Convenio colectivo · REGCON 19001025012001

Convenio colectivo Agropecuario de Guadalajara

Guadalajara Agropecuario Ámbito provincial Vigencia 01/01/2021 — 31/12/2024
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024, con las tablas definitivas de 2024 del BOP núm. 182 de 24-09-2024.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2024, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial DEFINITIVA 2024 (acta de la comisión negociadora de 4-07-2024, para adecuar las tablas al salario mínimo interprofesional) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS ASISTENCIA MES M 32,95 € Tabla salarial anexa, columna «PLUS ASISTENCIA MES». Art. 33: se cobra por día efectivamente trabajado; se devengan 25 días al mes y 300 al año si no hay pérdida efectiva de días trabajados. El sábado no laborable y el mes de vacaciones cuentan como trabajados. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PLUS ASISTENCIA DÍA NATURAL D 1,41 € Tabla salarial anexa: importe diario del plus de asistencia del art. 33, igual para los cinco grupos profesionales. ⚠ Unidad: el art. 33 dice «por día efectivamente trabajado», pero el propio artículo asimila a día trabajado el sábado que no sea laborable y el mes de vacaciones, y desde 2022 la tabla titula la fila «día NATURAL»; se registra por eso como importe por día natural. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
DIETA COMPLETA D 32,86 € Art. 37: para quien haga la jornada fuera de su centro normal de trabajo y tenga que pernoctar fuera de su vivienda habitual. Los gastos de pernocta en establecimiento legalmente autorizado los asume además la empresa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
MEDIA DIETA D 17,59 € Art. 37: media dieta, fijada en la tabla salarial anexa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PLUS DISTANCIA ART 38 H 0,21 € Art. 38: compensación económica al traslado al lugar de trabajo cuando la empresa no facilita los medios. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida (ni por kilómetro ni por día); se registra como importe por unidad de desplazamiento y queda anotado para revisión. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PLUS DISTANCIA EVENTUALES ART 38 D 4,40 € Art. 38: el mismo plus de distancia para el personal eventual. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida; se registra como importe diario y queda anotado para revisión. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
COMPLEMENTO DE TRABAJO NOCTURNO H 25% Art. 41: suplemento del 25 % sobre el salario base y demás pluses para quien, teniendo jornada habitualmente diurna, preste servicio entre las 22:00 y las 6:00; si la jornada es parte nocturna y parte diurna, solo se abona por las horas nocturnas. El convenio NO publica el valor de la hora ordinaria del personal fijo ni la fórmula para obtenerlo, así que el importe no se puede calcular sin inventar la conversión y se deja vacío (canónico §8). Para el personal eventual, la hora ordinaria es la de la fila «SALARIO HORA» de esta misma tabla. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
PLUS DE TOXICIDAD, PENOSIDAD Y PELIGROSIDAD E 25% Art. 42: incremento del 25 % del salario para quien trate productos de las categorías C y D, ejecute faenas en fango o trabaje bajo techos de invernadero. Cuatro horas o más se pagan como día completo; menos de cuatro, a razón de las horas trabajadas. El convenio no publica la base diaria del personal fijo sobre la que aplicar el porcentaje, así que el importe no se puede calcular sin inventarla y se deja vacío (canónico §8). BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
GRUPO I 27 conceptos

Puestos: Personal técnico

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.415,97 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
SALARIO ANUAL A 19.823,64 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 462,36 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 92,47 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 84,07 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO HORA H 11,56 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
HORA EXTRA H 20,23 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.415,97 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.415,97 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 12,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 22,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 31,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 41,10 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 50,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 60,08 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 69,56 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 79,05 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 88,53 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 98,02 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 107,50 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 116,99 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 126,47 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 132,80 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 139,12 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 145,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 151,77 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 158,09 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
GRUPO II 27 conceptos

Puestos: Encargado/a general

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.191,94 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
SALARIO ANUAL A 16.687,13 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 389,20 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 77,84 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 70,76 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO HORA H 9,73 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
HORA EXTRA H 17,03 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.191,94 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.191,94 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 11,47 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 20,07 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 28,67 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 37,27 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 45,87 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 54,46 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 63,07 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 71,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 80,26 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 88,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 74,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024). ⚠ ERRATA DEL BOLETÍN, transcrita tal cual: esta casilla rompe la progresión del art. 35 (queda por debajo de la de 12 años en lugar de entre la de 12 y la de 14). El error viene de la tabla original y se ha arrastrado a los cuatro años aplicándole los incrementos pactados, y no hay ningún documento oficial que lo corrija, así que no se enmienda (canónico §2.4). Anotado para revisión.
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 106,06 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 114,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 120,40 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 126,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 131,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 137,60 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 143,33 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
GRUPO III 27 conceptos

Puestos: Capataz/a; Mayoral/la; Personal de Oficios; Oficiales administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.154,65 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
SALARIO ANUAL A 16.165,06 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 377,03 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 75,41 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 68,55 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO HORA H 9,43 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
HORA EXTRA H 16,49 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.154,65 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.154,65 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 11,10 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 19,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 27,76 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 36,08 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 44,41 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 52,74 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 61,06 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 69,39 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 77,72 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 86,04 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 94,37 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 102,70 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 111,03 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 116,58 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 122,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 127,68 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 133,23 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 138,78 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
GRUPO IV 27 conceptos

