Vigencia anual 2025 con articulado indefinido
Los conceptos retributivos rigen solo 2025; el texto articulado es indefinido y se prorroga automáticamente cada año.
- Entrada en vigor el día de la firma (15-04-2025), con efectos retributivos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025 (art. 4).
- El texto articulado tiene carácter INDEFINIDO y se prorroga automáticamente cada año; solo se modifica por acuerdo de las partes (art. 4).
- El convenio queda DENUNCIADO AUTOMÁTICAMENTE a su vencimiento (art. 5): cada año se renegocian los conceptos económicos.
- ⚠ REGCON consigna vigencia hasta el 31-12-2026; el texto publicado fija el fin de los efectos retributivos el 31-12-2025. Esta ficha recoge lo que publica el boletín.
- La empresa NO puede acogerse a la inaplicación del convenio del art. 82.3 ET: debe intentar renegociarlo o revisarlo (art. 38).
- Condiciones más favorables en conjunto y cómputo anual que los mínimos legales; garantías personales ad personam para quien tuviera condiciones superiores (arts. 6 y 7).
- Discrepancias: sometimiento a mediación y conciliación del Tribunal Laboral de Navarra (Anexo II; ELA y LAB no se adhieren a ese anexo) y Comisión Paritaria obligatoria antes de la vía judicial (Anexo III).
- Es un convenio de los llamados de franja: afecta al personal de producción y almacén de la fábrica de Ribaforada (arts. 2 y 3).