Convenio colectivo · REGCON 15001615011981

Convenio colectivo provincial de A Coruña de agencias marítimas y aduaneras, empresas estibadoras portuarias y comisionistas de tránsito

A Coruña Agencias marítimas y aduaneras, empresas estibadoras portuarias y comisionistas de tránsito Ámbito provincial Vigencia 01/01/2020 — 31/12/2025
Acceso libre y gratuito. Todos los importes de este convenio se muestran completos, sin registro ni pago, verificados contra el boletín oficial y libres para citar. Descárgalo gratis en Excel, XML de nóminas o JSON. Fuente: BOP de A Coruña nº 77, de 24 de abril de 2023.
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En ultraactividad Venció el 31/12/2025, pero SIGUE APLICÁNDOSE: mantiene su vigencia hasta que se firme el convenio siguiente. Estas tablas son las que están en vigor hoy. Ver las condiciones del convenio.

Tabla salarial 2025 (anexo 1, incremento 3 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
ConceptoPagoImporteDetalle
PLUS TRANSPORTE M 150,96 € Compensa los gastos de desplazamiento al centro de trabajo. Se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado, sea cual fuere la causa. No se computa como concepto salarial para el complemento de incapacidad temporal (art. 17).
PODER M 89,69 € Gratificación para quien realiza funciones de apoderado. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
QUEBRANTO M 81,96 € Quebranto de moneda. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
IDIOMAS M 89,69 € Premio de idiomas. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ POR ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
TITULADO SUPERIOR GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado superior; titulada de grado superior

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.999,60 € %
HORA EXTRA TIPO A H 19,42 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 30,27 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 87,18 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 23.995,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TITULADO MEDIO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado medio; titulada de grado medio

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.762,98 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,69 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 76,20 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 21.155,76 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE SECCIÓN GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de sección; jefa de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.999,60 € %
HORA EXTRA TIPO A H 19,42 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 30,27 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 87,18 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.999,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 23.995,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de negociado; jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.762,98 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,69 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 76,20 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.762,98 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 21.155,76 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ASIMILADO JEFE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Asimilado a jefe de negociado; asimilada a jefa de negociado

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SALARIO BASE M 1.717,81 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,14 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 74,09 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.717,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.717,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.717,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.717,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 20.613,72 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Oficial; oficial administrativo; oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.582,08 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 67,83 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.582,08 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.582,08 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.582,08 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.582,08 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 18.984,96 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Auxiliar; auxiliar administrativo; auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.370,15 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,17 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,62 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,66 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.370,15 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.370,15 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.370,15 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.370,15 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.441,80 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TELEFONISTA GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Telefonista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.328,14 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,61 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,82 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,40 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.328,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.328,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.328,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.328,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.937,68 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE SECCIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de sección; encargada de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.481,45 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 27,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 59,61 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.481,45 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.481,45 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.481,45 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.481,45 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.777,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de almacén; encargada de almacén; almacenero; almacenera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.444,89 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 27,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 57,64 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.338,68 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 1ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de primera; manipulante de palas cargadoras, grúas o conductor de camión que ejecute toda clase de reparaciones que no exijan elementos de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.444,89 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 27,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 57,64 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.444,89 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.338,68 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 2ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.399,17 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,56 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 19,15 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.790,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MANIPULANTE GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Manipulante; manipulante de grúas; manipulante de palas cargadoras; carretillero; carretillera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.399,17 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 27,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.790,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE CAMIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de camión; conductora de camión

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.399,17 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,56 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 19,15 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.790,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE TURISMO GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de turismo; conductora de turismo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.399,17 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,56 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 19,15 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.399,17 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.790,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MOZO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; moza de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.361,69 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,06 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,44 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.340,28 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
PEÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Peón; peona