Puestos: Tractoristas - Maquinistas; Guardas/Guardesas; Caseros/as; Especialistas; Auxiliares administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.143,15 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
SALARIO ANUAL A 16.004,10 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 373,27 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 74,65 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 67,87 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO HORA H 9,33 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
HORA EXTRA H 16,33 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.143,15 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.143,15 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,99 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 19,23 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 27,48 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 35,72 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 43,96 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 52,21 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 60,45 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 68,69 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 76,93 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 85,18 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 93,42 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 101,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 109,90 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 115,40 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 120,90 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 126,39 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 131,89 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 137,38 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
GRUPO V 27 conceptos

Puestos: Peón/a; Pastor/a; Manipulador/a, recolector/a y envasador/a de productos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.134,00 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
SALARIO ANUAL A 15.876,00 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 370,29 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 74,06 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 67,32 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
SALARIO HORA H 9,26 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
HORA EXTRA H 16,20 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.134,00 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.134,00 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,90 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 19,08 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 27,26 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 35,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 43,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 51,79 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 59,97 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 68,15 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 76,33 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 84,50 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 92,68 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 100,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 109,04 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 114,49 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 119,94 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 125,39 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 130,85 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 136,30 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Acta de 4-07-2024 (BOP de Guadalajara núm. 182 de 24-09-2024).
Tabla salarial 2023 (anexo del convenio, +2,50 % sobre 2022) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
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PLUS ASISTENCIA MES M 33,03 € Tabla salarial anexa, columna «PLUS ASISTENCIA MES». Art. 33: se cobra por día efectivamente trabajado; se devengan 25 días al mes y 300 al año si no hay pérdida efectiva de días trabajados. El sábado no laborable y el mes de vacaciones cuentan como trabajados. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS ASISTENCIA DÍA NATURAL D 1,37 € Tabla salarial anexa: importe diario del plus de asistencia del art. 33, igual para los cinco grupos profesionales. ⚠ Unidad: el art. 33 dice «por día efectivamente trabajado», pero el propio artículo asimila a día trabajado el sábado que no sea laborable y el mes de vacaciones, y desde 2022 la tabla titula la fila «día NATURAL»; se registra por eso como importe por día natural. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
DIETA COMPLETA D 32,14 € Art. 37: para quien haga la jornada fuera de su centro normal de trabajo y tenga que pernoctar fuera de su vivienda habitual. Los gastos de pernocta en establecimiento legalmente autorizado los asume además la empresa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
MEDIA DIETA D 17,20 € Art. 37: media dieta, fijada en la tabla salarial anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS DISTANCIA ART 38 H 0,20 € Art. 38: compensación económica al traslado al lugar de trabajo cuando la empresa no facilita los medios. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida (ni por kilómetro ni por día); se registra como importe por unidad de desplazamiento y queda anotado para revisión. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS DISTANCIA EVENTUALES ART 38 D 4,30 € Art. 38: el mismo plus de distancia para el personal eventual. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida; se registra como importe diario y queda anotado para revisión. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
COMPLEMENTO DE TRABAJO NOCTURNO H 25% Art. 41: suplemento del 25 % sobre el salario base y demás pluses para quien, teniendo jornada habitualmente diurna, preste servicio entre las 22:00 y las 6:00; si la jornada es parte nocturna y parte diurna, solo se abona por las horas nocturnas. El convenio NO publica el valor de la hora ordinaria del personal fijo ni la fórmula para obtenerlo, así que el importe no se puede calcular sin inventar la conversión y se deja vacío (canónico §8). Para el personal eventual, la hora ordinaria es la de la fila «SALARIO HORA» de esta misma tabla. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
PLUS DE TOXICIDAD, PENOSIDAD Y PELIGROSIDAD E 25% Art. 42: incremento del 25 % del salario para quien trate productos de las categorías C y D, ejecute faenas en fango o trabaje bajo techos de invernadero. Cuatro horas o más se pagan como día completo; menos de cuatro, a razón de las horas trabajadas. El convenio no publica la base diaria del personal fijo sobre la que aplicar el porcentaje, así que el importe no se puede calcular sin inventarla y se deja vacío (canónico §8). BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
GRUPO I 27 conceptos

Puestos: Personal técnico

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SALARIO BASE M 1.288,45 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 18.038,28 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 420,72 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 84,14 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 76,49 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 10,52 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 18,41 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.288,45 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.288,45 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 12,37 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 21,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 30,92 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 40,20 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 49,48 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 58,75 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 68,03 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 77,31 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 86,58 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 95,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 105,14 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 114,41 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 123,69 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 129,88 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 136,06 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 142,24 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 148,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 154,61 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO II 27 conceptos

Puestos: Encargado/a general

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.101,82 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 15.425,49 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 359,78 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 71,96 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 65,41 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,99 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 15,74 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.101,82 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.101,82 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 11,21 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 19,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 28,03 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 36,45 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 44,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 53,27 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 61,68 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 70,09 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 78,50 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 86,91 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 72,80 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). ⚠ ERRATA DEL BOLETÍN, transcrita tal cual: esta casilla rompe la progresión del art. 35 (queda por debajo de la de 12 años en lugar de entre la de 12 y la de 14). El error viene de la tabla original y se ha arrastrado a los cuatro años aplicándole los incrementos pactados, y no hay ningún documento oficial que lo corrija, así que no se enmienda (canónico §2.4). Anotado para revisión.
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 103,73 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 112,14 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 117,75 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 123,36 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 128,96 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 134,57 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 140,18 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO III 27 conceptos

