| SALARIO MES | M | 1.074,95 € | Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| SALARIO ANUAL | A | 15.049,25 € | Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| 40 HORAS SALARIO SEMANAL | S | 351,00 € | Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024) |
| SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS | D | 70,20 € | El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024) |
| SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO | D | 63,82 € | El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024) |
| SALARIO HORA | H | 8,78 € | Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024) |
| HORA EXTRA | H | 15,36 € | 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024) |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO | A | 1.074,95 € | SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD | A | 1.074,95 € | SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) | M | 967,46 € | SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024. |
| SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) | M | 1.021,20 € | SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024. |
| ANTIGÜEDAD 3 AÑOS | M | 10,94 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 4 AÑOS | M | 19,15 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 5 AÑOS | M | 27,35 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 6 AÑOS | M | 35,56 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 7 AÑOS | M | 43,76 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 8 AÑOS | M | 51,97 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 9 AÑOS | M | 60,17 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 10 AÑOS | M | 68,38 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 11 AÑOS | M | 76,58 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 12 AÑOS | M | 84,79 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 13 AÑOS | M | 71,02 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). ⚠ ERRATA DEL BOLETÍN, transcrita tal cual: esta casilla rompe la progresión del art. 35 (queda por debajo de la de 12 años en lugar de entre la de 12 y la de 14). El error viene de la tabla original y se ha arrastrado a los cuatro años aplicándole los incrementos pactados, y no hay ningún documento oficial que lo corrija, así que no se enmienda (canónico §2.4). Anotado para revisión. |
| ANTIGÜEDAD 14 AÑOS | M | 101,20 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 15 AÑOS | M | 109,41 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 16 AÑOS | M | 114,88 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 17 AÑOS | M | 120,35 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 18 AÑOS | M | 125,82 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 19 AÑOS | M | 131,29 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |
| ANTIGÜEDAD 20 AÑOS | M | 136,76 € | Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). |