_BASE+PLUS_INSULARITAT(+antiguedad acumulada) Art. 27: una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, devengada de julio a diciembre y abonada en la primera quincena de diciembre. El importe aquí es SALARI BASE + PLUS D'INSULARITAT (componentes fijos por categoría); falta sumar la antigüedad acumulada de cada persona.

Historia del convenio

01/01/2025 Inicio de vigencia del convenio
31/12/2029 Fin de vigencia

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de ayuda a domicilio (ámbito autonómico)?

En 2029, el salario base va desde 1.949,26 € hasta 3.528,48 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, prórroga y denuncia

Cinco años, de 2025 a 2029, con ultraactividad plena si se denuncia y no hay acuerdo nuevo.

  • Duración de cinco años, del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2029; entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOIB, con efectos económicos retrotraídos al 1 de enero de 2025 (art. 2).
  • Cualquiera de las partes puede denunciar el convenio durante el tercer trimestre de 2028; ambas partes se comprometen a constituir la mesa negociadora en el último trimestre de 2028.
  • Finalizado el plazo de vigencia sin denuncia, se entiende prorrogado de año en año.
  • Denunciado el convenio, se prorroga provisionalmente TODO su contenido hasta que se llegue a un acuerdo expreso sobre el nuevo convenio (ultraactividad plena).
  • Durante la ultraactividad, en el mes de enero se incrementan los conceptos salariales un 2,5% (excepto el kilometraje, el plus por productividad de coordinación y el plus por dispositivo electrónico, que el convenio excluye expresamente de esa revalorización).
  • Se excluyen del convenio las empresas que prestan servicios en locales, residencias o centros de cualquier tipo y que, esporádicamente, hagan algún servicio en el domicilio de personas usuarias (art. 1).

Jornada, horario y descanso semanal

1.735 horas anuales en 2025, que bajan a 1.687,5 horas desde el 1 de enero de 2026.

  • Del día siguiente a la publicación del convenio hasta el 31/12/2025: 1.735 horas anuales (parte proporcional desde la fecha de publicación), máximo 40 horas semanales; 35 horas de atención directa y 5 horas para desplazamientos, descanso para el bocadillo, entrega de llaves y coordinación (art. 8.1).
  • Desde el 1 de enero de 2026: 1.687,5 horas anuales, media de 37,5 horas semanales; 32,5 horas de atención directa y 5 horas para los mismos conceptos complementarios (art. 8.2).
  • Fórmula publicada para 2026: 365 días del año − 140 días de descanso (104 libres + 14 festivos + 22 laborables) = 225 días efectivos × 7,5 horas = 1.687,5 horas anuales.
  • La jornada diaria no puede superar las 8 horas, ampliable excepcionalmente a 9 horas (máximo una vez al mes) por coordinación o formación obligatoria.
  • Del 1 de julio al 15 de agosto, la jornada diaria efectiva no puede superar en ningún caso las 8 horas, salvo recogida o devolución de material.
  • Descanso semanal mínimo de dos días sin interrupción, con al menos un fin de semana libre al mes salvo el personal contratado específicamente para fines de semana (art. 8.7).
  • El art. 9 (garantía de jornada semanal estable para auxiliares del SAD) queda suprimido a partir del 1 de febrero de 2026.

Vacaciones

30 días naturales en 2025; 22 días laborables repartidos en dos periodos desde 2026.

  • Para el año 2025: 30 días naturales de vacaciones (art. 11.1).
  • A partir del 1 de enero de 2026: 22 días laborables, en dos periodos de 11 días laborables cada uno, salvo acuerdo distinto entre empresa y comité de empresa (art. 11.2).
  • El primer periodo se disfruta entre mayo y octubre, y el segundo entre noviembre y abril.
  • El turno de elección de vacaciones se sortea; en años sucesivos se prioriza a quien salió peor parado en el sorteo anterior.
  • El inicio de las vacaciones no puede coincidir con un día de descanso semanal.
  • Las vacaciones se disfrutan dentro del año natural, sin acumulación a años siguientes ni compensación económica salvo liquidación por finiquito.
  • Las empresas elaboran el calendario de vacaciones antes del 30 de noviembre del año natural anterior a su disfrute.

Complemento en incapacidad temporal

100% del salario desde el primer día en accidente de trabajo, enfermedad profesional, intervención quirúrgica y menstruación incapacitante secundaria.

  • Accidente de trabajo y enfermedad profesional: 100% del salario desde el primer día de la baja (art. 36).
  • Enfermedad común y accidente no laboral: se aplica la legislación vigente (sin complemento pactado), salvo el caso siguiente.
  • Menstruación incapacitante secundaria (enfermedad común): se percibe lo que establece el art. 173.1 de la Ley General de la Seguridad Social, completado hasta el 100% del salario por la empresa.
  • Intervención quirúrgica que requiera hospitalización: 100% del salario durante el periodo de hospitalización; el resto de días de baja se rige por la legislación vigente.

Pagas extraordinarias

Dos gratificaciones de devengo semestral, cada una de salario base + antigüedad + plus de insularidad.

  • Dos pagas extraordinarias, cada una equivalente a una mensualidad de salario base + antigüedad + plus de insularidad, proporcionales a la jornada contratada (art. 27).
  • Primera paga: devengo del 1 de enero al 30 de junio, abono junto con la mensualidad de junio.
  • Segunda paga: devengo del 1 de julio al 31 de diciembre, abono en la primera quincena de diciembre.
  • El prorrateo mensual de las pagas es posible por mutuo acuerdo entre las partes, antes del inicio del nuevo año.
  • En caso de subrogación, la empresa entrante debe respetar la forma de abono pactada.
  • Quien ingrese o cese durante el año percibe las pagas prorrateadas por el tiempo trabajado.