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.361,69 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,06 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,44 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.361,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.340,28 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
Tabla salarial 2024 (anexo 1, incremento 4,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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PLUS TRANSPORTE M 146,56 € Compensa los gastos de desplazamiento al centro de trabajo. Se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado, sea cual fuere la causa. No se computa como concepto salarial para el complemento de incapacidad temporal (art. 17).
PODER M 87,08 € Gratificación para quien realiza funciones de apoderado. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
QUEBRANTO M 79,58 € Quebranto de moneda. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
IDIOMAS M 87,08 € Premio de idiomas. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ POR ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
TITULADO SUPERIOR GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado superior; titulada de grado superior

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SALARIO BASE M 1.941,36 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,85 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 29,38 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 84,64 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 23.296,32 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TITULADO MEDIO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado medio; titulada de grado medio

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SALARIO BASE M 1.711,63 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,15 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 73,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 20.539,56 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE SECCIÓN GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de sección; jefa de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.941,36 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,85 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 29,38 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 84,64 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.941,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 23.296,32 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de negociado; jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.711,63 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,15 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 73,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.711,63 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 20.539,56 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ASIMILADO JEFE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Asimilado a jefe de negociado; asimilada a jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.667,77 € %
HORA EXTRA TIPO A H 17,61 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 71,93 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.667,77 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.667,77 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.667,77 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.667,77 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 20.013,24 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Oficial; oficial administrativo; oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.536,00 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,15 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 65,85 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.536,00 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.536,00 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.536,00 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.536,00 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 18.432,00 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Auxiliar; auxiliar administrativo; auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.330,24 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,78 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,08 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 52,10 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.330,24 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.330,24 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.330,24 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.330,24 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.962,88 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TELEFONISTA GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Telefonista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.289,46 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,25 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,30 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,91 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.289,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.289,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.289,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.289,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.473,52 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE SECCIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de sección; encargada de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.438,30 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,20 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,27 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 57,87 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.438,30 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.438,30 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.438,30 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.438,30 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.259,60 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de almacén; encargada de almacén; almacenero; almacenera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.402,81 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,20 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,27 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,96 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.833,72 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 1ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de primera; manipulante de palas cargadoras, grúas o conductor de camión que ejecute toda clase de reparaciones que no exijan elementos de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.402,81 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,20 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,27 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,96 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.402,81 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.833,72 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 2ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.358,42 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,17 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,59 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,62 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.301,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MANIPULANTE GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Manipulante; manipulante de grúas; manipulante de palas cargadoras; carretillero; carretillera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.358,42 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,20 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,27 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,62 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.301,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE CAMIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de camión; conductora de camión

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.358,42 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,17 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,59 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,62 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.301,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE TURISMO GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de turismo; conductora de turismo

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SALARIO BASE M 1.358,42 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,17 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 18,59 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,62 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.358,42 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.301,04 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MOZO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; moza de almacén

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SALARIO BASE M 1.322,03 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,68 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,90 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,67 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.864,36 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
PEÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Peón; peona

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SALARIO BASE M 1.322,03 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,68 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,90 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,67 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.322,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.864,36 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
Tabla salarial 2023 (anexo 1, incremento 4,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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PLUS TRANSPORTE M 140,25 € Compensa los gastos de desplazamiento al centro de trabajo. Se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado, sea cual fuere la causa. No se computa como concepto salarial para el complemento de incapacidad temporal (art. 17).
PODER M 83,33 € Gratificación para quien realiza funciones de apoderado. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
QUEBRANTO M 76,15 € Quebranto de moneda. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
IDIOMAS M 83,33 € Premio de idiomas. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ POR ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
TITULADO SUPERIOR GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado superior; titulada de grado superior

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SALARIO BASE M 1.857,76 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,04 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 28,12 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 81,00 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 22.293,12 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TITULADO MEDIO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado medio; titulada de grado medio

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SALARIO BASE M 1.637,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 17,37 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,01 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 70,80 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 19.655,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE SECCIÓN GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de sección; jefa de sección