Puestos: Capataz/a; Mayoral/la; Personal de Oficios; Oficiales administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.066,89 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.936,47 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 348,37 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 69,67 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 63,34 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,71 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 15,24 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.066,89 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.066,89 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 19,00 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 27,15 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 35,29 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 43,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 51,58 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 59,72 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 67,87 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 76,01 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 84,15 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 92,29 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 100,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 108,58 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 114,01 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 119,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 124,87 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 130,30 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 135,73 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO IV 27 conceptos

Puestos: Tractoristas - Maquinistas; Guardas/Guardesas; Caseros/as; Especialistas; Auxiliares administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.056,21 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.786,98 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 344,89 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 68,98 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 62,71 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,62 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 15,09 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.056,21 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.056,21 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,75 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 18,81 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 26,87 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 34,93 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 42,99 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 51,06 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 59,12 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 67,18 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 75,24 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 83,30 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 91,36 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 99,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 107,49 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 112,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 118,23 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 123,61 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 128,98 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 134,36 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO V 28 conceptos

Puestos: Peón/a; Pastor/a; Manipulador/a, recolector/a y envasador/a de productos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.047,72 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO BASE». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.668,15 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 334,56 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 66,91 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 60,83 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,36 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 14,64 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.047,72 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.047,72 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 18,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 26,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 34,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 42,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 50,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 58,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 66,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 74,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 82,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 90,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 98,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 106,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 111,97 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 117,30 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 122,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 127,97 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 133,30 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL GARANTIZADO (2023) A 15.120,00 € estimado NO ES UNA CIFRA DEL BOLETÍN. El salario anual que la tabla de 2023 publica para el GRUPO V (14.668,15 €), incluso sumándole el plus de asistencia, se queda por debajo del salario mínimo interprofesional de 2023 (1.080 € al mes en catorce pagas, 15.120 € al año, Real Decreto 99/2023). Por ley nadie puede cobrar menos, así que se añade el mínimo garantizado. El convenio no tiene regla propia de equiparación, de modo que NO se inventa cómo se reparte esa diferencia entre salario base y pluses (canónico §5.6). La tabla definitiva de 2024 corrigió esta situación llevando el GRUPO V exactamente al SMI de ese año.
Tabla salarial 2022 (anexo del convenio, +3,50 % sobre 2021) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 8 conceptos
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PLUS ASISTENCIA MES M 33,35 € Tabla salarial anexa, columna «PLUS ASISTENCIA MES». Art. 33: se cobra por día efectivamente trabajado; se devengan 25 días al mes y 300 al año si no hay pérdida efectiva de días trabajados. El sábado no laborable y el mes de vacaciones cuentan como trabajados. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS ASISTENCIA DÍA NATURAL D 1,34 € Tabla salarial anexa: importe diario del plus de asistencia del art. 33, igual para los cinco grupos profesionales. ⚠ Unidad: el art. 33 dice «por día efectivamente trabajado», pero el propio artículo asimila a día trabajado el sábado que no sea laborable y el mes de vacaciones, y desde 2022 la tabla titula la fila «día NATURAL»; se registra por eso como importe por día natural. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
DIETA COMPLETA D 31,36 € Art. 37: para quien haga la jornada fuera de su centro normal de trabajo y tenga que pernoctar fuera de su vivienda habitual. Los gastos de pernocta en establecimiento legalmente autorizado los asume además la empresa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
MEDIA DIETA D 16,78 € Art. 37: media dieta, fijada en la tabla salarial anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS DISTANCIA ART 38 H 0,20 € Art. 38: compensación económica al traslado al lugar de trabajo cuando la empresa no facilita los medios. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida (ni por kilómetro ni por día); se registra como importe por unidad de desplazamiento y queda anotado para revisión. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS DISTANCIA EVENTUALES ART 38 D 4,20 € Art. 38: el mismo plus de distancia para el personal eventual. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida; se registra como importe diario y queda anotado para revisión. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
COMPLEMENTO DE TRABAJO NOCTURNO H 25% Art. 41: suplemento del 25 % sobre el salario base y demás pluses para quien, teniendo jornada habitualmente diurna, preste servicio entre las 22:00 y las 6:00; si la jornada es parte nocturna y parte diurna, solo se abona por las horas nocturnas. El convenio NO publica el valor de la hora ordinaria del personal fijo ni la fórmula para obtenerlo, así que el importe no se puede calcular sin inventar la conversión y se deja vacío (canónico §8). Para el personal eventual, la hora ordinaria es la de la fila «SALARIO HORA» de esta misma tabla. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
PLUS DE TOXICIDAD, PENOSIDAD Y PELIGROSIDAD E 25% Art. 42: incremento del 25 % del salario para quien trate productos de las categorías C y D, ejecute faenas en fango o trabaje bajo techos de invernadero. Cuatro horas o más se pagan como día completo; menos de cuatro, a razón de las horas trabajadas. El convenio no publica la base diaria del personal fijo sobre la que aplicar el porcentaje, así que el importe no se puede calcular sin inventarla y se deja vacío (canónico §8). BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
GRUPO I 29 conceptos

Puestos: Personal técnico

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.257,02 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 17.598,32 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 410,46 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 82,09 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 74,63 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 10,26 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 17,96 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.257,02 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.257,02 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 1.131,32 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 1.194,17 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 12,07 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 21,12 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 30,17 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 39,22 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 48,27 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 57,32 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 66,37 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 75,42 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 84,47 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 93,52 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 102,57 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 111,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 120,67 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 126,71 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 132,74 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 138,77 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 144,81 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 150,84 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO II 29 conceptos