Plus de antigüedad

Un importe fijo del Anexo I por cada trienio, igual para todas las categorías, con un máximo de seis trienios.

  • Se cobra por cada TRIENIO completado en la empresa, en la cuantía que fija el Anexo I (art. 29).
  • El importe es el MISMO para todas las categorías profesionales: 18,03 € en 2025 y 2026, y 20,00 € en 2027, 2028 y 2029.
  • Desde el día siguiente a la publicación del convenio en el BOIB, el número máximo de trienios computables es de SEIS.
  • Se abona también en las dos pagas extraordinarias.
  • Se revaloriza en caso de ultraactividad conforme al art. 2.

Subrogación de personal al cambiar de contrata

El 100% del personal adscrito a la contrata pasa a la nueva empresa con todos sus derechos.

  • Al finalizar una contrata pública o privada, o un acuerdo de acción concertada de ayuda a domicilio, el 100% del personal directamente imputable al servicio y con al menos 3 meses de antigüedad se subroga en la nueva empresa, con todas sus retribuciones y condiciones (art. 46).
  • El personal con contrato de interinidad y el contratado justo antes de la subrogación por ampliación del servicio se subroga íntegramente, sin exigir esos 3 meses.
  • También se subroga la representación legal del personal, que mantiene su condición mientras dure su mandato.
  • El mecanismo opera automáticamente con independencia de la naturaleza física o jurídica, pública o privada, de la empresa entrante.
  • La empresa saliente debe entregar el listado de personal a subrogar (salario anual, antigüedad, categoría) antes de la publicación de la licitación o del acuerdo de acción concertada.
  • Si el servicio se fragmenta en varias partes, zonas o lotes, el personal se adscribe a la nueva empresa titular de cada parte en la que trabajaba.
  • La empresa entrante tiene 7 días naturales desde que conoce la adjudicación para requerir a la saliente la documentación (contratos, derechos salariales, antigüedad, pactos de empresa vigentes, certificados de Seguridad Social); si no cumple los requerimientos, queda subrogada automáticamente en toda la plantilla.

Comisión Paritaria y disposiciones sobre licitaciones

Catorce personas (siete por cada parte) y un seguimiento expreso de que los concursos respeten el coste del convenio.

  • La Comisión Paritaria está integrada por 14 personas, 7 por la parte empresarial (durante la vigencia: APADIMIB y ASADE) y 7 por la parte sindical (SITEIB, UGT y CCOO) (art. 3).
  • Se compromete a hacer seguimiento de los concursos y acuerdos de acción concertada de las administraciones para que se adecúen al convenio, en especial el precio por hora de asistencia (disposición adicional primera).
  • El art. 50 fija el incremento de costes que supone el convenio: 2,8% de 2024 a 2025, 9,7% de 2025 a 2026, 4,4% de 2026 a 2027, 5,5% de 2027 a 2028 y 5,5% de 2028 a 2029; las ofertas por debajo de esos costes se consideran competencia desleal.
  • La Administración se compromete a abonar a las entidades el 90% del precio/hora por ausencia puntual de la persona usuaria, el 75% por ingreso hospitalario y el 50% por vacaciones o viajes de la persona usuaria (disposición adicional segunda).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio no establece la obligación de contratar una póliza colectiva ni fija indemnizaciones por muerte o incapacidad a cargo de la empresa. El texto del convenio no menciona ninguna obligación de suscribir seguro colectivo (vida, accidente o invalidez).

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio pacta la subrogación del personal (Art. 46): cuando cambia la empresa que presta el servicio (cambio de contrata o subcontrata, concesión administrativa, servicio público), la entrante debe quedarse con la plantilla de la saliente. Se subroga al personal con al menos 3 meses de antigüedad en la contrata.

Quién pasa a la empresa entrante:

  • Personal directamente e imputable exclusivamente a la gestión del servicio, con al menos 3 meses de antigüedad en la empresa saliente y con la formación de la Orden de la Conselleria de Benestar Social en materia de SAD
  • Personal con contrato de interinidad, sin exigir los 3 meses
  • Personal contratado justo antes de la subrogación por ampliación del servicio, sin exigir los 3 meses
  • La representación legal de las personas trabajadoras, que mantiene su condición durante el tiempo de mandato que le quede

Documentación que la empresa saliente debe entregar a la entrante (plazo: 7 días):

  • Acreditación de la condición de las personas trabajadoras (copia simple de los contratos vigentes)
  • Derechos salariales reconocidos (recibos salariales o desglose de los conceptos retributivos)
  • Antigüedad en la empresa o en la contrata; condiciones de trabajo existentes (personas usuarias atendidas, jornada, horarios)
  • Circunstancias especiales del personal (derechos de reincorporación, derechos adquiridos)
  • Copia de los pactos de empresa vigentes suscritos con la plantilla, de cumplimiento obligado para la empresa entrante
  • Documentos justificativos de estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social, en un plazo no superior a 5 días naturales

Qué conserva el personal subrogado:

  • Retribuciones existentes
  • Condiciones de trabajo
  • Derechos reconocidos

La empresa entrante tiene 7 días naturales desde que conoce la adjudicación (por comunicación fehaciente de cualquier parte interesada) para requerir la documentación a la saliente; si no cumple los requerimientos y la comunicación a la Comisión Paritaria, queda automáticamente subrogada en toda la plantilla de la empresa saliente.

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