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SALARIO BASE M 1.857,76 € %
HORA EXTRA TIPO A H 18,04 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 28,12 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 81,00 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.857,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 22.293,12 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de negociado; jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.637,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 17,37 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,01 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 70,80 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.637,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 19.655,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ASIMILADO JEFE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Asimilado a jefe de negociado; asimilada a jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.595,96 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,86 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,01 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 68,84 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.595,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.595,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.595,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.595,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 19.151,52 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Oficial; oficial administrativo; oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.469,86 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,45 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,01 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 63,02 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.469,86 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.469,86 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.469,86 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.469,86 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.638,32 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Auxiliar; auxiliar administrativo; auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.272,96 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,23 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,30 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,86 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.272,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.272,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.272,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.272,96 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.275,52 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TELEFONISTA GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Telefonista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.233,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,72 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,56 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 47,76 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.233,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.233,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.233,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.233,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.807,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE SECCIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de sección; encargada de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.376,36 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,59 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,38 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.376,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.376,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.376,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.376,36 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.516,32 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de almacén; encargada de almacén; almacenero; almacenera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.342,40 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,59 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,55 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.108,80 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 1ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de primera; manipulante de palas cargadoras, grúas o conductor de camión que ejecute toda clase de reparaciones que no exijan elementos de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.342,40 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,59 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,55 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.342,40 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.108,80 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 2ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.299,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,60 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,79 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,31 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.599,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MANIPULANTE GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Manipulante; manipulante de grúas; manipulante de palas cargadoras; carretillero; carretillera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.299,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,59 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,14 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,31 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.599,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE CAMIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de camión; conductora de camión

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.299,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,60 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,79 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,31 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.599,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE TURISMO GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de turismo; conductora de turismo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.299,93 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,60 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,79 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,31 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.299,93 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.599,16 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MOZO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; moza de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.265,10 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,13 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,13 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,45 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.181,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
PEÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Peón; peona

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.265,10 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,13 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,13 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,45 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.265,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.181,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
Tabla salarial 2022 (anexo 1, incremento 4,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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PLUS TRANSPORTE M 134,21 € Compensa los gastos de desplazamiento al centro de trabajo. Se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado, sea cual fuere la causa. No se computa como concepto salarial para el complemento de incapacidad temporal (art. 17).
PODER M 79,74 € Gratificación para quien realiza funciones de apoderado. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
QUEBRANTO M 72,87 € Quebranto de moneda. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
IDIOMAS M 79,74 € Premio de idiomas. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ POR ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
TITULADO SUPERIOR GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado superior; titulada de grado superior

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SALARIO BASE M 1.777,76 € %
HORA EXTRA TIPO A H 17,26 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,91 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 77,51 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 21.333,12 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TITULADO MEDIO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado medio; titulada de grado medio

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SALARIO BASE M 1.567,39 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,62 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,94 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 67,75 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 18.808,68 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE SECCIÓN GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de sección; jefa de sección

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SALARIO BASE M 1.777,76 € %
HORA EXTRA TIPO A H 17,26 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 26,91 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 77,51 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.777,76 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 21.333,12 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de negociado; jefa de negociado

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SALARIO BASE M 1.567,39 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,62 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,94 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 67,75 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.567,39 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 18.808,68 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ASIMILADO JEFE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Asimilado a jefe de negociado; asimilada a jefa de negociado

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SALARIO BASE M 1.527,23 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,13 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,94 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 65,87 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.527,23 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.527,23 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.527,23 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.527,23 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 18.326,76 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Oficial; oficial administrativo; oficial administrativa

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SALARIO BASE M 1.406,56 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,79 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,94 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 60,30 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.406,56 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.406,56 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.406,56 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.406,56 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.878,72 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Auxiliar; auxiliar administrativo; auxiliar administrativa

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SALARIO BASE M 1.218,14 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,71 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,56 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 47,71 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.218,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.218,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.218,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.218,14 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.617,68 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TELEFONISTA GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Telefonista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.180,80 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,22 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,85 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 45,70 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.180,80 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.180,80 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.180,80 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.180,80 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.169,60 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE SECCIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de sección; encargada de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.317,09 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,01 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 24,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 53,00 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.317,09 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.317,09 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.317,09 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.317,09 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.805,08 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de almacén; encargada de almacén; almacenero; almacenera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.284,59 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,01 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 24,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,25 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.415,08 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 1ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de primera; manipulante de palas cargadoras, grúas o conductor de camión que ejecute toda clase de reparaciones que no exijan elementos de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.284,59 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,01 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 24,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 51,25 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.284,59 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.415,08 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 2ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.243,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,06 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,10 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.927,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MANIPULANTE GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Manipulante; manipulante de grúas; manipulante de palas cargadoras; carretillero; carretillera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.243,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,01 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 24,06 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,10 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.927,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE CAMIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de camión; conductora de camión