Puestos: Encargado/a general

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.074,95 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 15.049,25 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 351,00 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 70,20 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 63,82 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,78 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 15,36 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.074,95 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.074,95 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 967,46 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 1.021,20 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,94 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 19,15 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 27,35 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 35,56 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 43,76 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 51,97 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 60,17 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 68,38 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 76,58 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 84,79 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 71,02 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). ⚠ ERRATA DEL BOLETÍN, transcrita tal cual: esta casilla rompe la progresión del art. 35 (queda por debajo de la de 12 años en lugar de entre la de 12 y la de 14). El error viene de la tabla original y se ha arrastrado a los cuatro años aplicándole los incrementos pactados, y no hay ningún documento oficial que lo corrija, así que no se enmienda (canónico §2.4). Anotado para revisión.
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 101,20 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 109,41 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 114,88 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 120,35 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 125,82 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 131,29 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 136,76 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO III 29 conceptos

Puestos: Capataz/a; Mayoral/la; Personal de Oficios; Oficiales administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.040,87 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.572,16 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 339,88 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 67,98 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 61,80 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,50 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 14,87 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.040,87 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.040,87 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 936,78 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 988,83 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 18,54 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 26,48 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 34,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 42,37 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 50,32 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 58,26 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 66,21 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 74,15 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 82,10 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 90,04 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 97,99 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 105,93 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 111,23 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 116,53 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 121,82 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 127,12 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 132,42 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO IV 29 conceptos

Puestos: Tractoristas - Maquinistas; Guardas/Guardesas; Caseros/as; Especialistas; Auxiliares administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.030,45 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.426,32 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 336,47 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 67,29 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 61,18 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,41 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 14,72 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.030,45 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.030,45 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 927,40 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 978,93 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,49 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 18,35 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 26,22 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 34,08 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 41,95 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 49,81 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 57,68 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 65,54 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 73,40 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 81,27 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 89,14 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 97,00 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 104,86 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 110,11 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 115,35 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 120,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 125,84 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 131,08 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO V 29 conceptos

Puestos: Peón/a; Pastor/a; Manipulador/a, recolector/a y envasador/a de productos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.022,17 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.310,39 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 326,40 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 65,28 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 59,35 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 8,16 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 14,28 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.022,17 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.022,17 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 919,95 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 971,06 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (1000.00 €/mes en 2022). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,40 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 18,21 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 26,01 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 33,81 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 41,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 49,42 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 57,22 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 65,02 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 72,83 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 80,63 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 88,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 96,24 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 104,04 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 109,24 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 114,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 119,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 124,85 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 130,05 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
Tabla salarial 2021 (anexo del convenio; el art. 31 mantiene las tablas de 2020) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 13 conceptos
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PLUS ASISTENCIA MES M 32,22 € Tabla salarial anexa, columna «PLUS ASISTENCIA MES». Art. 33: se cobra por día efectivamente trabajado; se devengan 25 días al mes y 300 al año si no hay pérdida efectiva de días trabajados. El sábado no laborable y el mes de vacaciones cuentan como trabajados. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS ASISTENCIA DÍA D 1,30 € Tabla salarial anexa: importe diario del plus de asistencia del art. 33, igual para los cinco grupos profesionales. ⚠ Unidad: el art. 33 dice «por día efectivamente trabajado», pero el propio artículo asimila a día trabajado el sábado que no sea laborable y el mes de vacaciones, y desde 2022 la tabla titula la fila «día NATURAL»; se registra por eso como importe por día natural. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
40 HORAS SALARIO SEMANAL S 297,11 € Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. El anexo de 2021 publica UNA sola fila de personal eventual para todos los grupos y campañas, sin desglose por grupo profesional; desde 2022 sí la desglosa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS A 8 HORAS D 59,42 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días de ocho horas. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. El anexo de 2021 publica UNA sola fila de personal eventual para todos los grupos y campañas, sin desglose por grupo profesional; desde 2022 sí la desglosa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO DÍA 5 DÍAS Y MEDIO D 54,02 € El mismo salario semanal de personal eventual repartido en una semana de cinco días y medio. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. El anexo de 2021 publica UNA sola fila de personal eventual para todos los grupos y campañas, sin desglose por grupo profesional; desde 2022 sí la desglosa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
SALARIO HORA H 7,43 € Valor de la hora ordinaria del personal eventual. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. El anexo de 2021 publica UNA sola fila de personal eventual para todos los grupos y campañas, sin desglose por grupo profesional; desde 2022 sí la desglosa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024)
HORA EXTRA H 13,01 € 75% Art. 36: la hora extraordinaria se retribuye con un 75 % de incremento sobre el valor de la hora ordinaria, calculado sobre todos los conceptos salariales incluida la antigüedad. Máximo dos al día, quince al mes y ochenta al año. Tabla salarial anexa, bloque «PERSONAL EVENTUAL: TODOS LOS GRUPOS Y CAMPAÑAS». Art. 29: este importe comprende salario base, pagas extraordinarias, plus de asistencia, vacaciones y parte proporcional de domingos y festivos. El anexo de 2021 publica UNA sola fila de personal eventual para todos los grupos y campañas, sin desglose por grupo profesional; desde 2022 sí la desglosa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024) ⚠ DISCREPANCIA DEL PROPIO BOLETÍN, transcrita tal cual: esta cifra (13,006 €) no sale de aplicar el 75 % del art. 36 a la hora ordinaria que publica la misma fila (7,428 €/h × 1,75 = 12,999 €); hay 0,007 € de diferencia. Comprobado con visión sobre la página 36 del boletín: es lo que el boletín imprime. Desde 2022, con la tabla ya desglosada por grupo, la relación es exacta. Anotado para revisión.
DIETA COMPLETA D 30,30 € Art. 37: para quien haga la jornada fuera de su centro normal de trabajo y tenga que pernoctar fuera de su vivienda habitual. Los gastos de pernocta en establecimiento legalmente autorizado los asume además la empresa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
MEDIA DIETA D 16,21 € Art. 37: media dieta, fijada en la tabla salarial anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS DISTANCIA ART 38 H 0,19 € Art. 38: compensación económica al traslado al lugar de trabajo cuando la empresa no facilita los medios. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida (ni por kilómetro ni por día); se registra como importe por unidad de desplazamiento y queda anotado para revisión. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PLUS DISTANCIA EVENTUALES ART 38 D 4,05 € Art. 38: el mismo plus de distancia para el personal eventual. ⚠ El boletín publica el importe SIN declarar la unidad de medida; se registra como importe diario y queda anotado para revisión. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
COMPLEMENTO DE TRABAJO NOCTURNO H 25% Art. 41: suplemento del 25 % sobre el salario base y demás pluses para quien, teniendo jornada habitualmente diurna, preste servicio entre las 22:00 y las 6:00; si la jornada es parte nocturna y parte diurna, solo se abona por las horas nocturnas. El convenio NO publica el valor de la hora ordinaria del personal fijo ni la fórmula para obtenerlo, así que el importe no se puede calcular sin inventar la conversión y se deja vacío (canónico §8). Para el personal eventual, la hora ordinaria es la de la fila «SALARIO HORA» de esta misma tabla. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
PLUS DE TOXICIDAD, PENOSIDAD Y PELIGROSIDAD E 25% Art. 42: incremento del 25 % del salario para quien trate productos de las categorías C y D, ejecute faenas en fango o trabaje bajo techos de invernadero. Cuatro horas o más se pagan como día completo; menos de cuatro, a razón de las horas trabajadas. El convenio no publica la base diaria del personal fijo sobre la que aplicar el porcentaje, así que el importe no se puede calcular sin inventarla y se deja vacío (canónico §8). BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
GRUPO I 24 conceptos

Puestos: Personal técnico

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.214,52 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 17.003,21 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.214,52 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.214,52 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 1.093,07 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 1.153,79 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 11,66 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 20,40 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 29,15 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 37,89 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 46,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 55,38 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 64,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 72,87 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 81,61 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 90,36 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 99,10 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 107,85 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 116,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 122,42 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 128,25 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 134,08 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 139,91 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 145,74 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO II 24 conceptos

Puestos: Encargado/a general

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.038,60 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.540,34 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.038,60 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.038,60 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 934,74 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 986,67 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,57 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 18,50 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 26,43 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 34,35 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 42,28 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 50,21 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 58,14 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 66,06 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 73,99 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 81,92 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 68,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024). ⚠ ERRATA DEL BOLETÍN, transcrita tal cual: esta casilla rompe la progresión del art. 35 (queda por debajo de la de 12 años en lugar de entre la de 12 y la de 14). El error viene de la tabla original y se ha arrastrado a los cuatro años aplicándole los incrementos pactados, y no hay ningún documento oficial que lo corrija, así que no se enmienda (canónico §2.4). Anotado para revisión.
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 97,78 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 105,71 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 110,99 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 116,28 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 121,56 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 126,85 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 132,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO III 24 conceptos

Puestos: Capataz/a; Mayoral/la; Personal de Oficios; Oficiales administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 1.005,67 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 14.079,38 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 1.005,67 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 1.005,67 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 905,10 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 955,39 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,23 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 17,91 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 25,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 33,27 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 40,94 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 48,62 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 56,29 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 63,97 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 71,64 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 79,32 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 87,00 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 94,67 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 102,35 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 107,47 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 112,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 117,70 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 122,82 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 127,94 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO IV 24 conceptos

Puestos: Tractoristas - Maquinistas; Guardas/Guardesas; Caseros/as; Especialistas; Auxiliares administrativos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 995,61 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 13.938,48 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 995,61 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 995,61 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 896,05 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 945,83 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 17,73 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 25,33 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 32,93 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 40,53 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 48,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 55,73 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 63,32 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 70,92 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 78,52 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 86,12 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 93,72 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 101,32 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 106,38 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 111,45 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 116,52 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 121,58 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 126,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
GRUPO V 24 conceptos

Puestos: Peón/a; Pastor/a; Manipulador/a, recolector/a y envasador/a de productos