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.243,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,06 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,10 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.927,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE TURISMO GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de turismo; conductora de turismo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.243,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,06 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 17,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,10 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.243,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.927,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MOZO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; moza de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.210,62 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,61 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,39 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 47,32 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.527,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
PEÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Peón; peona

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.210,62 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,61 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,39 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 47,32 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.210,62 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.527,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
Tabla salarial 2021 (anexo 1, incremento 4,5 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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PLUS TRANSPORTE M 128,43 € Compensa los gastos de desplazamiento al centro de trabajo. Se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado, sea cual fuere la causa. No se computa como concepto salarial para el complemento de incapacidad temporal (art. 17).
PODER M 76,31 € Gratificación para quien realiza funciones de apoderado. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
QUEBRANTO M 69,73 € Quebranto de moneda. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
IDIOMAS M 76,31 € Premio de idiomas. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ POR ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
TITULADO SUPERIOR GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado superior; titulada de grado superior

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SALARIO BASE M 1.701,21 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,52 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,75 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 74,17 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 20.414,52 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TITULADO MEDIO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado medio; titulada de grado medio

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SALARIO BASE M 1.499,90 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,90 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,91 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 64,83 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.998,80 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE SECCIÓN GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de sección; jefa de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.701,21 € %
HORA EXTRA TIPO A H 16,52 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 25,75 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 74,17 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.701,21 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 20.414,52 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de negociado; jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.499,90 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,90 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,91 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 64,83 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.499,90 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.998,80 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ASIMILADO JEFE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Asimilado a jefe de negociado; asimilada a jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.461,46 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,43 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,91 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 63,03 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.461,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.461,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.461,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.461,46 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.537,52 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Oficial; oficial administrativo; oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.345,99 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,15 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,91 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 57,70 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.345,99 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.345,99 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.345,99 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.345,99 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.151,88 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Auxiliar; auxiliar administrativo; auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.165,69 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,20 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,84 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 45,66 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.165,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.165,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.165,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.165,69 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.988,28 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TELEFONISTA GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Telefonista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.129,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 10,73 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,16 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 43,73 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.129,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.129,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.129,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.129,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.559,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE SECCIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de sección; encargada de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.260,37 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,45 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 50,71 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.260,37 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.260,37 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.260,37 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.260,37 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.124,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de almacén; encargada de almacén; almacenero; almacenera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.229,28 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,45 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,04 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.751,36 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 1ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de primera; manipulante de palas cargadoras, grúas o conductor de camión que ejecute toda clase de reparaciones que no exijan elementos de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.229,28 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,45 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 49,04 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.229,28 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.751,36 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 2ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.190,38 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,54 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,29 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 46,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.284,56 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MANIPULANTE GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Manipulante; manipulante de grúas; manipulante de palas cargadoras; carretillero; carretillera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.190,38 € %
HORA EXTRA TIPO A H 12,45 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 23,02 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 46,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.284,56 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE CAMIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de camión; conductora de camión

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.190,38 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,54 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,29 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 46,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.284,56 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE TURISMO GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de turismo; conductora de turismo

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SALARIO BASE M 1.190,38 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,54 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 16,29 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 46,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.190,38 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.284,56 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MOZO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; moza de almacén

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SALARIO BASE M 1.158,49 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,11 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,69 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 45,28 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.901,88 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
PEÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Peón; peona