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO MES M 987,60 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO MES». Art. 29: los conceptos retributivos son los que figuran en la tabla anexa. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO ANUAL A 13.826,46 € Tabla salarial anexa, columna «SALARIO ANUAL»: el salario mensual en catorce pagas (doce mensualidades más las dos gratificaciones extraordinarias del art. 34). No incluye el plus de asistencia ni la antigüedad. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE VERANO A 987,60 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
PAGA EXTRAORDINARIA DE NAVIDAD A 987,60 € SAL_BASE Art. 34: gratificación extraordinaria de treinta días, calculada sobre el salario base y demás pluses del convenio. Se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre; puede prorratearse entre las doce mensualidades de común acuerdo. El importe que se publica es UN MES DE SALARIO BASE: los «demás pluses» y la antigüedad dependen de cada persona trabajadora y no se pueden tabular por grupo. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (90 %) M 888,84 € SAL_BASE*0.90 90% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 90 % del salario de la categoría contratada durante el primer año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
SALARIO CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE (95 %) M 938,22 € SAL_BASE*0.95 95% Art. 15.1: el salario del contrato para la formación y el aprendizaje es el 95 % del salario de la categoría contratada durante el segundo año, «sin que, en ningún caso, sea inferior al Salario Mínimo Interprofesional» (965.00 €/mes en 2021). Esta modalidad contractual solo es aplicable hasta el 29-03-2022; desde el 30-03-2022 el convenio se remite al contrato de formación en alternancia del Estatuto de los Trabajadores, que no tabula. Importe calculado sobre el salario de la tabla, no publicado como tal por el boletín. BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024.
ANTIGÜEDAD 3 AÑOS M 10,05 € Tabla de antigüedad anexa, columna «3 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 3 años son 4 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 4 AÑOS M 17,59 € Tabla de antigüedad anexa, columna «4 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 4 años son 7 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 5 AÑOS M 25,13 € Tabla de antigüedad anexa, columna «5 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 5 años son 10 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 6 AÑOS M 32,67 € Tabla de antigüedad anexa, columna «6 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 6 años son 13 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 7 AÑOS M 40,21 € Tabla de antigüedad anexa, columna «7 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 7 años son 16 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 8 AÑOS M 47,75 € Tabla de antigüedad anexa, columna «8 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 8 años son 19 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 9 AÑOS M 55,28 € Tabla de antigüedad anexa, columna «9 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 9 años son 22 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 10 AÑOS M 62,83 € Tabla de antigüedad anexa, columna «10 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 10 años son 25 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 11 AÑOS M 70,36 € Tabla de antigüedad anexa, columna «11 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 11 años son 28 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 12 AÑOS M 77,90 € Tabla de antigüedad anexa, columna «12 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 12 años son 31 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 13 AÑOS M 85,44 € Tabla de antigüedad anexa, columna «13 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 13 años son 34 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 14 AÑOS M 92,98 € Tabla de antigüedad anexa, columna «14 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 14 años son 37 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 15 AÑOS M 100,52 € Tabla de antigüedad anexa, columna «15 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 15 años son 40 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 16 AÑOS M 105,55 € Tabla de antigüedad anexa, columna «16 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 16 años son 42 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 17 AÑOS M 110,57 € Tabla de antigüedad anexa, columna «17 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 17 años son 44 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 18 AÑOS M 115,60 € Tabla de antigüedad anexa, columna «18 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 18 años son 46 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 19 AÑOS M 120,63 € Tabla de antigüedad anexa, columna «19 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 19 años son 48 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).
ANTIGÜEDAD 20 AÑOS M 125,65 € Tabla de antigüedad anexa, columna «20 AÑOS». Art. 35: premio a la permanencia del personal fijo — cuatro días de salario de convenio al cumplir el trienio, tres días más por cada año hasta los quince y dos días más por año de los quince a los veinte; a los 20 años son 50 días. Anexo de tablas salariales del convenio (BOP de Guadalajara núm. 139 de 22-07-2024).

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de agropecuario (Guadalajara)?

En 2024, el salario base va desde 1.134,00 € hasta 1.415,97 € al mes según el nivel; además, cada ámbito tiene su propia tabla salarial (usa el selector de ámbito de esta ficha).

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

¿Qué ámbitos tienen tabla salarial propia en este convenio?

Tablas del convenio; Tabla 2024 provisional · sustituida por la definitiva. Cada ámbito tiene su propia tabla salarial: elígela en el selector de esta ficha.

Condiciones del convenio

Vigencia, denuncia y ultraactividad

El convenio cubre cuatro años, de 2021 a 2024, y sigue aplicándose entero hasta que se firme otro que lo sustituya.

  • Vigencia pactada: del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
  • Puede denunciarlo cualquiera de las partes con tres meses de antelación al fin de la vigencia.
  • Denunciado el convenio, las partes deben empezar a negociar el nuevo en los quince días siguientes a la notificación.
  • Ultraactividad: «estando vigente todo su contenido hasta que haya un nuevo Convenio que sustituya al presente». Es decir, las tablas de 2024 se siguen aplicando después del 31 de diciembre de 2024.
  • Ámbito territorial: toda la provincia de Guadalajara (art. 2).
  • Ámbito funcional (art. 3): empresas agrícolas, forestales, pecuarias, viveros y plantas vivas, industrias complementarias (vino, aceite, queso), manipulado, almacenamiento, transporte y transformación de frutos o productos agrarios, actividades cinegéticas y agroturismo, y empresas de campañas de manipulación y envasado de frutas y hortalizas.

Jornada de trabajo

La jornada es de 1.715 horas anuales en los cuatro años de vigencia.