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SALARIO BASE M 1.158,49 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,11 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,69 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 45,28 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.158,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.901,88 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
Tabla salarial 2020 (anexo 1, incremento 0 %) PDF oficial ↗
Conceptos comunes a todas las categorías Mismo importe para toda la plantilla 6 conceptos
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PLUS TRANSPORTE M 122,90 € Compensa los gastos de desplazamiento al centro de trabajo. Se descuenta la parte proporcional por cada día laborable no trabajado, sea cual fuere la causa. No se computa como concepto salarial para el complemento de incapacidad temporal (art. 17).
PODER M 73,02 € Gratificación para quien realiza funciones de apoderado. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
QUEBRANTO M 66,73 € Quebranto de moneda. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
IDIOMAS M 73,02 € Premio de idiomas. El anexo 1 publica este importe en el mismo bloque que el plus de transporte, que es mensual, sin declarar su periodicidad; se recoge como mensual y queda pendiente de confirmación con la comisión paritaria.
INDEMNIZACIÓN POR MUERTE EN ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
INDEMNIZACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, ABSOLUTA O GRAN INVALIDEZ POR ACCIDENTE DE TRABAJO A 60.000,00 € Art. 32: las empresas concertarán pólizas por este capital para cada trabajador. Es el mismo importe para todas las categorías. Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
TITULADO SUPERIOR GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado superior; titulada de grado superior

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SALARIO BASE M 1.627,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,81 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 24,64 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 70,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 19.535,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TITULADO MEDIO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > TITULADOS 9 conceptos

Puestos: Titulado de grado medio; titulada de grado medio

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SALARIO BASE M 1.435,31 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,22 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 21,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 62,04 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.223,72 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE SECCIÓN GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de sección; jefa de sección

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SALARIO BASE M 1.627,95 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,81 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 24,64 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 70,98 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.627,95 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 19.535,40 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
JEFE DE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Jefe de negociado; jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.435,31 € %
HORA EXTRA TIPO A H 15,22 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 21,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 62,04 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.435,31 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 17.223,72 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ASIMILADO JEFE NEGOCIADO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Asimilado a jefe de negociado; asimilada a jefa de negociado

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.398,53 € %
HORA EXTRA TIPO A H 14,77 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 21,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 60,32 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.398,53 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.398,53 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.398,53 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.398,53 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 16.782,36 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Oficial; oficial administrativo; oficial administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.288,03 € %
HORA EXTRA TIPO A H 13,54 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 21,92 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 55,22 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.288,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.288,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.288,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.288,03 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 15.456,36 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Auxiliar; auxiliar administrativo; auxiliar administrativa

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.115,49 € %
HORA EXTRA TIPO A H 10,72 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,16 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 43,69 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.115,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.115,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.115,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.115,49 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.385,88 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
TELEFONISTA GRUPO 1 (SERVICIOS TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS) > ADMINISTRATIVOS 9 conceptos

Puestos: Telefonista

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.081,29 € %
HORA EXTRA TIPO A H 10,27 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 14,51 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 41,85 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.081,29 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.081,29 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.081,29 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.081,29 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 12.975,48 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE SECCIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de sección; encargada de sección

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.206,10 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,91 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,03 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 48,53 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.206,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.206,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.206,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.206,10 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.473,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
ENCARGADO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Encargado de almacén; encargada de almacén; almacenero; almacenera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.176,34 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,91 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,03 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 46,93 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.116,08 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 1ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de primera; manipulante de palas cargadoras, grúas o conductor de camión que ejecute toda clase de reparaciones que no exijan elementos de taller

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.176,34 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,91 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,03 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 46,93 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.176,34 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 14.116,08 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
OFICIAL DE 2ª GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Oficial de segunda

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.139,12 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,04 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,59 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 44,96 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.669,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MANIPULANTE GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Manipulante; manipulante de grúas; manipulante de palas cargadoras; carretillero; carretillera

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.139,12 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,91 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 22,03 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 44,96 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.669,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE CAMIÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de camión; conductora de camión

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.139,12 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,04 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,59 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 44,96 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.669,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
CONDUCTOR DE TURISMO GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Conductor de turismo; conductora de turismo

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.139,12 € %
HORA EXTRA TIPO A H 11,04 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,59 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 44,96 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.139,12 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.669,44 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
MOZO DE ALMACÉN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Mozo de almacén; moza de almacén

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.108,60 € %
HORA EXTRA TIPO A H 10,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,01 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 43,33 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.303,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.
PEÓN GRUPO 2 (SERVICIOS VARIOS) 9 conceptos

Puestos: Peón; peona

ConceptoPagoImporteDetalle
SALARIO BASE M 1.108,60 € %
HORA EXTRA TIPO A H 10,63 € % Horas de lunes a viernes entre las 06.00 y las 22.00 (puerto de A Coruña) o entre las 08.00 y las 23.30 (puerto de Ferrol), y las de los sábados por la mañana. El convenio fija su valor en tabla: el salario hora profesional no se usa para calcularlas.
HORA EXTRA TIPO B H 15,01 € % Horas nocturnas (desde las 22.00 en A Coruña y desde las 23.30 en Ferrol), sábados a partir de las 14.00, domingos y festivos.
TRAMO COMPLEMENTO PERSONAL M 43,33 € % Importe de CADA tramo. Cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa, con un máximo de 12 tramos. Solo lo cobra quien estaba en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999: el personal ingresado después no lo genera ni lo percibe.
PAGA EXTRAORDINARIA DE MARZO A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE JULIO A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE OCTUBRE A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
PAGA EXTRAORDINARIA DE DICIEMBRE A 1.108,60 € SAL_BASE % Una mensualidad, calculada sobre el salario base más el complemento personal (art. 25). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte. Puede prorratearse a lo largo del año por acuerdo entre trabajador y empresario.
GRATIFICACIÓN POR JUBILACIÓN A 13.303,20 € SAL_BASE*12 % Doce mensualidades de salario base más complemento personal, para quien se jubile con 20 años de servicio en la empresa al cumplir los 65 años (art. 15). El importe recogido es la parte de salario base: el complemento personal depende del número de tramos de cada persona y se suma aparte.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el salario del convenio de agencias marítimas y aduaneras, empresas estibadoras portuarias y comisionistas de tránsito (A Coruña)?

En 2025, el salario base va desde 1.328,14 € hasta 1.999,60 € al mes según la categoría.

¿Qué cubre en caso de baja por enfermedad o accidente?

Consulta la ficha técnica y el detalle de conceptos.

Condiciones del convenio

Vigencia, denuncia y qué pasa desde 2026

El convenio cubre de 2020 a 2025, fue denunciado en diciembre de 2025 y sigue aplicándose hasta que se firme uno nuevo.

  • Vigencia pactada: del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2025.
  • Entró en vigor el día de su firma (20 de febrero de 2023), pero con efectos jurídicos y económicos retroactivos al 1 de enero de 2020.
  • Se prorrogaba anualmente salvo denuncia con al menos un mes de antelación al vencimiento.
  • Consta denuncia de 19 de diciembre de 2025 en el registro de convenios: la prórroga no se activó y el convenio está en negociación.
  • Denunciado el convenio, pierden vigencia sus cláusulas obligacionales y se mantienen las normativas hasta la firma del convenio que lo sustituya.
  • Mientras tanto siguen aplicándose las tablas salariales de 2025.

Subidas salariales pactadas

El convenio publicó las seis tablas ya calculadas, con estos incrementos año a año.

  • 2020: 0 %.
  • 2021: 4,5 %.
  • 2022: 4,5 %.
  • 2023: 4,5 %.
  • 2024: 4,5 %.
  • 2025: 3 %.
  • Los incrementos se aplican sobre todos los conceptos retributivos salariales del convenio, y ya vienen incorporados en las tablas del anexo 1.
  • Los atrasos generados entre 2020 y 2023 se abonaron antes del 31 de mayo de 2023.
  • No hay incremento pactado para 2026: el convenio venció y fue denunciado.

Jornada de trabajo

La jornada es de 40 horas semanales de lunes a viernes, con jornada continuada en verano para el personal administrativo.