  • 1.715 horas anuales para 2021, 2022, 2023 y 2024, distribuidas de común acuerdo entre empresa y persona trabajadora o según usos y costumbres del lugar.
  • Habitualmente no se superan las nueve horas diarias ni se bajan de seis; por necesidades de la explotación cabe acogerse al Real Decreto 1561/1995 de jornadas especiales.
  • El 15 de mayo, San Isidro Labrador, es festivo del sector, salvo que por necesidades productivas estacionales o por ser ya festivo local se sustituya por otro día laborable.
  • La jornada empieza y termina en el tajo. El tiempo de ida corre por cuenta de la persona trabajadora y el de vuelta se computa como trabajo efectivo; si el desplazamiento pasa de veinte minutos, el exceso se descuenta de la jornada.
  • Descanso semanal mínimo, acumulable por periodos de hasta catorce días, en el que se computan todos los domingos y festivos del año.
  • Horas perdidas por el tiempo: el personal fijo no las recupera y cobra la jornada íntegra.
  • Personal eventual y fijo discontinuo: si el trabajo se suspende antes de empezar o antes de dos horas, se cobra el 50 % del salario; si se suspende pasadas dos horas, el salario íntegro. En ningún caso se recupera el tiempo perdido.
  • Calendario laboral: la empresa lo elabora en diciembre para el año siguiente, previa consulta a la representación de las personas trabajadoras.

Vacaciones

Treinta días naturales al año, retribuidos con el salario base y los demás pluses del convenio.

  • Treinta días naturales al año.
  • Se retribuyen a razón del salario base y demás pluses del convenio.
  • Se disfrutan de común acuerdo, preferentemente en verano y sin coincidir con las recolecciones ni con la mayor actividad productiva estacional.
  • El mes de vacaciones cuenta como trabajado a efectos del plus de asistencia (art. 33).
  • Baja por accidente laboral, o por incapacidad temporal coincidente con embarazo, parto o lactancia natural, o con los permisos del art. 48.4, 5 y 7 del Estatuto de los Trabajadores: las vacaciones se disfrutan en otra fecha, aunque haya terminado el año natural.
  • Otras incapacidades temporales que impidan disfrutarlas: se disfrutan al terminar la baja, con el límite de dieciocho meses desde el final del año al que correspondan.

Antigüedad: premio a la permanencia

El personal fijo cobra un premio a la permanencia que crece cada año desde el primer trienio y se congela a los veinte años.

  • Al cumplir el primer trienio: cuatro días de salario de convenio.
  • Desde ese trienio y hasta los quince años: tres días más por cada año.
  • De los quince a los veinte años: dos días más por cada año.
  • A los veinte años se alcanza el máximo: cincuenta días de salario de convenio.
  • La cuantía concreta de cada tramo está tabulada POR GRUPO PROFESIONAL en la tabla de antigüedad del convenio, con importe mensual: aparece en las tablas de esta ficha como «ANTIGÜEDAD 3 AÑOS», «ANTIGÜEDAD 4 AÑOS»… hasta veinte.
  • El premio se reconoce al personal fijo.
  • Aviso: la casilla del GRUPO II a los 13 años está mal impresa en el boletín (rompe la progresión y el error se repite en los cuatro años). Se publica la cifra oficial tal cual, sin corregirla, porque ningún documento posterior la rectifica.

Complemento por baja (incapacidad temporal)

El convenio garantiza el 100 % del salario desde el primer día de baja, sea cual sea la causa.

  • Accidente de trabajo: 100 % del salario desde el momento de la baja, sin límite de días.
  • Enfermedad profesional: 100 % del salario desde el momento de la baja, sin límite de días.
  • Enfermedad común: 100 % del salario desde el momento de la baja, sin límite de días.
  • Accidente no laboral: 100 % del salario desde el momento de la baja, sin límite de días.
  • El convenio no distingue por número de bajas al año ni exige hospitalización.
  • Si la empresa no ha hecho efectivo el 100 % en nómina, se abona a solicitud de la persona trabajadora desde el nacimiento del derecho.
  • Las organizaciones firmantes se comprometen a informar a empresas y personas trabajadoras de cómo hacerlo efectivo en nómina.

Pagas extraordinarias

Dos pagas extraordinarias al año, de treinta días cada una.

  • Paga de verano: treinta días, se abona el 30 de junio y se devenga del 1 de enero al 30 de junio.
  • Paga de Navidad: treinta días, se abona el 22 de diciembre y se devenga del 1 de julio al 31 de diciembre.
  • Ambas se calculan sobre el salario base y los demás pluses del convenio.
  • Pueden prorratearse entre las doce mensualidades del año de común acuerdo entre empresa y persona trabajadora.
  • La columna «SALARIO ANUAL» de las tablas es el salario mensual en catorce pagas: las doce mensualidades más estas dos gratificaciones.
  • El salario del personal eventual de las tablas ya lleva incluidas las pagas extraordinarias (art. 29), así que no se cobran aparte.

Subidas salariales pactadas

El convenio fija la subida de cada año y publica la tabla correspondiente; para 2024 hubo además una tabla definitiva posterior.

  • 2021: se mantienen las tablas salariales de 2020 (sin subida).
  • 2022: +3,50 % en todos los conceptos retributivos respecto de 2021.
  • 2023: +2,50 % en todos los conceptos retributivos respecto de 2022.
  • 2024: +2,25 % en todos los conceptos retributivos respecto de 2023 (tabla provisional del anexo del convenio).
  • 2024 definitivo: el acta de la comisión negociadora de 4 de julio de 2024 aprobó unas tablas DEFINITIVAS para adecuar el salario al salario mínimo interprofesional. Son las que se aplican y sustituyen a la provisional.
  • El acta habla de un 8,25 % sobre 2023; comprobado casilla a casilla, los grupos II a V suben en torno al 8,23 % y el grupo I un 9,90 %, de modo que manda la tabla, no el porcentaje.
  • La tabla definitiva de 2024 solo rehace el salario y las cifras del personal eventual: la antigüedad, el plus de asistencia, las dietas y el plus de distancia se quedan como en el anexo del convenio.
  • El convenio no pacta ningún incremento para después de 2024: las tablas definitivas de 2024 siguen aplicándose por ultraactividad.