  • 40 horas semanales de lunes a viernes, para todos los trabajadores.
  • Personal de servicios administrativos: jornada continuada de siete horas diarias del 10 de junio al 20 de septiembre, ambos inclusive.
  • Las partes se comprometen a seguir negociando una jornada más flexible.
  • El 16 de julio, día de la Virgen del Carmen, es fiesta patronal retribuida y no recuperable.
  • Las tardes del 24 y del 31 de diciembre son no laborables, no recuperables y retribuidas.

Vacaciones

Son 23 días laborables al año, iguales para cualquier grupo o categoría.

  • 23 días laborables anuales; sábados, domingos y festivos no se cuentan como laborables.
  • Cada empresa elabora el cuadro de vacaciones con los representantes de los trabajadores y lo expone en el tablón de anuncios del centro.
  • En oficinas con varias secciones se puede hacer un cuadro por sección, coordinado con el resto.
  • Quien lleve menos de un año en la empresa las disfruta en proporción al tiempo de servicio; la fracción de mes cuenta como mes completo.
  • Los desacuerdos se resuelven según el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores.

Complemento personal (cerrado desde el año 2000)

El convenio no tiene antigüedad general: tiene un complemento personal por tramos que solo cobra la plantilla anterior al año 2000.

  • Se paga por tramos: cada tramo son tres años de antigüedad en la empresa.
  • El máximo son 12 tramos (36 años).
  • El importe de cada tramo lo fija el anexo 1 y depende de la categoría: por ejemplo, 87,18 € por tramo para el titulado superior y 53,22 € para el peón en 2025.
  • Solo lo cobra quien estuviera en activo en la empresa el 31 de diciembre de 1999.
  • El personal de nuevo ingreso a partir de esa fecha no genera ni percibe cantidad alguna por este complemento.
  • Se incrementa cada año en el mismo porcentaje que el resto de conceptos salariales.

Pagas extraordinarias

Son cuatro pagas extra al año, de una mensualidad cada una, además de las doce mensualidades.

  • Cuatro pagas extraordinarias de una mensualidad cada una (16 pagas al año en total).
  • Se calculan sobre el salario base más el complemento personal.
  • Se abonan en la primera quincena de marzo, julio, octubre y diciembre.
  • Por acuerdo entre trabajador y empresario pueden prorratearse a lo largo del año.

Complemento por baja (Incapacidad Temporal)

En cualquier baja, la empresa completa la prestación hasta el 100 % de los conceptos salariales del mes anterior.

  • Aplica a cualquier supuesto de baja por incapacidad temporal, sea cual sea la contingencia.
  • La empresa complementa la prestación de la Seguridad Social hasta el 100 % de la totalidad de los conceptos retributivos salariales del convenio obtenidos en el mes anterior a la baja.
  • No se computan como concepto salarial a estos efectos ni el plus de transporte ni las horas extraordinarias.
  • El convenio no fija límite de días ni distingue entre primera, segunda o posteriores bajas.

Seguro por accidente de trabajo

Las empresas deben concertar pólizas que garanticen 60.000 € por muerte o incapacidad permanente derivadas de accidente de trabajo.

  • Por muerte en accidente de trabajo: 60.000 €.
  • Por incapacidad permanente total: 60.000 €.
  • Por incapacidad permanente absoluta: 60.000 €.
  • Por gran invalidez: 60.000 €.
  • Se considera accidente de trabajo el ocurrido con ocasión o por consecuencia del trabajo por cuenta ajena, incluido el accidente in itinere en las empresas afectadas por el mismo.
  • La indemnización es compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social.
  • Lo pagado con cargo a esta póliza se considera pago a cuenta de lo que puedan fijar los tribunales por sentencia firme a cargo de la empresa.

Gratificación por jubilación

Quien se jubila a los 65 años con 20 años en la empresa cobra doce mensualidades.

  • Requisitos: 20 años de servicio en la empresa y jubilarse al cumplir la edad reglamentaria de 65 años.
  • Importe: 12 mensualidades de salario base más complemento personal.
  • Empresas y trabajadores pueden acogerse además a la jubilación anticipada en los términos legalmente previstos.

Permisos retribuidos

Estos son los permisos que el convenio concreta o mejora sobre el Estatuto de los Trabajadores.

  • Matrimonio: 18 días naturales, sea cual sea la forma de contraerlo.
  • Traslado del domicilio habitual: 2 días naturales, ampliables a 3 si lo motiva un traslado de puesto dentro de la provincia.
  • Nacimiento o adopción de hijo: 3 días naturales; 4 si requiere desplazamiento fuera de la provincia.
  • Enfermedad grave o accidente de padres, abuelos, hijos, hermanos, nietos, cónyuge, yernos o nueras: 3 días naturales; 4 si requiere desplazamiento fuera de la provincia.
  • Fallecimiento de esos mismos parientes: 3 días naturales; 4 si requiere desplazamiento fuera de la provincia.
  • Fallecimiento de familiar de primer grado de consanguinidad: además, permiso NO retribuido de hasta 3 días naturales a continuación del anterior, si se solicita.
  • Asuntos propios: 1 día natural en 2023 y 2 días naturales en 2024.
  • Deber inexcusable de carácter público y personal: el tiempo indispensable, si no se recibe retribución o indemnización por él.

Reconocimiento médico y ropa de trabajo

El convenio concreta la revisión médica anual y el equipamiento que entrega la empresa.

  • Reconocimiento médico anual para todos los trabajadores, con exploración completa y lo que el facultativo estime necesario.
  • Incluye la revisión de los niveles de PSA en los trabajadores mayores de 45 años.
  • Se remite a cada interesado su informe, y en todos los centros hay botiquín.
  • Ropa de trabajo: como mínimo dos equipos al año, más un anorak y dos toallas cada dos años.
  • Guantes, gafas, cascos y botas se sustituyen entregando los usados, salvo que el desgaste o rotura sea imputable al trabajador.

Preaviso de cese

Las dos partes deben avisar con diez días naturales, y quien no lo haga paga un día de salario por cada día de retraso.

  • El trabajador que quiera cesar debe comunicarlo con 10 días naturales de antelación.
  • Si no preavisa, la empresa puede descontar de la liquidación el importe de su salario por cada día de retraso.
  • La empresa debe preavisar la finalización de los contratos también con 10 días naturales.
  • Si no lo hace, el trabajador tiene derecho a ser indemnizado con su salario diario por cada día de retraso.

Seguro de convenio: indemnizaciones aseguradas

Este convenio obliga a la empresa a garantizar las siguientes indemnizaciones (Art. 32), normalmente mediante una póliza colectiva. Cada capital corresponde a la contingencia y causa que publica el boletín oficial.

Contingencia Causa Capital Detalle
Muerte accidente de trabajo 60.000,00 € Incluye: accidente in itinere en las empresas afectadas por el mismo · Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social. Lo pagado con cargo a la póliza se considera pago a cuenta de lo que fijen los tribunales por sentencia firme a cargo de la empresa.
Incapacidad permanente total accidente de trabajo 60.000,00 € Incluye: accidente in itinere en las empresas afectadas por el mismo · Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social. Lo pagado con cargo a la póliza se considera pago a cuenta de lo que fijen los tribunales por sentencia firme a cargo de la empresa.
Incapacidad permanente absoluta accidente de trabajo 60.000,00 € Incluye: accidente in itinere en las empresas afectadas por el mismo · Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social. Lo pagado con cargo a la póliza se considera pago a cuenta de lo que fijen los tribunales por sentencia firme a cargo de la empresa.
Gran invalidez accidente de trabajo 60.000,00 € Incluye: accidente in itinere en las empresas afectadas por el mismo · Compatible con la pensión o indemnización de la Seguridad Social. Lo pagado con cargo a la póliza se considera pago a cuenta de lo que fijen los tribunales por sentencia firme a cargo de la empresa.

El convenio publica un único capital de 60.000 € para las cuatro contingencias, todas ellas derivadas de accidente de trabajo. Se listan por separado para poder consultarlas por contingencia.

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