Dietas, plus de distancia y traslados

El convenio tabula la dieta, la media dieta y el plus de distancia, y regula qué se paga en los traslados.

  • Dieta completa: para quien haga la jornada fuera de su centro normal de trabajo y tenga que pernoctar fuera de su vivienda habitual. Los gastos de pernocta, en establecimiento legalmente autorizado, los asume además la empresa.
  • Media dieta: fijada también en la tabla salarial anexa.
  • Plus de distancia (art. 38): para el traslado al lugar de trabajo, la empresa facilita los medios o compensa económicamente con el importe de la tabla. Hay un importe general y otro para el personal eventual.
  • Si el desplazamiento supera los veinte minutos, el exceso se descuenta de la jornada laboral.
  • Traslado accidental con pernocta fuera de la localidad de residencia: se abona la dieta completa, incluidos los días de salida y llegada.
  • Traslado sin pernocta y a más de diez kilómetros: la empresa está obligada a facilitar el medio de locomoción.
  • Traslado definitivo: la empresa corre con todos los gastos, de la persona trabajadora, su familia y sus enseres, y le facilita una vivienda en condiciones dignas y suficientes. Si la familia no puede trasladarse a la vez por causa justificada, la empresa abona el 50 % de la dieta mientras dure esa situación.
  • Aviso: el boletín publica los dos importes del plus de distancia sin decir en qué unidad se miden (por kilómetro, por día…). Queda anotado para revisión.

Seguro, reconocimientos médicos y otras mejoras

La empresa debe contratar una póliza de 23.000 € por accidente de trabajo, y el convenio añade varias mejoras no retributivas.

  • Póliza de seguro de 23.000 € para los casos de muerte, invalidez permanente absoluta o gran invalidez derivadas de accidente de trabajo (art. 51). Se abona a los beneficiarios o a la propia persona trabajadora.
  • La empresa debe consignar en la póliza de accidentes de trabajo que tenga suscrita los salarios del convenio según el grupo profesional, tanto del personal fijo como del eventual (art. 50).
  • Reconocimiento médico al menos una vez al año para el personal fijo, a cargo exclusivo de la empresa, incluidos los gastos de desplazamiento y computado como horario laboral (art. 46).
  • Herramientas y utensilios manuales a cargo de la empresa; al personal fijo, un mono en enero y otro en julio, y el calzado que marque la evaluación de riesgos (art. 47).
  • Vivienda para el personal eventual o de temporada que venga de fuera: habitaciones aseadas con luz, agua y cocina (art. 48).
  • Contrato de formación y aprendizaje (modalidad aplicable hasta el 29-03-2022): 90 % del salario de la categoría el primer año y 95 % el segundo, nunca por debajo del salario mínimo interprofesional (art. 15).
  • Permiso para el médico de cabecera: dieciséis horas retribuidas por campaña sin límite mensual; para el especialista, todas las horas necesarias retribuidas (art. 25).
  • Licencias retribuidas de veinte horas anuales para acompañar al médico a hijos menores de 18 años y a familiares de primer grado que no puedan valerse por sí mismos (art. 24.h).
  • Delegados de prevención: 20 horas mensuales retribuidas para el ejercicio de sus funciones y 80 horas anuales de formación específica (arts. 53 y 56).

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 51), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo 23.000,00 € Beneficiario: Los beneficiarios en caso de muerte; la propia persona trabajadora en los casos de invalidez · El boletín publica las tres contingencias agrupadas con una sola cuantía de 23.000 €; se desdoblan por contingencia sin repetir el importe más de lo que lo hace el convenio.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo 23.000,00 € Beneficiario: Los beneficiarios en caso de muerte; la propia persona trabajadora en los casos de invalidez · El boletín publica las tres contingencias agrupadas con una sola cuantía de 23.000 €; se desdoblan por contingencia sin repetir el importe más de lo que lo hace el convenio.
Gran invalidez accidente de trabajo 23.000,00 € Beneficiario: Los beneficiarios en caso de muerte; la propia persona trabajadora en los casos de invalidez · El boletín publica las tres contingencias agrupadas con una sola cuantía de 23.000 €; se desdoblan por contingencia sin repetir el importe más de lo que lo hace el convenio.

Art. 51: «Las empresas suscribirán una póliza de seguro de 23.000 euros en caso de muerte, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, derivada de accidente de trabajo, que será abonado a los beneficiados o al propio trabajador dicha cantidad». El boletín publica UNA sola cuantía para las tres contingencias, y no fija carencia ni declara qué ocurre si la póliza no se contrata. Aparte, el art. 50 obliga a consignar en la póliza de accidentes de trabajo que la empresa tuviera suscrita los salarios del convenio según el grupo profesional, tanto del personal fijo como del eventual.

Subrogación: qué pasa con la plantilla al cambiar la contrata

Este convenio no pacta subrogación convencional de la plantilla al cambiar la contrata. Leído el convenio entero: no pacta subrogación de plantilla por cambio de contrata, concesión ni titularidad, ni remite a ningún texto que la regule. El art. 9 se limita a decir que en lo no previsto se estará al Estatuto de los Trabajadores, lo que no es un pacto de subrogación (canónico §6.5).

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